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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 819272
Rectificación bases proceso selectivo, por turno libre, para la selección de dos plazas de trabajador/a social, personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición, publicadas en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB) núm. 139 de 21 de octubre de 2025

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Texto

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, en la sesión celebrada el día 6 de noviembre de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO. ESTIMAR parcialmente el recurso de reposición interpuesto el 24 de octubre de 2025, con núm. de registro 2025-E-RE-19839, por Juan Manuel Rosa González con NIF núm. ***0949**, actuando en nombre del COLEGIO DE DIPLOMADOS EN TRABAJO SOCIAL Y ASISTENTES SOCIALES DE LAS ISLAS BALEARES, en su calidad de representante legal, contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, en sesión celebrada el día 16 de octubre de 2025 de aprobación Bases convocatoria 2 plazas Trabajador/a Social, en los términos que se mencionan a continuación:

- Rectificar la Base Segunda del siguiente modo:

Apartado 3, primer párrafo:

Donde pone:

3. Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, del Título universitario de Diplomado o Grado en Trabajo Social que habilita para ejercer la profesión de educador/ a social o título equivalente.”

Debe poner:

“3. Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, del Título universitario de Diplomado o Grado en Trabajo Social que habilita para ejercer la profesión de Trabajador Social o título equivalente.”

Último párrafo:

Donde pone:

Previamente a la contratación, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el artículo 1 de la Ley 53/1984, y que no percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad. Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, lo deberá declarar en el plazo de diez días naturales contados a partir del día de la toma de posesión, para que la corporación acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad”.

Debe poner:

“Previamente a la contratación, la persona seleccionada deberá aportar certificado vigente de colegiación emitido por el Colegio Oficial de Trabajo Social y hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el artículo 1 de la Ley 53/1984, y que no percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad. Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, lo deberá declarar en el plazo de diez días naturales contados a partir del día de la toma de posesión, para que la corporación acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad”.

- Rectificar la Base Octava del siguiente modo:

Añadir en el apartado 1 una nueva letra e):

"e) Certificado vigente de colegiación emitido por el Colegio Oficial de Trabajo Social."

SEGUNDO. PUBLICAR la rectificación en los términos previamente mencionados en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.

TERCERO. NOTIFICAR el presente acuerdo a la persona interesada en el expediente administrativo.

CUARTO. Informar a la persona interesada que contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer:

a) Directamente, un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

b) Cualquier otro recurso que crea conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Sant Antoni de Portmany, (firmado electrónicamente: 6 de noviembre de 2025)

La alcaldesa accidental Neus Mateu Roselló