Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 823254
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, por la que se revocan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
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A fecha de la firma electrónica, el director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha formulado la siguiente propuesta definitiva:
Hechos
1. El 3 de julio de 2021, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021.
2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas o entidades que figuran en el Anexo de esta Propuesta en el marco de la convocatoria para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica.
3. Las personas o entidades que figuran en el Anexo han aportado la documentación requerida para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.
4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha examinado la documentación aportada y ha emitido informe desfavorable a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación que figura en este anexo.
5. Con fecha 14 de octubre de 2025 se emitió una propuesta de resolución provisional de revocación del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático (BOIB núm. 138, de 18 de octubre de 2025).
6. En fecha 31 de octubre de 2025 MITIE FACILITIES SERVICES S.A. (expediente MOVESIII-5022/2021) presenta alegaciones a la propuesta de revocación de la ayuda, indicando que: «la factura del vehículo con fecha anterior a la solicitud no incumple el efecto incentivador, puesto que la fecha a tener en cuenta para cumplir el requisito 4.1.c) de la convocatoria es la fecha del contrato de renting que vincula al solicitante y, por lo tanto, no concurriría ningún motivo que justifique la revocación».
7. En fecha 4 de noviembre de 2025, una vez valoradas las alegaciones aportadas por MITIE FACILITIES SERVICES S.A. (expediente MOVESIII-5022/2021), los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático realizan la consulta en el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE) que responde: «Se cumple el efecto incentivador, puesto que el contrato es posterior a la solicitud de ayuda, independientemente de que el vehículo lo adquiera y matricule la compañía de renting con anterioridad a la solicitud». Los técnicos han concluido lo siguiente: en caso de compra del vehículo mediante renting, la factura del vehículo entre el concesionario y la empresa de renting puede ser anterior, siendo necesaria la posteridad de la fecha en el contrato de renting entre el solicitante y la empresa de renting, por lo cual evalúan que el error alegado, no constituye motivo para proponer la revocación, puesto que sí se cumple el efecto incentivador de la convocatoria. Por lo tanto, se informa FAVORABLEMENTE a las alegaciones a la Propuesta de Resolución de revocación de la ayuda por la adquisición de de 3 vehículos eléctricos “DACIA SPRING ELECTRIC 45”, por 8.700 euros.
8. Se ha agotado el plazo que se concedía para hacer alegaciones.
Fundamentos de derecho
1. El consejero de Empresa, Autónomos y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de las Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.
2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008 ).
4. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB núm. 88, de 3 de julio de 2021).
5. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de agosto de 2022 por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU —BOIB núm. 103, de 6 de agosto de 2022.
7. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB nº174, de 26 de diciembre de 2023).
8. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB nº100, de 30 de julio de 2024).
Propuesta de resolución definitiva
Propongo al consejero de Empresa, Autónomos y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que en él se indican.
2. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el Anexo, con cargo a la partida presupuestaria también indicada en el Anexo.
3. Declarar concluido el procedimiento y, por tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar su resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (4 de noviembre de 2025)
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB núm. 97, de 24 de julio de 2025)
ANEXO Lista de beneficiarios para revocarles la subvención
|
Expediente |
Solicitante |
NIF |
Tipo de inversión |
Importe subvención (€) |
Partida presupuestaria |
CONCE |
Motivo revocación |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
MOVESIII-4663/2021 |
THE LUXE OF WOOD SL |
****6392* |
VE Audi Q4 40 e-tron Advanced |
2.900,00 |
2024/G/731A01/77000/00/19701/MR001 |
0000004472 |
El contrato de renting (31/07/2023) es anterior a la fecha de registro de la solicitud (12/09/2023), por lo cual se incumple el apartado 4.2.y) de las bases de la convocatoria. |
|
MOVESIII-7219/2021 |
INVERSIONES PASCUAL, S.L. |
****6176* |
PRVE 22kW |
756,49 |
2025/G/731A01/77000/00/19701/MR001 |
0000012788 |
La factura (29/07/2024) es anterior a la fecha de registro de solicitud (30/07/2024), por lo cual se incumple el apartado 4.1.c) y 4.3.b) y 11.3.2h) |
|
MOVESIII-8679/2021 |
TECNOSERVEIS TRAMUNTANA SLU |
****4712* |
VE DACIA SPRING BUSINESS |
2.900,00 |
2025/G/731A01/77000/00/19701/MR001 |
0000012808 |
Se ha comprobado que hay un pago realizado con anterioridad (19/12/2024) a la fecha de registro de la solicitud (27/12/2024), por lo cual se incumple el apartado 4.1.c) de las bases de la convocatoria |