Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE MURO
Núm. 835087
Aprobación de las bases y convocatoria de 1 plaza de oficial/a de policía mediante comisión de servicios de carácter voluntario
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Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 03 de noviembre de 2025, se han aprobado las bases y convocatoria de 1 plaza de Oficial/a de policía mediante comisión de servicios de carácter voluntario.
Lo que hacemos público en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios electrónico del sitio web del Ayuntamiento de Muro (https://www.ajmuro.net/ca/ofertes-feina), a los efectos establecidos en el artículo 45 de la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.
Contra la mencionada resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer de forma alternativa, los siguientes recursos: o bien recurso potestativo de reposición, a interponer ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, a contar desde el el día siguiente de la notificación de la presente resolución, o bien directamente recurso contencioso administrativo, a interponer ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la notificación de esta resolución; todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer aquellos otros recursos que consideren procedentes.
«Bases y convocatoria para proveer, mediante el sistema de comisión de servicios restringida de carácter voluntario, el puesto de trabajo de Oficial/a de Policía perteneciente al Ayuntamiento de Muro
1. Objeto de la convocatoria
El objeto de la convocatoria es proveer mediante comisión de servicios de carácter voluntario el puesto de trabajo de Oficial/a de Policía, vacante con dotación presupuestaria en la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Muro de acuerdo con el artículo 192 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Islas Baleares.
2. Características de puesto de trabajo
Vacantes: 1
Denominación plaza: Oficial/a de la Policía Local del Ayuntamiento de Muro
Subgrupo: C1
Escalera: Escala de administración especial Subescala: Servicios Especiales
Nivel complemento de destino: Nivel 20
Complemento específico: 7.629,72 €
3. Duración
La comisión de servicios tiene carácter temporal y finaliza cuando el puesto de trabajo se provee con carácter definitivo o si la persona titular devuelve.
4. Publicidad
Esta convocatoria se publica en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, en la web del Ayuntamiento, y, en el BOIB.
5. Requisitos de las personas aspirantes
Las personas aspirantes a cubrir la plaza de Oficial/a de Policía, deben reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de solicitudes:
a) Ser funcionario de carrera de la Administración Local en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Oficial/a Policía Local.
b) Cumplir los siguientes requisitos:
1. Tener la nacionalidad española.
2. Tener dieciocho años cumplidos.
3. Estar en posesión del título de bachillerato, técnico o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, deberá aportarse la homologación correspondiente del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
4. No padecer enfermedad o defecto físico o psicofísico que impida o disminuya el correcto desarrollo de las funciones, en relación con el cuadro de las exclusiones que se determinan en el anexo 5 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo.
5. No haber sido separado del servicio de la administración local, autonómica o estatal, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
6. No tener antecedentes penales por delitos dolosos.
7. Poseer los permisos de conducción de las clases A2 y B en vigor.
8. Comprometerse a llevar armas y, en su caso, a utilizarlas, mediante declaración jurada.
9. Estar en posesión del nivel B2 (nivel avanzado) del conocimiento de la lengua catalana. Los certificados deben ser los expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública, o los expedidos u homologados por la consejería competente en materia de política lingüística, o los reconocidos según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013.
6. Solicitudes y plazo de presentación
Las solicitudes de participación en la convocatoria, junto con la documentación que corresponda, deben presentarse en el registro de entrada del Ayuntamiento de Muro o en cualquiera de las formas que prevé la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El modelo de solicitud a utilizar por parte de los aspirantes se ajustarán al modelo normalizado de solicitud (ANEXO I).
Los méritos que se indiquen según el modelo normalizado (ANEXO II) deben acreditarse mediante documentos originales o fotocopias compulsadas en el registro del ayuntamiento o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En ningún caso se valorarán méritos que no hayan sido alegados y presentados en la forma establecida durante este plazo.
Los méritos deben acreditarse y valorarse siempre en referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En caso de que alguno de los méritos esté en poder del ayuntamiento convocante, las personas aspirantes pueden solicitar que se incorporen de oficio, un extracto de los méritos que figuran en el expediente personal en referencia al último día del plazo para presentar la solicitud de participación. Los méritos alegados que no consten en el expediente personal tendrán que ser presentados mediante documentos originales o copias compulsadas en el registro del ayuntamiento.
El plazo de presentación de solicitudes es de 7 días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.
7. Baremo de méritos y valoración
La propuesta de nombramiento se hará a favor de la persona aspirante que tenga más puntuación, según el siguiente baremo de méritos:
7.1 Antigüedad (máximo de 20 puntos)
Se valorará la antigüedad que se tenga reconocida como personal funcionario, en cualquier categoría de un cuerpo de policía local, como oficial de policía local en un ayuntamiento que no haya constituido cuerpo de policía local o como policía auxiliar.
Valoración: 0,15 puntos por mes trabajado.
7. 2 Cursos y acciones formativas (máximo de 9 puntos)
Se valorarán los siguientes cursos y acciones formativas:
Los diplomas o certificados de cursos y actividades formativas impartidos por las escuelas de formación de las policías locales, los cursos impartidos por la Escuela Balear de Administración Pública o que tengan la condición de concertados u homologados por la EBAP, los cursos de interés policial manifiesto superados en universidades públicas en el ámbito de la Unión Europea o en otras administraciones públicas del Estado español con centros de formación acreditados y los planes de formación continua, con un certificado que acredite que se han superado con aprovechamiento o, en su caso, con certificado de asistencia, que estén directamente relacionados con las funciones del puesto de trabajo a cubrir.
A tal efecto, se considerarán directamente relacionados con las funciones de cualquier puesto de trabajo los cursos referidos a las áreas profesionales de policía, seguridad, emergencias, salvamento, ciencias forenses, criminología, violencia de género, diversidad sexual y de género, delitos de odio y formación sanitaria relacionada con la profesión de policía local. Los cursos o acciones formativas de contenido idéntico sólo pueden valorarse una vez. En este caso, debe valorarse la acción formativa con más horas de duración. No serán objeto de valoración los cursos que se exijan como requisito específico del puesto de trabajo convocado.
Si el certificado acreditativo del curso indica créditos, se valorará a razón de 25 horas por cada crédito ECTS.
Los cursos con aprovechamiento o impartidos se valorarán a razón de 0,02 puntos por hora.
Los cursos con asistencia se valorarán a razón de 0,01 puntos por hora.
7.3 Estudios académicos oficiales (Máximo 26 puntos)
Únicamente se valoran los estudios académicos oficiales con validez en todo el territorio nacional. En caso de presentación de títulos de estudios cursados en el extranjero, debe acreditarse la homologación concedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Por la posesión de titulaciones académicas oficiales superiores a la que se exige para la categoría a la que se accede oa partir de una segunda titulación académica oficial igual a la que se exige para la categoría a la que se accede. La valoración como mérito de un título implica que no se valore el de nivel inferior necesario para obtenerlo, salvo que las titulaciones correspondan a ramas diferentes.
La puntuación máxima de este apartado es de 26 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Por cada titulación académica de técnico de formación profesional de grado superior, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior, así como todos los títulos que hayan sido declarados equivalentes: 2 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
b) Por cada titulación académica de diplomatura universitaria, arquitectura técnica, ingeniería técnica o titulación declarada equivalente: 3 puntos, hasta un máximo de 3 puntos.
c) Por cada titulación académica de grado universitario o grado de la enseñanza artística superior: 4 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
d) Por cada licenciatura universitaria, arquitectura, ingeniería o titulación universitaria equivalente: 4 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
e) Por cada máster oficial y otros estudios de posgrado oficial universitario: 2 puntos por cada 30 créditos ECTS, hasta un máximo de 8 puntos. Los estudios de grado con carga lectiva de 300 créditos ECTS, además de obtener los puntos del apartado c, obtendrán 2 puntos, de acuerdo con el artículo 12.10 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.
f) Para cada título de doctor: 3 puntos, hasta un máximo de 3 puntos
7.4 Conocimientos de lengua catalana (máximo de 3 puntos).
Sólo se valorará un certificado, salvo en el caso del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, en el que la puntuación se acumulará al otro certificado que se aporte. Si sólo se presenta el certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, se valorará a razón de 0,25 puntos.
Estos conocimientos deben acreditarse mediante la aportación de título o certificado oficial correspondiente, expedido por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Illes Balears y las equivalencias previstas por la normativa vigente.
7.5 Conocimientos de lenguas extranjeras (máximo de 2 puntos):
Se valorarán los certificados emitidos por la Escuela Oficial de Idiomas o equivalentes y sólo se valorará el certificado de superior nivel presentado por cada lengua.
8. Procedimiento
La acreditación del cumplimiento de los requisitos, así como la valoración de los méritos se llevará a cabo por parte del responsable de la comisión de valoración.
El nombramiento de los tres miembros de la Comisión de Valoración se realizará en el plazo de cinco días hábiles desde el momento de la publicación en el BOIB de la comisión de servicio, la lista definitiva de las personas aspirantes admitidas y excluidas y su actuación se ajustará estrictamente a las Bases de la convocatoria. Sin embargo, la Comisión resolverá las dudas que puedan surgir de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan por aquellos supuestos no previstos en las Bases.
Los miembros de la Comisión de Valoración se abstendrán de intervenir cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Terminada la baremación de las personas aspirantes se publicará, en el tablón de anuncios de web del Ayuntamiento, el listado de puntuaciones. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles por posibles reclamaciones. Si no hay reclamaciones, este listado será definitivo. Una vez resueltas las reclamaciones, la Comisión de Valoración elevará a Alcaldía el listado definitivo de puntuaciones y la propuesta de nombramiento como funcionario/a en comisión de servicios.
Contra la propuesta de resolución definitiva no se pueden formular alegaciones ni interponer recurso administrativo alguno, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer los recursos que estimen convenientes contra la resolución de adjudicación que dicte el Sr. Alcalde.
En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso administrativo, según la disposición antes mencionada y los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su publicación en Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Muro, en fecha de la firma electrónica (4 de noviembre de 2025
El alcalde Miquel Porquer Tugores)
ANEXO I SOLICITUD DE ADMISIÓN AL PROCEDIMIENTO SELECTIVO DE OFICIAL/A DE POLICÍA EN COMISIÓN DE SERVICIOS
___________________________________________ DNI núm. _______________ (Nombre y apellidos)
Domicilio en ____________________________________________ núm. _________ (Localidad) (calle, avenida, plaza, etc.)
Código postal ________ Teléfono ____________ e-mail _______________________
EXPUESTO:
Que he tenido conocimiento de la convocatoria:
__________________________________________________________________, (Nombre de la convocatoria) cuyas bases fueron publicadas: __________________________________ (BOIB -fecha y núm-; web municipal -fecha del anuncio-, etc.)
DECLARO
Que reúno todas y cada una de las condiciones exigidas en la Cláusula QUINTA de las bases, referidas a la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de esta solicitud, y que son ciertos los datos que se consignan en esta solicitud.
AUTORIZO para que la Administración trate mis datos personales a los efectos que se deriven de esta convocatoria, y me comprometo a probar documentalmente todos los datos que constan en esta solicitud.
Por todo lo expuesto, SOLICITO:
Tomar parte en esta convocatoria.
_____________________, ______ de _____________________ de 20______
[firma]
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MURO
De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos humanos, se informa a los interesados que los datos personales contenidos en la solicitud de admisión, documentación que se acompañe a ésta o que se genere a resultas de esta convocatoria, son objeto de recogida para su tratamiento única y exclusivamente para el ejercicio de funciones propias de esta Administración, dentro del presente procedimiento selectivo para su convocatoria, tramitación, calificación y resolución, por lo que se informa que los datos se incorporarán a un fichero de datos de carácter personal, del que es responsable este Ayuntamiento, y que en caso de que sea necesario a efectos de cumplir con los principios de publicidad y transparencia del procedimiento, algunos datos personales de los aspirantes pueden ser publicados en el BOIB o en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento. Que en este acto el Ayuntamiento informa a las interesadas del derecho de las personas físicas a acceder a sus datos, a rectificarlos ya cancelarlos. Estos derechos podrán ser ejercidos mediante escrito dirigido al responsable del fichero en la siguiente dirección postal: 07440 – Muro, Plaza del Conde de Empúries, 1. Que asimismo se me informa en este acto que los datos personales de personas físicas contenidas en la proposición sólo serán objeto de cesión o comunicación en los casos, condiciones, y previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal.
ANEXO II RELACIÓN DE MÉRITOS APORTADOS
___________________________________________ DNI núm. _______________ (Nombre y apellidos) Domicilio en ____________________________________________ núm. _________ (Localidad) (calle, avenida, plaza, etc.) Código postal ________ Teléfono ____________ e-mail ________________________
SERVICIOS PRESTADOS
Meses trabajados como personal funcionario, en cualquier categoría de un cuerpo de policía local, como policía en un ayuntamiento que no haya constituido cuerpo de policía local o como policía auxiliar:______________ (indicar meses)
CURSOS Y ACCIONES FORMATIVAS
________________________________________________________/_________
________________________________________________________/_________
________________________________________________________/_________
________________________________________________________/_________
________________________________________________________/_________
________________________________________________________ / _________
CONOCIMIENTOS DE LENGUA CATALANA
________________________________________________________/_________
________________________________________________________ / _________
CONOCIMIENTOS DE LENGUAS EXTRANJERAS
________________________________________________________ / _________
________________________________________________________ / _________
ESTUDIOS ACADÉMICOS OFICIALES.
________________________________________________________ / _________
________________________________________________________ / _________
Nota: Junto con esta relación deben aportarse los originales o copias compulsadas de los méritos que se alegan»