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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA, INNOVACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 866188
Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública del Consejo de Mallorca para aprobar la convocatoria de bolsas mediante la realización de una prueba selectiva, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino de la Administración Especial de la subescala de técnico-a grado medio especialidad trabajador-a social y de personal laboral temporal de la categoría/especialidad de trabajador-a social

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Texto

Hechos

1. En fecha 30 de noviembre de 2023 la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública aprobó el Acuerdo de las bases generales que tienen que regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consejo de Mallorca (BOIB nº. 167, de 9 de diciembre de 2023; BOIB nº. 17, de 3 de febrero de 2024; BOIB nº. 107, de 15 de agosto de 2024 y BOIB nº. 86, de 5 de julio).

2. De acuerdo con el escrito de fecha 29 de julio de 2025 de la Dirección Insular de Familias, donde se justifica la necesita de creación y constitución de una bolsa de trabajo de personal funcionario interino de la Administración Especial de la subescala de técnico-a grado medio, especialidad trabajador-a social y de personal laboral temporal de la categoría/especialidad trabajador-a social. 

3. Vista la Resolución de inicio del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del expediente para aprobar la convocatoria de bolsas por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de personal funcionario interino de la Administración Especial de la subescala de técnico-a en grado medio, especialidad trabajador-a social y de personal laboral temporal de la categoría/especialidad trabajador-a social.

4. Consta informe jurídico de fecha 18 de noviembre de 2025 de la técnica jurídica de la Escuela Mallorquina de Administración Pública.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 28. e) de la Ley 4/2022, de 22 de junio de Consejos Insulares.

2. El Acuerdo del Consejo ejecutivo, de día 28 de septiembre de 2022 (BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022), de delegación de determinadas competencias en el consejero competente en materia de Función Pública.

3. La Disposición adicional primera de la Ordenanza reguladora de la Administración electrónica del Consejo de Mallorca y de los organismos que dependen, modificada por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de día 9 de junio de 2022 (BOIB nº. 122, de 17 de septiembre de 2022), regula la obligatoriedad de usar medios electrónicos en los procesos selectivos para acceder al empleo público en el ámbito de la Administración Insular de la forma siguiente:

“1. Las personas que participan en los procesos selectivos convocados para las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza tienen que presentar las solicitudes y la documentación y, en su caso, la subsanación, procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos, así como cualquier otra actuación relacionada con el procedimiento, por medios electrónicos.

En el supuesto de personal temporal, esta obligación será exigible tanto cuando la selección se efectúe a través de convocatorias específicas, cuando, se realice mediante la constitución y gestión de listas de espera, bolsas de trabajo, o mediante cualquier otro procedimiento previsto en el ordenamiento vigente.

2. El deber de relacionarse con la Administración insular por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran una comunicación personal.

3. En cada una de las convocatorias de procesos selectivos se indicarán los medios telemáticos para la presentación y tramitación de las solicitudes y de identificación y firma admitidos. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. Asimismo, en las convocatorias mencionadas se hará referencia expresa a la posibilidad de ampliación de plazos no vencidos como consecuencia de incidencias técnicas que hayan imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o de la aplicación que corresponda, según el dispuesto al artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

4. Por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todos o para parte de los trámites y actuaciones. De igual manera, el órgano convocante, cuando se presenten circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivadamente el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los cuales pueda resultar necesario, teniendo que incluirse una referencia a esta posibilidad en las convocatorias correspondientes.”

4. La Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública que aprueba el acuerdo de las bases generales que tienen que regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consejo de Mallorca (BOIB núm.167 de 9 de diciembre de 2023; BOIB nº. 17, de 3 de febrero de 2024; BOIB nº. 107, de 15 de agosto de 2024; BOIB nº. 86, de 5 de julio de 2025).

Por todo ello, dicta la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la convocatoria de bolsas para los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de la Administración Especial, subescala técnico-a de grado medio, de la especialidad de trabajador-a social y de personal laboral temporal de la categoría/especialidad trabajador-a social, mediante convocatoria pública con la realización de una prueba con los términos del anexo 3, de acuerdo con la Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública que aprueba el acuerdo de las bases generales que tienen que regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consejo de Mallorca. (BOIB núm.167 de 9 de diciembre de 2023, modificado en el BOIB nº. 17, de 3 de febrero de 2024 BOIB nº. 107, de 15 de agosto de 2024, BOIB nº. 86, de 5 de julio de 2025).

2. Disponer que el plazo para presentar solicitudes es de diez días hábiles, contadores a partir del día siguiente que se haya publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Establecer que la solicitud se tiene que cumplimentar electrónicamente en el modelo oficial, al cual se accede a través de la Sede Electrónica del Consejo de Mallorca. El trámite telemático habilitado al efecto para la presentación de solicitudes es el siguiente: 

https://seu.conselldemallorca.net/ca/web/seu/fitxa?key=199245

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma o la presentación fuera del trámite telemático, supondrá la exclusión de la persona aspirante del procedimiento y se tendrá por no presentado. 

4. Establecer los requisitos del puesto de trabajo de acuerdo con el anexo 1.

5. Informar de las funciones del puesto de trabajo que figuran en el anexo 2. 

6. Aprobar la prueba y el temario de acuerdo con el anexo 3. 

7. Establecer que la suma de la puntuación obtenida en el conjunto de los ejercicios eliminatorios más la suma de las puntuaciones obtenidas en la valoración de los méritos señalados en este apartado determina el orden final de prelación de las personas aprobadas, de la forma siguiente:

  • Certificado de nivel C1 de conocimientos de lengua catalana o equivalente: 10 puntos. 
  • Certificado de nivel C2 de conocimientos de lengua catalana o equivalente: 12 puntos.
  • Certificado de conocimientos específicos de lenguaje administrativo: 3 puntos.

8. Designar los miembros del Órgano de selección, que figuran en el anexo 4.

9. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consejo de Mallorca. 

Palma, en fecha de la firma electrónica (21 de noviembre de 2025)

El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda, Innovación y Función Pública (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Ángel Bosch Sans

ANEXO 1 Requisitos específicos de los puesto de trabajo de técnico-a de grado medio de la Administración Especial, especialidad trabajador-a social y de personal laboral, categoría/especialidad trabajador-a social.

1. Titulaciones: Graduado-a en trabajo social, diplomado-a en trabajo social o equivalente.

2. Certificado de conocimientos de la lengua catalana: Nivel B2.

3. Certificado negativo de delitos de naturaleza sexual.

 

ANEXO 2 Funciones del puesto de trabajo

Tiene que ejercer las funciones específicas siguientes:

  • Atender a las mujeres víctimas de violencias, de manera integral y facilitar y coordinar el acceso a otros recursos.
  • Coordinar y trabajar en red con los servicios relacionados con la atención a las violencias machistas.
  • Tramitar las ayudas económicas de pago único recogidos en el artículo 27 de la LO 1/2024 y versiones posteriores, además de asesorar y/o tramitar otras ayudas que correspondan.
  • Asesorar o hacer consultoría social a los profesionales relacionados con la atención a las violencias machistas.
  • Elaborar informes y dictámenes, así como otra documentación referida en el ámbito del trabajo de la sección.
  • Dar apoyo al/a la jefe-a de sección para el buen funcionamiento de la organización del servicio.
  • Realizar memorias técnicas, indicadores y estadísticas.
  • Cualquier otra función que le encomienden las personas responsables superiores siempre que resulten adecuadas a la escala, subescala. clase, grado o categoría de adscripción del puesto de trabajo, cuando las necesidades del servicio lo justifiquen.

 

ANEXO 3 La prueba y el temario de la bolsa de trabajador-a social

1. Prueba

De acuerdo con el apartado 3.8 de la Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública que aprueba las bases generales que tienen que regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consejo de Mallorca (BOIB nº. 167, de 9 de diciembre de 2023; BOIB nº. 17, de 3 de febrero de 2024, BOIB nº. 107 de 15 de agosto de 2024; BOIB nº. 86, de 5 julio de 2025), la prueba se desarrollará de la manera siguiente: 

Esta prueba consistirá en dos ejercicios consecutivos, designados por sorteo público de entre dos alternativas diferentes.

Primer ejercicio: 

El ejercicio tipo test constará de 40 preguntas con 3 respuestas alternativas referidas al temario indicado. 

Por cada pregunta habrá tres alternativas de respuesta de las cuales sólo una será la correcta. Todas las respuestas tendrán el mismo valor. Las respuestas erróneas o en blanco, así como las que figuran en más de una respuesta no se valorarán. La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos. Para superarlo será necesario obtener al menos 10 puntos. 

Se prepararán 5 preguntas de reserva, que sólo se harán en el supuesto de anulación de cualquiera de las 40 iniciales.

Segundo ejercicio:

Consistirá en un supuesto práctico referido al temario, con el desarrollo de 5 preguntas sobre el caso práctico presentado. Cada pregunta tendrá el mismo valor. La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos. Para superarlo será necesario obtener al menos 10 puntos.

2. Temario

1. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre de medidas de protección integral contra la violencia de género y, Ley orgánica 1/2021, de 24 de marzo de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género

2. Acreditación administrativa de la situación de violencia de género, violencia machista y violencia doméstica. Regulaciones normativas, tipo de acreditación, requisitos, funciones, organismos acreditados.

3. Ayuda económica establecida art. 27 de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género. Normativa, requisitos, procedimiento administrativo.

4. Acompañamiento social, personal y emocional a las mujeres que sufren y/o han sufrido situaciones de violencia machista, diferentes modelos de intervención. Acompañamiento en la detección, atención, recuperación y reparación de situaciones de violencia machista. 

5. La intervención del/ de la trabajador/a social en situaciones de violencia machista. Detección y atención en situaciones de violencia machista. Recuperación y liberación de la violencia machista, fases. La reparación.

6. Medidas judiciales de protección y seguridad de las víctimas: la orden de protección. medidas penales, civiles y aquellas otras medidas de asistencia y de protección social. Proceso jurídico procesal en las situaciones de violencia de género. 

7. Valoración del riesgo en las diferentes situaciones de violencia machista. Factores de riesgo, Protocolos de valoración del riesgo, medidas que hay que tomar si hay una situación de alto riesgo.

8. (PAI) Pautas para la intervención integral e individualizada con mujeres víctimas de violencia de género, sus hijos e hijas y otras personas a su cargo (PAI), marco normativo, áreas de intervención, planificación centrada en la persona desde un servicio de carácter ambulatorio de atención especializada a mujeres víctimas de violencia machista. La participación de la persona en el proceso de intervención social

9. Los servicios de acogida de mujeres víctimas de violencia machista de Mallorca. Tipo de servicios, descripción, objetivos, modelo de intervención, perfil de personas acogidas, requisitos, funciones de los equipos de trabajo, criterios de acceso.

10. El informe técnico y, el informe social. Bases conceptuales. Fases y contenidos de la información. La información pública y la información confidencial.

 

ANEXO 4

Órgano de selección titular

Presidenta: Margarita Coll Diaz

Secretaria: Maria Mut Vallés

Vocal: José Luís Simon Maura

Órgano de selección suplente

Presidenta: Juana Teresa de Ruz Massanet

Secretaria: Maria del Carmen Cano Gómez

Vocal: Ramon Campins Sánchez