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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 856470
Notificación de Resolución de revocación parcial a los beneficiarios de las ayudas, exp. 049, de fecha 12 de noviembre de 2025, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), por la que se convocan ayudas para Inversiones en las Explotaciones Agrarias , para el año 2021

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Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizaran a las personas interesadas mediante su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears de acuerdo con los términos que prevé la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, con fecha 12 de noviembre de 2025, firmó la siguiente resolución, 

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL

Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020

Medida 4.1 Ayuda a las inversiones en las explotaciones agrarias (INEA)

Convocatoria: INEA 2021_1

Código DIR3: A04026954

Código SIA: 2778185

Código BDNS: 498018

EXP. :INEA2021_1/049

Antecedentes

1. Con fecha de 21 de diciembre de 2021 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 174, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias para el año 2021.

2. El 12 de abril de 2024, el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó una Resolución de concesión de ayudas para inversiones en las explotaciones agrarias, que se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears número 52, de 20 de abril de 2024, en la que figuraba una concesión a favor del interesado señalado en el anexo adjunto.

3. El 21 de mayo de 2024, el interesado MIGUEL NADAL VIDAL PERELLÓ, con NIF ***7363**, con registro de entrada núm. GOIBE260958/2025, presentó, dentro del plazo legalmente establecido para la justificación de las inversiones aprobadas, la solicitud de pago, así como la documentación exigida.

4. El 23 de septiembre de 2025 se emite el informe de moderación de costes en el que se indica que el importe de la inversión es de un total de 136.228,43 €.

5. La inversión inicialmente aprobada era de 143.799,43 €, hay una diferencia de 7.571,00 € y por tanto se deben revocar 3.785,50 € de ayuda.

6. El día 25 de septiembre de 2025, se publica en la web del FOGAIBA el informe propuesta provisional de resolución de la revocación parcial por moderación de costes del expediente INEA2021_1_049 con un aviso con el enlace por SMS.

7. Que el beneficiario, el día 26 de septiembre de 2025, con núm de registro GOIBE 682432/2025 ha presentado alegaciones contra el informe propuesta provisional de resolución parcial y aporta certificado del vendedor con los extras desglosados que justifican que la inversión coincide con el presupuesto aportado en la concesión de la ayuda, por tanto se estima la alegación.

8. Ante todo esto, se propone dejar sin efecto la revocación parcial de la ayuda concedida al beneficiario tal y como se indica en el anexo adjunto de esta resolución.

 

Fundamentos de derecho

1. Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto , subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, para el año 2021.

2. Orden del conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020.

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de Resolución

Por todo ello, se informa favorablemente y se propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Dejar sin efecto la resolución de revocación parcial de la resolución de ayuda concedida al beneficiario detallado en el anexo adjunto, que es un total de 1 expediente, que comienza y termina por MIGUEL NAVIDAD VIDAL PERELLÓ, con NIF ***7363** (exp. INEA2021_1/049), por un importe de 3.785,50 €, y que corresponde a la financiación FEADER, AGE y CAIB.

2. Pagar la ayuda concedida al expediente INEA2021_1/049.

3. Notificar esta resolución a la persona beneficiaria mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palma, a fecha de la firma electrónica (19 de noviembre de 2025)

La jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

 

Gema Canós Franch

Conforme con la propuesta dicto resolución

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA Fernando Fernández Such”

 

ANEXO IMPORTES A REVOCAR

TITULAR

NIF

Nº EXPEDIENTE

IMPORTE AYUDA CONCEDIDA

IMPORTE AYUDA A REVOCAR

ANUALIDAD

MIQUEL NADAL VIDAL PERELLÓ

***7363**

INEA2021_1/049

71.899,72 €

0,00 €

2022

 

TOTAL IMPORTE A REVOCAR

0,00€

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (19 de noviembre de 2025)

El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni