Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 824378
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a Propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se revocan las subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Islas Baleares, en el marco del Plan de Recuperación Europea, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF)
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En fecha de la firma digital, el director general de Economía circular, Transición Energética y Cambio Climático ha formulado la propuesta definitiva siguiente:
Hechos
1. El 26 de diciembre de 2023 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Islas Baleares, en el marco del Plan de Recuperación Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023).
2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas o entidades que figuran en el anexo de esta resolución en el marco de la convocatoria para instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, así como de energías térmicas.
3. Las personas o entidades que figuran en el anexo aportaron la documentación requerida para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.
4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación aportada y han emitido un informe desfavorable a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación que también figura en él.
5. El 16 de octubre de 2025 se emitió una propuesta de resolución provisional de revocación del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático (BOIB n.º 139, 21 de octubre de 2025).
6. En fecha 29 de octubre de 2025, Antònia Garí Orell, titular del expediente PF_PITEIB-47/2024, presentó un escrito de alegaciones contra la propuesta de resolución mencionada en el punto anterior por la cual se proponía la revocación de la subvención por el siguiente motivo:
«La persona solicitante ya tiene concedida una ayuda para la misma actuación, por importe de 2500€ concedida por el ayuntamiento de Ses Salines en la convocatoria subvención para la instalación de placas fotovoltaicas, sistemas de eficiencia energética tipo alterna o similares, en el término municipal de Ses Salines (2023), incumpliendo el punto decimonoveno del anexo 1 del BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023, de la convocatoria».
En el escrito de alegaciones, la beneficiaria solicita que se mantenga la subvención porque la ayuda del Ayuntamiento de Ses Salines no procede de fondo de la Unión Europea y porque la convocatoria de la ayuda del ayuntamiento especifica que será compatible cono cualquier otra ayuda concedida por otras administraciones.
7. En fecha 06 de noviembre de 2025, se emitió un informe técnico en que se informa desfavorablemente a las alegaciones presentadas por Antònia Garí Orell. Este informe concluye: Una vez valorada la alegación a la revocación presentada, se rechaza porque se ha comprobado que la persona ya tiene concedida una ayuda para la misma actuación, concedida por el Ayuntamiento de Ses Salines. El punto Decimonoveno apartado 1. de la convocatoria de referencia establece que: «Las ayudas reguladas en este Real Decreto tienen que ser compatibles con otras ayudas o subvenciones que pudieran ser otorgados por cualquier administraciones públicas u organismos o entes públicos, siempre que no tengan su origen en un fondo o programa de ayudas de la Unión Europea y no cubran el mismo coste, así como el importe de la ayuda o subvención, aisladamente o en concurrencia con otros incentivos, no supere el coste del proyecto y cumpla con la normativa nacional y europea de ayudas de Estado» La ayuda concedida por el Ayuntamiento de Ses Salines puede ser compatible con otras ayudas pero PITEIB_PF no es compatible con ayudas recibidas que cubran el mismo coste por eso se procede a revocar la ayuda concedida.
8. Se ha agotado el plazo de diez días que se concedían para presentar alegaciones.
Fundamentos de derecho
1. El consejero de Empresa, Autónomos y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de las Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.
2. La ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3. El Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
5. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004)
6. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008).
7. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
8. El Real decreto 451/2022, de 14 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas destinadas a la financiación de estrategias de energía sostenible para las Islas Baleares y Canarias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se enmarca en el Plan de Recuperación, presentado por el Gobierno el 21 de abril de 2021 y aprobado por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.
9. El Real decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
10. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023).
Propuesta de resolución definitiva
Propongo al consejero de Empresa, Autónomos y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que en él se indican.
2. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el anexo con cargo a la partida presupuestaria que también se indica.
3. Declarar concluido el procedimiento y, por tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.
4. Publicar esta Propuesta en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes contando desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Baleares.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, fecha de la firma digital (7 de noviembre de 2025)
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB núm. 97, de 24/07/2025)
El director general proponente Diego Viu Domínguez
ANEXO I Lista de beneficiarios a los que se les revoca subvención
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Expediente |
Solicitante |
NIF |
Partida presupuestaria |
Tipo de inversión |
Importe subvención (€) |
CONCE |
Motivo de revocación |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
PF_PITEIB-47/2024 |
ANTÒNIA GARÍ ORELL |
***8510** |
731A01/78000/00/19701/MR052 |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 5.05 kWp |
3.030,00€ |
0000011902/2024 |
La persona solicitante ya tiene concedida una ayuda para la misma actuación, por importe de 2500€ concedida por el ayuntamiento de Ses Salines en la convocatoria subvención para la instalación de placas fotovoltaicas, sistemas de eficiencia energética tipo alterna o similares, en el término municipal de Ses Salines (2023), incumpliendo el punto decimonoveno del anexo 1 del BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023, de la convocatoria. |
|
PF_PITEIB-1261/2024 |
JUAN NOLAN DELGADO GROTE |
***0918** |
731A01/78000/00/19701/MR052 |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 5.00 kWp en cubierta |
3.000,00€ |
0000011422/2024 |
La persona solicitante ya tiene concedida una ayuda para la misma actuación, por importe de 3.000€ euros. Publicada la resolución de concesión en el BOIB núm. 78, de 11 de junio de 2024 (expediente FOTOPAR24 997/2024) incumpliendo el punto decimonoveno apartado 3. del anexo 1 del BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023, de la convocatoria que establece que: “La concesión de estas subvenciones es incompatible con la concesión de otra por la misma actuación en el marco de las convocatorias gestionadas por la Consejería de Empresa, Empleo y Energía.” |
|
PF_PITEIB-1716/2024 |
SIMONA BRIGIT DELLEN |
****5206* |
731A01/78000/00/19701/MR052 |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 5.00 kWp en cubierta. |
3.000,00€ |
0000000596/2025 |
La persona solicitante ya tiene concedida una ayuda para la misma actuación, por importe de 2730 euros. Publicada la resolución de concesión en el BOIB núm. 80, de 15 de junio de 2023 (expediente FOTOPAR23 701/2023) incumpliendo el punto decimonoveno apartado 3. del anexo 1 del BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023, de la convocatoria que establece que: “La concesión de estas subvenciones es incompatible con la concesión de otra por la misma actuación en el marco de las convocatorias gestionadas por la Consejería de Empresa, Empleo y Energía.” |
|
PF_PITEIB-2749/2024 |
JORDI GASPAR SALUDAS |
***9705** |
731A01/78000/00/19701/MR052 |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 3.30 kWp |
1.980,00€ |
0000019785/2024 |
La persona solicitante ha registrado el Certificado de Instalación de generación de Energía Eléctrica (CIE) en fecha 06/05/2020, incumpliendo el sexto punto del anexo 1 del BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023. El punto 1.b) especifica que las actuaciones deben llevarse a cabo desde el 16 de junio de 2022 hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. |
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PF_PITEIB-4164/2024 |
SALVADOR DEL AMOR LUDEÑA |
***2787** |
731A01/78000/00/19701/MR052 |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 6.06 kWp |
3.636,00€ |
0000004498/2025 |
La persona solicitante ha registrado el Certificado de Instalación de generación de Energía Eléctrica (CIE) en fecha a 31/03/2022, incumpliendo el sexto punto del anexo 1 del BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023. El punto 1.b) especifica que las actuaciones deben llevarse a cabo desde el 16 de junio de 2022 hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. |