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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, MEDIO RURAL Y DEPORTES
Núm. 838142
Información pública del acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Mallorca de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio para la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca, y aprobación inicial de sus tarifas para el ejercicio 2026
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El 13 de noviembre de 2025, el pleno del Consejo Insular de Mallorca adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio para la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca y la aprobación inicial de sus tarifas para el ejercicio 2026 en los términos que transcribo literalmente a continuación:
“Antecedentes
1. En la sesión de 5 de mayo de 2003, el Pleno del Consejo de Mallorca acordó adjudicar la concesión del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca a la entidad Mac Insular S.L. El contrato, firmado el 1 de julio de 2003, establece las tarifas mediante las cuales los usuarios del servicio público insularizado tendrán que contribuir a sufragar los gastos de funcionamiento, mantenimiento y sustitución de las infraestructuras, que percibirá el concesionario del servicio público (IVA excluido).
2. En fecha 28 de julio de 2022 el Pleno del Consejo de Mallorca acordó la interpretación y modificación del contrato de 1 de julio de 2003, del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca.
3. El 30 de junio de 2025, con registro de entrada electrónico del Consejo de Mallorca nº. 55484, la empresa concesionaria Mac Insular, S.L., presentó, en cumplimiento de las disposiciones del punto 7 del Estudio Económico Financiero que forma parte del contrato de concesión, una propuesta de revisión tarifaria para el ejercicio 2026. En la propuesta de Mac Insular, S.L., no se incluye la revisión de tarifas para el tratamiento de los residuos de electrodomésticos de línea blanca con CFC (ELB con CFC), de línea blanca sin CFC (ELB sin CFC), y de residuos de electrodomésticos de línea marrón (ELM), dado que el Acuerdo de Pleno del Consejo de Mallorca de 28 de julio de 2022 prevé la exclusión del servicio público de la gestión de estas tipologías de residuos.
4. Consecuencia de la presentación de la propuesta de revisión de tarifas para el ejercicio 2024 de la empresa concesionaria, los servicios técnicos y económicos de la Dirección insular de Residuos (DIR) han emitido los siguientes informes:
|
TARIFAS |
Tarifa 2025 (BOIB n. 6 de 11 de enero de 2025) |
Propuesta tarifa 2026 |
|---|---|---|
|
Tratamiento RCD(*) |
42,23 €/tn |
33,57 €/tn |
|
Tratamiento ELB con CFC |
557,78 €/tn |
557,78 €/tn |
|
Tratamiento ELB sin CFC |
346,61 €/tn |
346,61 €/tn |
|
Tratamiento ELM |
756,70 €/tn |
756,70 €/tn |
|
Tratamiento RV |
178,15 €/tn |
165,58 €/tn |
|
Tratamiento PNFU |
118,03 €/tn |
107,74 €/tn |
(*) Modificando los parámetros de densidades en da=1 y db=1,2
6. La Secretaría General ha emitido el 29 de octubre de 2024 nota de conformidad a la propuesta de acuerdo.
7. La Intervención General ha emitido el 29 de octubre de 2024 informe de fiscalización favorable a la propuesta de acuerdo.
Fundamentos de derecho
Por todos los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos, el consejero ejecutivo del Departamento de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes propone al Pleno del Consejo Insular de Mallorca que adopte el siguiente
ACUERDO
1. Aprobar inicialmente la revisión ordinaria de la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición (RCD) de Mallorca por un importe de 52,39 €/tonelada (IVA excluido).
2. Aprobar inicialmente la minoración, por la revisión extraordinaria, de la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición (RCD) de Mallorca, por un importe de -15,46 €/tonelada (IVA excluido).
3. A consecuencia de los dos puntos anteriores, aprobar inicialmente una tarifa del servicio público relativa a la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición (RCD) de Mallorca por un importe de 36,93 €/tonelada (IVA excluido), y aprobar inicialmente la tarifa base específica para el tratamiento de los residuos de construcción-demolición (RCD) por un importe de 33,57 €/t (IVA excluido).
4. Aprobar inicialmente la revisión ordinaria de la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los neumáticos fuera de uso (PNFU) de Mallorca por un importe de 114,53 €/tonelada (IVA excluido).
5. Aprobar inicialmente la minoración, por la revisión extraordinaria, de la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los neumáticos fuera de uso (PNFU) de Mallorca, por un importe de -6,79 €/tonelada (IVA excluido).
6. A consecuencia de los dos puntos anteriores, aprobar inicialmente la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los neumáticos fuera de uso (PNFU) de Mallorca por un importe de 107,74 €/tonelada (IVA excluido).
7. Aprobar inicialmente la revisión ordinaria de la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos voluminosos: resto, por un importe de 186,63 €/tonelada (IVA excluido).
8. Aprobar inicialmente la minoración, por la revisión extraordinaria, de la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos voluminosos: resto, por un importe de -21,05 €/tonelada (IVA excluido).
9. A consecuencia de los dos puntos anteriores, aprobar inicialmente la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos voluminosos: resto por un importe de 165,58 €/tonelada (IVA excluido).
10. Mantener la tarifa vigente para tratar los residuos voluminosos: electrodomésticos línea blanca con CFC (ELB con CFC) por un importe de 557,78 €/tonelada (IVA excluido).
11. Mantener la tarifa vigente para tratar los residuos voluminosos: electrodomésticos línea blanca sin CFC (ELB sin CFC) por un importe de 346,61€/tonelada (IVA excluido).
12. Mantener la tarifa vigente para tratar los residuos voluminosos: electrodomésticos línea marrón (ELM) por un importe de 756,70€/tonelada (IVA excluido).
13. Aprobar inicialmente las tarifas para la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio público obligatorio e insularizado del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición, residuos voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca, de acuerdo con las cuantías previstas en los apartados 3º, 6º, 9º, 10º, 11º y 12º de este Acuerdo.
14. Aprobar inicialmente la modificación del artículo 5º de la Ordenanza que regula la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio público para la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de Mallorca en el sentido siguiente:
Allí donde dice:
“Artículo 5. Cuantificación de las tarifas
1. Las tarifas a aplicar, IVA no incluido son las siguientes:
RESIDUO TARIFA €/Tonelada
Residuo de construcción y demolición .................................. 42,23 (*)
Neumáticos fuera de uso ........................................................ 118,03
Residuos voluminosos: línea blanca con CFC ....................... 557,78
Residuos voluminosos: línea blanca sin CFC .... ..................... 346,61
Residuos voluminosos: línea marrón ...................................... 756,70
Residuos voluminosos: resto ................................................... 178,15
(*) Modificando los parámetros de densidad en da=1 y db=1,2
2. La tarifa a aplicar en los residuos de la construcción y demolición que contengan impropios, será la que resulta de aplicar la corrección por densidades, según la fórmula siguiente:
Tarifa en aplicar= tarifa RCD x factor corrector (Fc)
Siendo Fc igual a:
e 2(da-do) Si la densidad es menor que a
1 Para densidades comprendidas entre a y b
e 0,5(db-do) Si la densidad es mayor que b´
Valores para los parámetros “da” y “db”
da=1,00 t/m3
db= 1,20 t/m3
do= Densidad del residuo con impropios (t/m3).
Tabla de pesos y densidades para corregir la tarifa en función de los impropios
Densidad (t/m3) Peso de la cubeta (Kg)
0,35 1.575
0,40 1.800
0,45 2.025
0,50 2.250
0,55 2.475
0,60 2.700
0,65 2.925
0,70 3.150
0,75 3.375
0,80 3.600
0,85 3.825
0,90 4.050
0,95 4.275
1,00 4.500
1,05 4.725
1,10 4.950
1,15 5.175
1,20 5.400
1,25 5.625
1,30 5.850
1,35 6.075
1,40 6.300
Volumen medio de la cubeta 4,5 m3 “
Tiene que decir:
“Artículo 5. Cuantificación de las tarifas:
1. Las tarifas para aplicar, IVA no incluido son las siguientes:
RESIDUO TARIFA €/Tonelada
Residuos de construcción y demolición ...................................... 33,57 (*)
Neumáticos fuera de uso ................................................................. 107,74
Residuos voluminosos: electrodomésticos línea blanca con CFC .... 557,78
Residuos voluminosos: electrodomésticos línea blanca sin CFC ..... 346,61
Residuos voluminosos: electrodomésticos línea marrón ................. 756,70
Residuos voluminosos: resto ........................................................... 165,58
(*) Modificando los parámetros de densidad en da=1 y db=1,2
2. La tarifa a aplicar en los residuos de la construcción y demolición que contengan será la que resulta de aplicar la corrección por densidades, según la fórmula siguiente:
Tarifa por aplicar= tarifa RCD x factor corrector (Fc)
Siendo Fc igual a:
e 2(da-do) Si la densidad es menor que a
1 Para densidades comprendidas entre a y b
e 0,5(db-do) Si la densidad es mayor que b´
Valores para los parámetros “da” y “db”
da=1,00 t/m3
db= 1,20 t/m3
do= Densidad del residuo con impropios (t/m3).
Mesa de pesos y densidades para corregir la tarifa en función de los impropios
Densidad (t/m3) Peso de la cubeta (kg)
0,35 1.575
0,40 1.800
0,45 2.025
0,50 2.250
0,55 2.475
0,60 2.700
0,65 2.925
0,70 3.150
0,75 3.375
0,80 3.600
0,85 3.825
0,90 4.050
0,95 4.275
1,00 4.500
1,05 4.725
1,10 4.950
1,15 5.175
1,20 5.400
1,25 5.625
1,30 5.850
1,35 6.075
1,40 6.300
Volumen medio de la cubeta 4,5 m3 “
15. De conformidad con lo que dispone el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que regula las bases de régimen local, someter este Acuerdo a un periodo de información pública mediante la inserción de un anuncio en el tablero de edictos del Consejo de Mallorca y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, con la finalidad que todas las personas que estén interesadas puedan examinarlo y presentar las reclamaciones y las sugerencias que consideren pertinentes, en un plazo de treinta días, contadores a partir del día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares o del anuncio en el tablón de anuncios, si es posterior. Si se presentan, se tiene que otorgar una audiencia a las asociaciones vecinales y de defensa de las personas consumidoras y usuarias establecidas en ámbito territorial insular y que estén inscritas en el registro municipal de asociaciones vecinales, la finalidad de las cuales, guarde relación directa con el objeto de la ordenanza.
16. Abrir un trámite para dar audiencia a la empresa concesionaria del servicio público insularizado Mac Insular, SL, durante un plazo de quince días hábiles.
17. De acuerdo con lo que dispone el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, una vez adoptado el acuerdo de aprobación inicial se tiene que publicar en la sede electrónica o página web corporativa, el proyecto de modificación de la ordenanza.
La documentación completa del expediente de aprobación de la modificación de la Ordenanza se puede consultar en las dependencias del Departamento de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes ubicadas en la calle del General Riera, 111, de Palma, en horario de 9 a 14h, de lunes a viernes (excepto festivos), en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca o en la dirección electrónica https://cim.secimallorca.net/segex/expediente.aspx?id=1284648 por un plazo de treinta días a contar a partir del día siguiente de la publicación del anuncio en el BOIB y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (13 de noviembre de 2025)
El consejero ejecutivo de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes Pedro Bestard Martínez