Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 828056
Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se revocan parcialmente subvenciones concedidas en el marco de la convocatoria de minimis para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. El 22 de agosto de 2024, se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Orden 31/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

2. El 26 de septiembre de 2024, se ha publicado, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se modifica la convocatoria en el sentido de ampliar el plazo de presentación de solicitudes.

3. De acuerdo con la nueva redacción del apartado 11 de la convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes se inició el 23 de agosto de 2024 y finalizó el 31 de octubre de 2024.

4. El 6 de febrero de 2025, se ha publicado, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se modifica la convocatoria en el sentido de ampliar el plazo de ejecución y justificación de la ayuda.

5. De acuerdo con la nueva redacción de los apartados 12 y 13 de la convocatoria, el plazo de ejecución finaliza el 31 de mayo de 2025 y el plazo de justificación finaliza el 30 de junio de 2025.

6. El 10 de diciembre de 2024 (BOIB núm. 160), el 19 de diciembre de 2024 (BOIB núm. 166), el 15 de febrero de 2025 (BOIB núm. 21), el 15 de marzo de 2025 (BOIB núm. 33) y el 24 de mayo de 2025 (BOIB núm. 66) se publicaron, en el Boletín Oficial de las Illes Balears las resoluciones relativas a la concesión de las subvenciones en el marco de la convocatoria de subvenciones mencionada. A las personas beneficiarias que figuran en los anexos de estas resoluciones se les concedió una subvención y se autorizó y se dispuso un gasto por los importes individuales que se indicaban en las resoluciones, y que se indican también en el anexo de esta resolución, con cargo a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/00/MR053 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025.

Los expedientes de concesión de subvenciones en los que se concedía una subvención por importe igual o superior a 30.000 euros fueron fiscalizados de conformidad por la Intervención de la CAIB.

7. Tal como se hizo constar en las resoluciones de concesión, de acuerdo con el punto 12 de la convocatoria, el periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables finaliza el 31 de mayo de 2025.

8. Tal como se hizo constar en las resoluciones de concesión, de acuerdo con el punto 13 de la convocatoria, el plazo para la justificación de la subvención finaliza el 30 de junio de 2025.

9. Consta en los respectivos expedientes administrativos que las personas que figuran en el anexo de esta resolución no han justificado completamente la realización de la actuación subvencionable por todo el importe establecido en la resolución de concesión. Es decir, el importe de la actuación subvencionable justificado ha sido inferior al importe de la actuación subvencionable previsto en la resolución de concesión.

10. El 17 de octubre de 2025, el consejero de Turismo, Cultura y Deportes dictó la resolución por la que se inicia el procedimiento de revocación parcial de subvenciones concedidas en el marco de la convocatoria de referencia, en relación con las subvenciones concedidas mediante las resoluciones publicadas en el Bolen Oficial de las Illes Balears núm. 160, de 10 de diciembre de 2024; núm. 166, de 19 de diciembre de 2024; núm. 21, de 15 de febrero de 2025; núm. 33, de 15 de marzo de 2025 y núm. 66, de 24 de mayo de2025.

11. A todas las personas que se relacionan en el anexo de esta resolución se les notificó la resolución de inicio del procedimiento de revocación parcial, en la que se indicaba el importe a revocar y se les otorgaba un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones.

No consta que se hayan presentado alegaciones en el plazo establecido.

12. De acuerdo con el artículo 23.1d) de la Orden 31/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras de esta convocatoria, corresponde la revocación parcial de la subvención si, posteriormente a la resolución de concesión de la subvención, la persona beneficiaria no justifica toda la realización de la actuación.

En consecuencia, dado que las personas beneficiarias que aparecen en el anexo de esta resolución han justificado adecuadamente las actuaciones realizadas, pero por unos importes inferiores a los establecidos en la resolución de concesión, de acuerdo con el artículo 21 de la Orden 31/2024, corresponde revocar parcialmente las resoluciones de concesión.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Reglamento de esta, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

2. El Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

3. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6. El Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el cual se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

7. La Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que se tienen que financiar con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

8. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

9. La Orden 31/2024 ,de 14 de agosto de 2024 , del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la cual se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

10. El Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE a las ayudas de minimis.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Revocar parcialmente las subvenciones concedidas mediante las resoluciones por las que se conceden las subvenciones a las personas beneficiarias que se indican en el anexo y por el importe allí detallado, en el marco de la convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU, publicadas en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 160, de 10 de diciembre de 2024; núm. 166, de 19 de diciembre de 2024; núm. 21, de 15 de febrero de 2025; núm. 33, de 15 de marzo de 2025, y núm. 66, de 24 de mayo de 2025.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (10 de noviembre de 2025)

La secretaria general Maria Isabel Sáez Sastre (Por delegación del consejero de Turismo, Cultura y Deportes, BOIB núm. 107/2023)

 

ANEXO ​​​​​​​Personas beneficiarias a las que se les revoca parcialmente la subvención concedida

 

NIF del beneficiario

Número de expediente

Beneficiario

Nombre del establecimiento

Importe de la actuación subvencionable (€)

Importe de la actuación subvencionable justificado (€)

Importe de la ayuda concedido en la resolución de concesión (€)

Importe de la ayuda justificado (€)

Importe de la ayuda a revocar (€)

1

B07443591

TUR_AJDEF2_232/2024

SILVO, S.L.U.

REVERENCE SKY HOTEL

267.066,84

164.513,66

186.946,79

115.159,56

71.787,23

2

B07985609

TUR_AJDEF2_105/2024

SOTALCAM, S.L.

HOTEL ZAFIRO MALLORCA

36.131,71

36.097,96

25.292,19

25.268,57

23,62

3

B07985823

TUR_AJDEF2_98/2024

INVERSIONES PLOMER, S.L.

HOTEL ZAFIRO PALACE ANDRATX

53.154,64

3.928,66

37.208,24

2.750,06

34.458,18

4

B07806029

TUR_AJDEF2_103/2024

ALZINAR MAR, S.L.

HOTEL ZAFIRO ALZINAR MAR

50.129,50

25.823,25

35.090,65

18.076,28

17.014,37

5

B07985823

TUR_AJDEF2_100/2024

INVERSIONES PLOMER, S.L.

HOTEL ZAFIRO PALACE ALCÚDIA

24.835,09

18.203,86

17.384,56

12.742,70

4.641,86

6

****0548*

TUR_AJDEF2_229/2024

GUSTAV WILHELM GRAEWERT

HOTEL SAMOS

398.506,31

323.791,70

278.954,42

226.654,19

52.300,23

7

B07018781

TUR_AJDEF2_235/2024

ENIX, S.L.

LA PERGOLA HOTEL

295.159,50

294.331,54

206.611,65

206.032,08

579,57

8

B07790512

TUR_AJDEF2_234/2024

CAS MIOT, S.L.

MON PORT

168.014,93

135.617,03

117.610,45

94.931,92

22.678,53

9

A07046030

TUR_AJDEF2_163/2024

INDUSTRIAS HOTELERAS CORA, S.A.

HOTEL JS PALMASTAY

63.800,25

60.180,25

44.660,18

42.126,18

2.534,00

10

B70806229

TUR_AJDEF2_42/2024

HOTEL BELLAVISTA MALLORCA, S.L.

HOTEL BELLAVISTA

161.443,23

156.943,23

113.010,26

109.860,26

3.150,00

11

B16546087

TUR_AJDEF2_240/2024

BIKINI ISLAND PORT SOLLER, S.L.

BIKINI ISLAND & MOUNTAIN HOTEL PORT DE SOLLER

20.406,03

20.319,38

14.284,22

14.223,57

60,65

12

***1073**

TUR_AJDEF2_97/2024

JERONI BELTRAN CELIÀ

CAN JERONI - MAL PAS

103.188,89

89.935,87

72.232,22

62.955,11

9.277,11

13

B07757552

TUR_AJDEF2_131/2024

SET HOTELS, S.L.

MESTRAL

43.741,29

43.234,14

30.618,90

30.263,90

355,00

14

B16555575

TUR_AJDEF2_195/2024

ANTONIO MAURA 38, S.L.

MON BOUTIQUE HOTEL

57.785,96

26.739,76

40.450,17

18.717,83

21.732,34

15

B16555575

TUR_AJDEF2_200/2024

ANTONIO MAURA 38, S.L.

BOUTIQUE HOTEL ORIOLA

60.156,50

55.572,91

42.109,55

38.901,04

3.208,51

16

B07265259

TUR_AJDEF2_15/2024

EXPLOTACIONES PLAYAS MORE, S.L.

HOTEL MORÉ

362.273,86

305.753,70

253.591,70

214.027,59

39.564,11

17

***0335**

TUR_AJDEF2_12/2024

JUANA ANA CRESPI BISQUERRA

SES ROTES

22.001,50

8.735,11

15.401,05

6.114,58

9.286,47

18

***0335**

TUR_AJDEF2_11/2024

JUANA ANA CRESPI BISQUERRA

LA CASETA

35.278,39

11.197,48

24.694,87

7.838,24

16.856,63

19

***0335**

TUR_AJDEF2_13/2024

JUANA ANA CRESPI BISQUERRA

CA NA SIONA

24.794,76

8.969,73

17.356,33

6.278,81

11.077,52

20

B16626228

TUR_AJDEF2_339/2024

MULET CLAR, S.L.

SON VERI VILLAS

26.037,85

25.619,60

18.226,50

17.933,72

292,78

21

B07757552

TUR_AJDEF2_132/2024

SET HOTELS, S.L.

LLEBEIG

68.806,05

67.686,05

48.164,23

47.380,24

783,99

 

1.639.899,13

1.318.236,43

321.662,70