Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 859949
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, por la que se concede la autorización administrativa, el reconocimiento de la utilidad pública a efectos de la declaración de interés general, y la autorización administrativa de construcción del parque fotovoltaico PFV Son Pou Nou Norte, ubicado en el polígono 27, parcela 127 del término municipal de Manacor (RE029/23)
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Hechos
1. El 26 de junio de 2023 la entidad Energía Neta Manacor, SL, con NIF B09720830, solicitó la autorización administrativa, el reconocimiento de la utilidad pública a efectos de la declaración de interés general y la autorización de construcción del parque fotovoltaico PFV Son Pou Nou Norte.
2. El 18 de abril de 2024 se publicó en el BOIB n.º 51 el anuncio del proyecto.
3. El 19 de abril de 2024 se iniciaron las consultas a las administraciones y entidades afectadas.
4. El 26 de abril de 2024, el Servicio de Cambio Climático y Atmósfera, de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático emitió un informe favorable.
5. El 4 de junio de 2025, el Servicio de Agricultura de la Dirección General de Agricultura, Pesca y Medio Natural, emitió un informe favorable.
6. El 29 de abril de 2024 el Servicio de Protección de Especies de la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal emitió un informe favorable.
7. El 17 de julio 2024, el Servicio de Planificación de la Dirección General de Recursos Hídricos emitió un informe favorable con condiciones.
8. El 7 de mayo de 2024, el Servicio de Planificación de la Dirección General de Emergencias e Interior informó favorablemente.
9. El 1 de julio de 2024, el Servicio de Ordenación del Territorio del Consejo de Mallorca informó favorablemente.
10. El 1 de julio de 2024, el Servicio de Explotación y Conservación del Consejo de Mallorca, emitió un informe favorable.
11. El 15 de julio de 2024, el Servicio de Patrimonio Histórico del Consejo de Mallorca, emitió un informe favorable con condiciones.
12. El 14 y 31de mayo de 2024 se presentaron dos alegaciones.
13. El 6 de agosto de 2025 la directora general de Armonización Urbanística y Evaluación Ambiental resolvió formular la declaración de impacto ambiental del proyecto.
14.Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación aportada y han emitido un informe en el que se concluye, sin entrar a valorar técnicamente el proyecto, que se han cumplido todos los trámites requeridos en el procedimiento de autorización administrativa previa, reconocimiento de la utilidad pública a efectos de la declaración de interés general, y de autorización administrativa de construcción.
Fundamentos de derecho
1. Ley 14/2019, de 29 de marzo, de Proyectos Industriales Estratégicos de las Illes Balears.
2. La Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.
3. El Real Decreto Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
4. La Ley 10/2019, de 22 de febrero, de Cambio Climático y Transición Energética.
5. La Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias.
6. El Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
7. El Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears, modificado por el Decreto 33/2015.
8. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
9. La Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears
10. El Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Evaluación Ambiental de las Illes Balears
11. El Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
12. La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
13. El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
14. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
15. La Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía 24 de julio de 2025 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Otorgar la autorización administrativa previa del parque fotovoltaico PFV Son Pou Nou Norte, promovido por Energía Neta Manacor, SL, con NIF B09720830, y con las siguientes características:
— Expediente: RE029/23
— Denominación: PFV Son Pou Nou Norte.
— Situación: polígono 27, parcela 127 de Manacor.
— Datos técnicos:
— Tipo: parque fotovoltaico sobre el terreno.
— Ocupación: 83.761,34 m2.
— 16.922 paneles fotovoltaicos fijos de 540 Wp cada uno.
— 2 inversores SKID MV POWER STATION con CT 0,8/15 kV de 4.000 kW cada uno.
— Potencia instalada: 8.000 kW.
— Potencia de pico: 9.137,88kW.
— Capacidad de acceso: 6.000 kW.
— 1 CMM.
— Línea privada soterrada MT de 15 kV de 1.064 m de longitud y sección 2x3x240 mm2 desde el CT 2 hasta el CMM.
— Línea MT de 15 kV, soterrada, de 2.836 m de longitud y sección 1x3x400 mm2 Al (a ceder a la empresa distribuidora) desde el CMM hasta el punto de conexión a la LMT Landa mediante un nuevo apoyo de conversión aérea-soterrada.
La instalación se clasifica en el grupo b.1.1, «Instalaciones que únicamente utilizan la radiación solar como energía primaria mediante la tecnología fotovoltaica», de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 413/2014.
2. Reconocer la utilidad pública del parque fotovoltaico PFV Son Pou Nou Norte a los efectos previstos en la disposición adicional décima de la Ley 10/2019.
3. Aprobar el proyecto de ejecución, firmado el 1 de diciembre de 2023 por los ingenieros técnicos industriales Jaime Sureda Bonnín, Gonzalo García Uriarte y Ángel Lacleta Barrera, sin entrar a valorar técnicamente su contenido, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: cumplimiento de las condiciones de la declaración de impacto ambiental de 6 de agosto de 2025 emitida por el Servicio de Evaluación Ambiental-Administrativa de la Dirección General de Armonización Urbanística y Evaluación Ambiental.
4. Disponer que, antes del inicio de las obras, el promotor tiene que presentar a la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático la siguiente documentación:
— Justificante de haber liquidado ante el Ayuntamiento la tributación municipal correspondiente, tal y como prevé el artículo 29 del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears.
— Nombramiento del técnico director de obras i del auditor ambiental.
— Declaración responsable del promotor en la que se compromete a la correcta gestión de residuos una vez finalizada su vida útil.
5. Indicar que, una vez ejecutadas las instalaciones objeto de esta autorización, el titular tiene que presentar la solicitud de puesta en servicio, a la que tiene que adjuntar un certificado de final de obra subscrito por un técnico facultativo, así como las pruebas reglamentarias y el resto de documentación que exige la reglamentación vigente.
6. Informar que esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a las licencias municipales, la ordenación del territorio y el medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que le sean aplicables.
7. Notificar esta resolución al interesado y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica dia 19 de noviembre de 2025
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB n.º 97, de 24/07/2025)