Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 866094
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de noviembre de 2025 por el cual se aprueba la modificación de las relaciones de puestos de trabajo correspondientes al personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
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El proyecto de modificación puntual de la Relación de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, correspondiente al personal funcionario, lo han elaborado las consejerías afectadas, con el asesoramiento y la coordinación de la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, de acuerdo con las instrucciones que aprobó el Consejo de Gobierno, se negoció con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Servicios Generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en las sesión del día 13 de noviembre de 2025.
Se consideran los artículos 5.2.e) y 31 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Por todo esto, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, en la sesión de 21 de noviembre de 2025, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Aprobar la modificación puntual de la Relación de puestos de trabajo correspondiente al personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que se adjunta como anexo en este Acuerdo.
Segundo. Publicar este Acuerdo y el anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Tercero. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2, 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (21 de noviembre de 2025)
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La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens |
El vicepresidente (Por suplencia de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears) Antoni Costa Costa |