Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSORCIO ESCUELA DE HOSTELERÍA DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 865100
Resolución de la directora gerente del Consorcio Escuela de Hotelería de las Islas Baleares por la cual se declara desierta la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, con carácter de interinidad, una plaza de camarero/a (código L02520004) mediante el sistema de concurso de méritos
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Antecedentes
1.Mediante Resolución de la Dirección de la Escuela de Hotelería de las Islas Baleares (EHIB) de 29 de octubre de 2025, se aprobó la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de concurso de méritos, una plaza de Camarero, código L02520004, adscrita a la EHIB.
2. La convocatoria se publicó en el BOIB núm.145, 1 de noviembre de 2025.
3. Dentro del plazo establecido en la convocatoria, no se presentó ninguna solicitud de participación.
4. De acuerdo con aquello previsto en las bases de la convocatoria y en la normativa aplicable al personal del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, corresponde declarar deserta la convocatoria.
Fundamentos jurídicos
Primero. El artículo 55 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que atribuye al órgano convocando la competencia para dictar resoluciones en los procedimientos que tramita.
Segundo. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y la normativa concordante en materia de selección, que establecen los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad y habilitan la utilización del sistema de concurso de méritos.
Tercero. El Decreto Legislativo 1/2016, de 15 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Empleado público de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que regula los procesos selectivos y la provisión de personal.
Cuarto. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y la normativa aplicable al personal del sector público instrumental.
Quinto. Acuerdo del Consejo de Dirección del Consorcio Escuela de Hotelería de los Islas Baleares, de 1 de diciembre de 2020, por el cual se aprueba la modificación del anexo del Decreto 30/2014, de 11 de julio, de los Estatutos del Consorcio Escuela de Hostelería de las Islas Baleares establece que una de las funciones de la directora gerente del Consorcio EHIB es dictar las resoluciones en materia de personal, la contratación del personal laboral así como las extinciones de las relaciones laborales y modificaciones contractuales del personal de conformidad con los criterios que establezca el Consejo de Dirección en la relación de puestos de trabajo, y, en general, todas las resoluciones en materia de personal.
RESUELVO
Primero. Declarar desierta la conovocatoria.
Declarar desierta la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de concurso de méritos, de la plaza de Camarero/a, código L02520004, adscrita en la Escuela de Hotelería de las Islas Baleares, debido a la no presentación de ningún aspirante.
Esta declaración implica la finalización del procedimiento selectivo sin adjudicación de plaza, sin perjuicio de la posibilidad de promover una nueva convocatoria en ejercicios futuros.
Segundo. Publicación
Ordenar la publicación de la presente resolución a la página web propia de la EHIB (www.ehib.es) y al Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de general conocimiento y transparencia.
Tercero. Recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Presidencia del Consorcio Escuela de Hotelería de las Islas Baleares, en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (19 de noviembre de 2025)
La directora gerente de la EHIB Maria Llompart Bibiloni