Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 849430
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la cual se acepta el desistimiento de las solicitudes de subvención para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Islas Baleares y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068)
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Hechos
1. El 22 de julio de 2025, en el BOIB n.º 96, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068).
2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Propuesta presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria de referencia.
3. Los titulares de los expedientes que aparecen en el anexo han presentado un escrito en el que indican que desisten en la solicitud de subvención presentada.
Fundamentos de derecho
1. El consejero de Empresa, Autónomos y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento atendida la estructura orgánica del Gobierno de las Islas Baleares y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
4. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre).
5. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre).
6. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía en las Islas Baleares, modificada por la Orden del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 18 de junio de 2020 (BOIB n.º 116, de 30 de junio de 2020).
7. La Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 18 de julio de 2025 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Islas Baleares y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068) (BOIB n.º 96, de 22 de julio).
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aceptar el desistimiento de las solicitudes de subvención presentadas por los beneficiarios de los expedientes que aparecen en el anexo para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068).
2. Declarar concluido el procedimiento y por tanto, archivar los expedientes.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes contando desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 17 de noviembre de 2025)
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB núm.97, de 24/07/2025)
ANEXO Lista de beneficiarios que han desistido de la solicitud de subvención presentada para para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068)
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Expediente |
Solicitante |
NIF |
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DESBALLESTA25-701/2025 |
FELIPE ALFREDO MARIN MENDEZ |
***7371** |