Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 835539
Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se minora la cantidad de la ayuda y se propone el pago de las subvenciones de la convocatoria pública de subvenciones para el año 2025 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa FEDER 2021-2027 (FOTOPAR2025)
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Hechos
1. El 28 de diciembre de 2024, en el BOIB n.º 170, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 23 de diciembre de 2024 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2025 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa FEDER 2021-2027.
2. Las personas que figuran en el anexo de esta propuesta obtuvieron una subvención para la implantación de instalaciones renovables.
3. Las personas que figuran en el anexo de esta propuesta presentaron la documentación justificativa de las actuaciones realizadas, en que se acredita que el importe de la actuación ha sido inferior al previsto inicialmente o se ha reducido la instalación.
4. Los servicios técnicos competentes han informado favorablemente sobre el pago de las subvenciones descritas en el anexo, en que se incluye una minoración del importe proporcional a las modificaciones efectuadas, las cuales se han calculado de acuerdo con la Resolución de convocatoria de estas ayudas.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).
4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).
5. Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 23 de diciembre de 2024 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2025 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa FEDER 2021-2027.
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Empresa, Autónomos y Energía que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Reconocer la obligación y proponer el pago de una subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con el importe que se indica.
2. Revocar parcialmente la subvención concedida puesto que la cantidad de coste elegible ha sido inferior a lo previsto.
3. Autorizar y disponer negativamente el gasto a revocar parcialmente de los beneficiarios y por los importes detallados en el anexo.
4. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir lo que dispone el apartado decimoprimero de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 23 de diciembre de 2024, así como los supuestos establecidos en el apartado decimotercero en relación con la concurrencia de ayudas.
5. Disponer que toda alteración de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, como también la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, da lugar a la revisión parcial o total de la subvención y, por lo tanto, al reintegro de la cantidad correspondiente más los intereses de demora.
Contra esta propuesta de resolución se puede alegar lo que se considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que se está conforme con el contenido de la Propuesta.
Palma, 12 de noviembre de 2025
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez
ANEXO
Lista de beneficiarios a los que se les minora la cantidad de la ayuda concedida y se propone el pago (FOTOPAR2025)
|
N.º Expediente |
Solicitante |
NIF |
Subvención propuesta (€) |
Importe que se minora (€) |
Subvención a pagar(€) |
Motivo |
|---|---|---|---|---|---|---|
|
FOTOPAR25-15/2025 |
SARA FRANCISCA CAMPS PONS |
***4400** |
15.096,00 € |
12.096,00 € |
3.000,00 € |
En el momento de la solicitud la inversión prevista par almacenamiento era de 10.412,35 € |
|
FOTOPAR25-25/2025 |
THOMAS JOSEF MERKELBACH |
****5533* |
15.600,00 € |
5.188,42 € |
10.411,58 € |
El pago de una de las facturas esta realizado fuera de plazo |
|
FOTOPAR25-28/2025 |
ANDREAS LAMPPRECHT |
****6536* |
15.600,00 € |
3.080,89 € |
12.519,11 € |
La inversión para el almacenamiento es inferior al módulo. |
|
FOTOPAR25-33/2025 |
CARSTEN GÜTHE |
****8621* |
9.468,00 € |
16,80 € |
9.451,20 € |
El almacenamiento reduce su capacidad de almacenamiento 15,40 kWh a 15,36 kWh. |
|
FOTOPAR25-42/2025 |
JOSE JULIAN GUTIERREZ BALLESTEROS |
***0583** |
8.964,00 € |
600,00 € |
8.364,00 € |
Reduce la potencia FV de paneles de 5 kWh a 4 kWh. |
|
FOTOPAR25-64/2025 |
FRANCISCO PALMER AMER |
***4042** |
9.451,20 € |
6.451,20 € |
3.000,00 € |
La inversión para almacenamiento es inferior al módulo |
|
FOTOPAR25-76/2025 |
RAUL ANCHEL GRACIA DOMINGUEZ |
***5446** |
5.832,00 € |
900,00 € |
4.932,00 € |
Solo instala 1,5 kWp de FV de los 3,0 kWp concedidos. |
|
FOTOPAR25-200/2025 |
MANUEL MEDINA ANGLADA |
***4175** |
11.040,00 € |
8.460,00 € |
2.580,00 € |
Reduce potencia FV poniendo paneles de 430 Wp y no de 440 Wp y en el momento de la solicitud el presupuesto previsto per almacenaje era de 7.435,45€. |
|
FOTOPAR25-224/2025 |
ANTÒNIA VICH ALEMANY |
***1962** |
14.628,00 € |
756,00 € |
13.872,00 € |
El almacenamiento reduce su capacidad de almacenaje de 28,2 kWh a 26,4 kWh |
|
FOTOPAR25-250/2025 |
MELISA PEREZ FAR |
***4253** |
15.037,20 € |
12.037,20 € |
3.000,00 € |
En el momento de la justificación la inversión final realizada para almacenaje resulta ser de 6.714,98 € |
|
FOTOPAR25-264/2025 |
JOAN AMETLLER PONS |
***9533** |
10.488,00 € |
582,19 € |
9.905,81 € |
En el momento de la solicitud la inversión prevista para el almacenaje era de 7.817,81 € |