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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FUNDACIÓN BALEAR DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGIA (FUNDACIÓN BIT)

Núm. 816774
Resolución del vicepresidente del Patronato de la Fundació Balear d’Innovació i Tecnologia, para la constitución de una bolsa de personal laboral temporal, para cubrir de manera temporal puestos de trabajo de peón/a de jardinería para prestar servicios en la Fundació Balear d’Innovació i Tecnologia (JARD01-25)

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Texto

Antecedentes

1. La Gerencia de la Fundació Balear d'Innovació i Tecnologia, inició un proceso de selección para constituir una bolsa para cubrir de manera temporal puestos de trabajo de peón/a de jardinería para prestar servicios en la Fundació Balear d'Innovació i Tecnologia (JARD01-25), con la publicación en el BOIB de las bases específicas el 25 de septiembre de 2025.

2. La Comisión de Selección publicó el 4 de noviembre de 2025 la lista definitiva con las puntuaciones finales que han obtenido las personas aspirantes y el orden de prelación de la bolsa de trabajo.

3. Una vez finalizado el proceso de selección, dicto la siguiente:

Resolución

1. Conformar una bolsa, ordenada en función de la puntuación obtenida en el proceso de selección, de personal laboral temporal para el puesto de trabajo de peón/a de jardinería.

2. Publicar la presente resolución en el BOIB, en la web de la Fundació Balear d'Innovació i Tecnologia, https://www.fundaciobit.org y en el tablón de anuncios en las oficinas de la Fundació Balear d'Innovació i Tecnologia.

DNI*

PUNTACIÓN FINAL

ORDEN PRELACIÓN

***5979**

5,45

1

* Siguiendo la recomendación de Agencia Española de protección de datos se publican los DNI de la siguiente forma: dado el DNI con formato 12345678X, se publicará: ***4567**

Interposición de recursos:

El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de esta resolución, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer ningún recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social, sin perjuicio que se pueda presentar una reclamación ante el órgano que dicta esta resolución.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (7 de noviembre de 2025)

El vicepresidente Sebastián González Cardalliaguet