Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 855634
Corrección de errores detectados en las bases publicadas en el BOIB núm. 146 de fecha 04 de noviembre de 2025, de la convocatoria del procedimiento selectivo de 8 plazas de administrativo funcionario de carrera
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Mediante Resolución de Alcaldía nº 2025-3001, de fecha 14 de noviembre de 2025, del ayuntamiento de Alcúdia, se ha emitido resolución rectificando los errores detectados en la Resolución que aprueba las bases y la convocatoria del procedimiento selectivo 8 plazas de administrativo funcionario de carrera, publicadas en el BOIB núm. 146 de fecha 04 de noviembre de 2025.
Lo que hacemos pública en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios electrónico del sitio web del Ayuntamiento de Alcúdia, a los efectos establecidos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Alcúdia, en la fecha de la firma electrónica (18 de noviembre de 2025)
La alcaldesa Josefina Linares Capó
"RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
RESUELVO
Primero. - Rectificar las bases en los siguientes aspectos:
En el punto V de la baremación de méritos,
Allá donde dice:
Superación de ejercicios de oposición en pruebas de acceso a la función pública como funcionario de carrera en la administración local, autonómica o estatal, en cuerpos o escalas pertenecientes al subgrupo A1 (máximo 1 punto).
Debe decir:
Superación de ejercicios de oposición en pruebas de acceso a la función pública como funcionario de carrera en la administración local, autonómica o estatal, en cuerpos o escalas pertenecientes al subgrupo C1 (máximo 1 punto).
En la base séptima,
Allá donde dice:
En cuanto al calendario de realización del procedimiento selectivo, el ejercicio de la fase de oposición se llevará a cabo en el primer semestre del año 2025.
Debe decir:
En cuanto al calendario de realización del procedimiento selectivo, el ejercicio de la fase de oposición se llevará a cabo en el primer semestre del año 2026.
Segundo. - publicar esta resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alcúdia y en el BOIB.
Tercero.- Contra esta resolución que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de las personas interesadas o bien recurso potestativo de reposición, a interponer ante la misma, en el plazo de un mes desde su publicación en el BOIB, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente y de forma alternativa recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido en los artículos mencionados y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, a interponer ante el Juzgado de lo contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB de la convocatoria