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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SELVA

Núm. 850853
Modificación de la delegación de atribuciones a la junta de gobierno

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 17 de junio de 2023, en sesión constitutiva de la Corporación, se acordó el nombramiento de Joan Rotger Seguí como alcalde, por la mayoría absoluta de los votos de los miembros de la misma.

2. En fecha 28 de junio de 2023, en sesión extraordinaria convocada para aprobar la organización de la Corporación, se acordó la creación de la Junta de Gobierno Local.

3. En fecha 29 de junio de 2023, el alcalde dictó resolución de delegación de atribuciones, incluyendo las siguientes

“Primer.- Delegar a la Junta de Gobierno las siguientes atribuciones:

 

Las previstas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, letras

 

g) Aprobar la oferta pública de empleo de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno; aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y los concursos de provisión de puestos de trabajo.

o) La aprobación de los proyectos de obras y servicios, cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.

q) El otorgamiento de las licencias, excepto que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno y los actos que correspondan en relación con las comunicaciones previas de obras.”

4. Se ha detectado que existe una confesión en la delegación relativa a las licencias, motivo por el cual procede aclarar su alcance. Asimismo, se considera necesario retirar determinadas atribuciones delegadas con la finalidad de garantizar una mayor agilidad en el funcionamiento de la Corporación, teniendo en cuenta que la Junta de Gobierno Local es un órgano de carácter potestativo para este Ayuntamiento.

Fundamentos de derecho

- Arts. 43 a 45, 52 i 53, Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se apueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de les Entidades Locales.

- Arts. 20, 21 i 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de les bases del régimen local.

En consecuencia, RESUELVO:

Primero. Modificar la delegación de atribuciones conferida a la Junta de Gobierno Local, que en adelante ejercerá las siguientes competencias delegadas:

a) Concesión de licencias urbanísticas y de actividades, así como la tramitación de los actos administrativos derivados de las comunicaciones previas de obras.

b) Autorización de conexiones a los servicios básicos (agua y energía eléctrica).

c) Autorización de usos y ocupaciones de bienes municipales.

d) Concesión de licencias relativas a derechos funerarios.

e) La aprobación de los proyectos de obras y servicios, cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.

Segundo. Fijar el alcance de la delegación, que comprenderá la totalidad de las competencias atribuidas, incluida la resolución de los recursos de reposición.

Tercero. Establecer las condiciones específicas del ejercicio de las competencias delegadas, en los siguientes términos:

 

a) No incluir en la delegación aquellas competencias que, por disposición legal o por su naturaleza, correspondan expresamente al Pleno de la Corporación o no sean susceptibles de ejercicio por un órgano colegiado.

b) Reservar el alcalde la potestad de avocar las competencias delegadas a la Junta de Gobierno Local. La avocación implica la recuperación, por parte del alcalde, de la competencia resolutoria para decidir un caso concreto, mediante decreto.

Cuarto. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que se celebre, notificarla personalmente a los miembros designados y publicarla en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

 

Selva, en la fecha de la firma electrónica (10 de noviembre de 2025

El alcalde Joan Rotger Seguí)