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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA

Núm. 835290
Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se conceden las subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068)

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Texto

Hechos

1. El 22 de julio de 2025, en el BOIB n.º 96, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068).

2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Propuesta presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria de referencia.

3. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han emitido un informe favorable de los aspectos siguientes:

- Las personas físicas o entidades solicitantes, por su naturaleza, pueden ser beneficiarias de subvenciones.

- Las personas físicas o entidades han adjuntado la documentación prevista en la convocatoria.

- Las personas físicas o entidades solicitantes están al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y con la Administración tributaria, tanto la estatal como la autonómica.

4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, en aplicación del procedimiento de concesión que establece apartado séptimo de la Resolución mencionada, han informado favorablemente sobre la concesión de las subvenciones descritas en el anexo, las cuales se han calculado de acuerdo con la Resolución de convocatoria de estas ayudas.

Fundamentos  de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre).

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre).

5. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía en las Illes Balears, modificada por la Orden del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 18 de junio de 2020 (BOIB n.º 116, de 30 de junio de 2020).

6. La Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 18 de julio de 2025 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068) (BOIB n.º 96, de 22 de julio).

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Empresa, Autónomos y Energía que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Aprobar la concesión de una subvención para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068) por un importe total de 68.000,00 euros y 34 beneficiarios. En el anexo de esta propuesta figuran los datos de cada beneficiario sobre la concesión de la subvención.

2. Autorizar y disponer el gasto de 68.000,00 euros correspondiente a los 34 beneficiarios que figuran en el anexo y por los importes que se detallan para cada uno de ellos, con cargo a la partida presupuestaria indicada en el anexo de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Estas ayudas están financiadas por el impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible, correspondiente al Plan Anual 2024-2025.

3. Disponer que las inversiones objeto de la solicitud se deben realizar en el periodo que va desde el día que se presente la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. Este plazo no puede ser superior a los doce meses a contar desde la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la resolución de otorgamiento.

4. Establecer que el plazo para justificar la realización de las actividades subvencionadas en ningún caso puede ser posterior al décimo día hábil desde la fecha máxima de ejecución de la actividad.

5. Establecer que el pago y la justificación se deben efectuar de acuerdo con el apartado décimo de la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 18 de julio de 2025.

6. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir lo que disponen el apartado undécimo de la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 18 de julio de 2025, y la normativa nacional y europea sobre la actividad subvencionada, así como los supuestos establecidos en el apartado decimocuarto en relación con la concurrencia de ayudas. Las obligaciones establecidas en la convocatoria son las siguientes:

a) Llevar a cabo la actividad o la inversión, o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

b) Justificar la realización de la actividad, así como el cumplimiento de los requisitos y las condiciones que determinan la concesión de la subvención.

c) Comunicar al órgano que la concede o, si procede, a la entidad colaboradora, la solicitud o la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad. Esta comunicación se debe que hacer en el plazo de tres días hábiles desde la solicitud o la obtención de la subvención concurrente y, en todo caso, antes de la justificación de la aplicación que se haya dado a los fondos percibidos.

d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante la Administración del Estado, y de las obligaciones tributarias ante la hacienda autonómica, y acreditarlo, en la forma que establecen el artículo 6 de las bases reguladoras y el punto quinto de esta convocatoria antes de dictar la propuesta de resolución de concesión y de hacer el pago. En todo caso, esta acreditación se puede sustituir por una declaración responsable de la persona solicitante cuando se trate de subvenciones de cuantía igual o inferior a 3.000 euros.

e) Acceder a las actuaciones de comprobación que lleve a cabo la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático; a las actuaciones de control financiero de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la Sindicatura de Cuentas, y de cualquier otra autoridad de control. Si del resultado de estas actuaciones de control se detectan irregularidades, se derivará la obligación de reintegro de las cuantías percibidas indebidamente.

f) Dejar constancia de la percepción y la aplicación de la subvención en los libros de contabilidad o en los libros de registro que, si procede, tenga que llevar el beneficiario de acuerdo con la legislación mercantil o fiscal que le sea de aplicación y, si procede, con las bases reguladoras.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos, con inclusión de los documentos electrónicos, mientras puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control, durante un periodo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario.

h) Destinar el importe de la subvención a la financiación de la actuación para la cual se ha solicitado y mantener la afectación de las inversiones a la actividad subvencionada, en la forma y en los plazos que establezca la convocatoria y, si procede, la resolución correspondiente o las modificaciones de esta.

i) Comunicar al órgano que concede la subvención la modificación de cualquier circunstancia que afecte alguno de los requisitos exigidos para la concesión de la subvención.

j) Dar cumplimiento a la normativa comunitaria, nacional y autonómica aplicable en el ámbito de contratación, subvenciones y ayudas de estado.

k) Mantener un sistema de contabilidad separada para todas las transacciones relacionadas con la operación cofinanciada, o bien un código contable separado, en caso de personas físicas con actividad económica.

l) Disponer de todos los documentos sobre el gasto que resulten necesarios para tener una pista de auditoría apropiada.

m) Reintegrar los fondos percibidos indebidamente como consecuencia de las actuaciones de comprobación hechas por los órganos de control competentes y según lo que establece el artículo 44 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

n) Se debe informar al público del apoyo obtenido del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears. Se debe hacer una breve descripción en el sitio web —si se dispone de él— de la operación, de manera proporcionada al nivel de la ayuda obtenida, los objetivos y resultados, y se debe destacar el apoyo financiero del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears.

o) Todas las actuaciones mencionadas están detalladas y especificadas en el Manual de gestión de la ejecución y justificación de los proyectos financiados con cargo al fondo para favorecer el turismo sostenible,  el cual, junto con otros documentos, está a disposición de las entidades interesadas en el web del AETIB (www.illessostenibles.travel).

7. Disponer que toda alteración de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, como también la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, da lugar a la revisión parcial o total de la subvención y, por lo tanto, al reintegro de la cantidad correspondiente más los intereses de demora.

Contra esta Propuesta de resolución se puede alegar lo que se considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que se está conforme con el contenido de la Propuesta.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (12 de noviembre de 2025)

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez

 

ANEXO Lista de beneficiarios propuestos para otorgarles la subvención para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible

Número

Expediente

Fecha del registro de entrada

Solicitante

NIF

Partida presupuestaria

Tipo de inversión

Importe subvención (€)

1

DESBALLESTA25-53/2025

07/08/2025

PEREZ LEYVA, MIGUEL

***1357**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

2

DESBALLESTA25-196/2025

19/08/2025

VILLADA CANO, JUAN

***2688**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

3

DESBALLESTA25-603/2025

12/09/2025

MOLERO TIRADO, FRANCISCO JAVIER

***5323**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

4

DESBALLESTA25-604/2025

12/09/2025

MELO MELO, LUZ MARINA

***1326**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

5

DESBALLESTA25-605/2025

12/09/2025

SAMPOL JIMENEZ, CRISTINA

***3309**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

6

DESBALLESTA25-606/2025

12/09/2025

ANDREU JAUME, JUAN

***8136**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

7

DESBALLESTA25-607/2025

12/09/2025

MINNUCCI, ROBERTA

****6953*

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

8

DESBALLESTA25-609/2025

12/09/2025

DE JUAN LLITERAS, ANGEL

***6607**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

9

DESBALLESTA25-613/2025

13/09/2025

MUNAR BERNAT, PEDRO ANTONIO

***1309**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

10

DESBALLESTA25-614/2025

13/09/2025

Campillo Frontera, Ana Aurora

***6279**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

11

DESBALLESTA25-615/2025

15/09/2025

null, INGENIERIA 1982 SL

***3532**

2026/G/731A01/77000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

12

DESBALLESTA25-616/2025

15/09/2025

MADRID GARCÍA, JUAN BAUTISTA

***1246**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

13

DESBALLESTA25-617/2025

15/09/2025

FIOL FORNÉS, JOSÉ

***8854**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

14

DESBALLESTA25-619/2025

15/09/2025

RAMON FRAU, JOAN ANDREU

***2537**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

15

DESBALLESTA25-620/2025

15/09/2025

Ramos Morcillo, Raul

***9974**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

16

DESBALLESTA25-621/2025

15/09/2025

MABA, HELENA CLELIA

****2128*

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

17

DESBALLESTA25-622/2025

15/09/2025

TUGORES CARBONELL, DAMIAN

***3567**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

18

DESBALLESTA25-623/2025

15/09/2025

GARCIA ESTEBAN, JUAN FRANCISCO

***3259**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

19

DESBALLESTA25-624/2025

15/09/2025

RODRIGUEZ CEPAS, JESUS

***6093**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

20

DESBALLESTA25-625/2025

15/09/2025

HANKE, MARIO

****1723*

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

21

DESBALLESTA25-627/2025

15/09/2025

BATTATA, SAID

****2177*

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

22

DESBALLESTA25-628/2025

15/09/2025

EL HOUAT RAOUF, SAMIR

***9347**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

23

DESBALLESTA25-630/2025

15/09/2025

CASTRO DELISLE, DAVID

***2265**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

24

DESBALLESTA25-631/2025

15/09/2025

MULET VARELL, MIQUEL

***1194**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

25

DESBALLESTA25-632/2025

16/09/2025

GONZALEZ LOPEZ, SERGIO

***4255**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

26

DESBALLESTA25-635/2025

16/09/2025

SANZ MUÑOZ, MARIA INMACULADA

***0963**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

27

DESBALLESTA25-636/2025

16/09/2025

null, M.RIERA SAU

***3013**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

28

DESBALLESTA25-637/2025

16/09/2025

LOMAS MARQUEZ, MARIA DOLORES

***3976**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

29

DESBALLESTA25-638/2025

16/09/2025

ESCANDELL MARI, MARIA CATALINA

***5537**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

30

DESBALLESTA25-639/2025

16/09/2025

SANDES OVALLE, APOLINAR

***0029**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

31

DESBALLESTA25-640/2025

16/09/2025

CORRAL GARCIA, MARIA DEL PILAR

***1450**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

32

DESBALLESTA25-641/2025

16/09/2025

CASABE HAMICHA, JAIME VICTOR

***6770**

2026/G/731A01/77000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

33

DESBALLESTA25-675/2025

16/09/2025

CAMPOS PALOMARES, JUAN ANTONIO

***7510**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

34

DESBALLESTA25-676/2025

16/09/2025

MESQUIDA MAIMO, DOMINGO

***4030**

2026/G/731A01/78000/00/19701/25064

Desguace los vehículos de los tipos M1 y N1 (turismos y furgonetas) de al menos diez años de antigüedad.

2.000,00

 

Total de expedientes: 34

Primer beneficiario: PEREZ LEYVA, MIGUEL

Último beneficiario: MESQUIDA MAIMO, DOMINGO

Total de la subvención: 68.000,00