Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 831192
Relación de efectos decomisados durante el año 2024 por la policía local de Calvià
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Se adjunta en documento anexo al presente la relación de efectos decomisados durante el año 2025, teniéndose en cuenta que los últimos decomisos de 2023 y 2024 se produjeron el mes de octubre.
Que hasta la fecha de hoy no se tiene constancia de haberse realizado gestión cabe para la recuperación de tales efectos por parte de las personas infractoras, con lo cual se solicita su publicación en el BOIB, paso previo a la destrucción de los mismos si no se reciben alegaciones después de treinta días de tal publicación.
Que el mismo se pone en conocimiento de la Unidad Administrativa porque se inicien las gestiones mencionadas.
Finalmente, se ruega que se comunique a los mandos de la Unidad de Instalaciones Fijas el día concreto en que la publicación se haga efectiva, así como el número de BOIB de esta, y también si se produce alguna alegación; todo esto para tener en cuenta los plazos pertinentes para dar comunicación en Calvià 2000 y procederse a la destrucción de tales efectos.
El que se pone en su superior conocimiento a los efectos que se estimen más oportunos.
En orden a la defensa de los intereses de las personas consumidoras y usuarias y a la protección de la salud pública, como medida cautelar de carácter general se procedió al decomiso de los productos ofrecidos en venta ambulante que no tenían la preceptiva autorización municipal, dado que, al no haber quedado acreditado que cumplían las condiciones legalmente establecidas para su transporte y posterior venta al público, podían representar un peligro sanitario.
Transcurridos los plazos legalmente previstos sin que la persona denunciada haya solicitado la devolución de los productos decomisados, y por razones de limitaciones de capacidad de los depósitos de la Policía Local, en virtud de la facultad prevista en el artículo 21.1. y) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, dicta la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Publicar en el BOIB la relación de los objetos confiscados que se relacionan al anexo Y de esta resolución, para general conocimiento de los posibles interesados.
2. Proceder a la destrucción de los objetos si, transcurridos treinta días desde la publicación de esta resolución, estos no han sido reclamados.
(Firmado electrónicamente: 10 de noviembre de 2025)
La teniente de alcalde de Policía Local, Protección Civil, Juventud, Participación Ciudadana, Evento y Ciudadanos Extranjeros Esperanza Català Ribo