Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR
Núm. 863921
Exposición pública del acuerdo plenario de inicio de oficio de procedimiento de investigación de la titularidad de la parcela ubicada en la calle Platja n.º 9 de Cala Millor
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Mediante el presente anuncio se hace público a los efectos oportunos que en sesión ordinaria de fecha 20 de noviembre de 2025 el Pleno adoptó el siguiente acuerdo:
“Inicio de oficio de procedimiento de investigación de la titularidad de la parcela ubicada en la calle Platja n.º 9 de Cala Millor
1. Por parte del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar se está analizando la posibilidad de cesión gratuita al Instituto Balear de la Vivienda (Gobierno de las Islas Baleares) de la parcela ubicada en la c/ Platja n.º 9 de Cala Millor, con referencia catastral 2933213ED3823S0001SR, para destinarlo a la promoción y construcción de viviendas protegidas.
Con motivo de la recopilación de datos sobre la parcela a efectos de tramitar la cesión, se ha podido constatar que:
Por tanto, dadas las dudas sobre la titularidad registral de la parcela y, a efectos generales para mayor esclarecimiento del patrimonio municipal y, en particular, para poder tramitar la referida cesión de la parcela, se hace necesario investigar su titularidad.
2. En base a lo expuesto, en fecha 17 de octubre de 2025 se dictó providencia de iniciación de oficio de procedimiento de investigación de la titularidad de la parcela ubicada en la calle Platja n.º 9 de Cala Millor, y se dispuso que por parte de la Secretaría municipal se emitiera informe sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir para el ejercicio de la potestad de investigación.
3. Y dado el informe emitido al respecto por el Secretario municipal en fecha 17 de octubre de 2025.
Por todo lo expuesto, previo dictamen de la Comisión Informativa, el Pleno adopta el siguiente ACUERDO:
Primero. Incoar expediente de investigación de la titularidad del siguiente bien:
Parcela ubicada en c/ Platja n.º 9 de Cala Millor, con referencia catastral 2933213ED3823S0001SR, la cual presuntamente pertenece al Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar y recabar de los registros que procedan cuantos antecedentes y datos consten relativos al inmueble cuya titularidad se investiga, incorporándose al expediente las certificaciones que se expidan a este efecto.
Segundo. Ordenar a los servicios técnicos y administrativos municipales la emisión de los informes y la realización de los trámites que procedan.
Tercero. Publicar el acuerdo de iniciación en el Boletín Oficial de las Illes Balears así como en el tablón de edictos electrónico de la corporación alojado en la sede electrónica municipal, iniciando un trámite de exposición pública por plazo de quince días hábiles.
Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo a la Administración General del Estado y a la de la comunidad autónoma de las Illes Balears para que, en su caso, puedan hacer valer sus derechos y alegar lo que estimen procedente.
Quinto. Notificar el presente acuerdo a las personas afectadas por el expediente de investigación que resulten conocidas e identificables.
Sexto. Abrir trámite de información pública por plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha en que deba darse por terminada la publicación de los anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento, para que las personas afectadas por el expediente de investigación puedan alegar por escrito cuanto estimen conveniente a su derecho ante la Corporación, acompañando todos los documentos en que fundamenten sus alegaciones.
En el caso de que existan afectados por el expediente de investigación que resulten conocidos e identificables, tendrán que ser notificados personalmente, empezando a contar el plazo, en este caso, desde la notificación personal.
Séptimo. Finalizado el plazo para presentar alegaciones, abrir un período de prueba por plazo de diez días hábiles en el que serán admisibles los siguientes elementos probatorios:
- Los documentos públicos judiciales, notariales o administrativos otorgados con arreglo a Derecho.
- El reconocimiento y el dictamen pericial.
- La declaración de testigos.
Octavo. Efectuadas las pruebas pertinentes y valoradas por los servicios de la Corporación, se pondrá de manifiesto el expediente por un plazo de diez días a las personas a quienes afecte a la investigación y hubieran comparecido en él, para que dentro de ese plazo de diez días aleguen lo que crean conveniente a su derecho.
Todo lo cual se somete a exposición pública por plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento para que las posibles personas afectadas por el expediente puedan personarse y alegar lo que estimen procedente.
Sant Llorenç des Cardassar, a la fecha de la firma electrónica (21 de noviembre de 2025)
El alcalde Jaume Soler Pont