Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRABAJO, FUNCIÓN PÚBLICA Y DIÁLOGO SOCIAL
Núm. 809016
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la cual se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Islas Baleares del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector del transporte de mercancías por carretera de les Illes Balears, de 24 de julio de 2025 y su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (código de convenio 07000835011982)
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Antecedentes
1. El 24 de julio de 2025, los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector del transporte de mercancías por carretera de les Illes Balears se reunieron para dar respuesta a diferentes cuestiones relacionadas con la interpretación del convenio.
2. El 6 de agosto de 2025, Josep Salvà Grimalt, en representación de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Inscribir y depositar el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del sector del transporte de mercancías por carretera de les Illes Balears, de 24 de julio de 2025, en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Baleares.
2. Disponer la publicación del acta en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
3. Ordenar la traducción del texto a la lengua catalana y hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por la Comisión Paritaria.
4. Notificar esta Resolución a la persona interesada.
Palma, firmado electrónicamente (9 de octubre de 2025)
La directora general de Trabajo y Salud Laboral Maria de la Luz Moreno Romero Por delegación de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social (BOIB 99, de 26 de juliol de 2025)
ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS DE LAS ILLES BALEARS
En Palma de Mallorca, a 24 de Julio de 2025 siendo las 11'30 horas, se reúnen los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para el transporte de Mercancías de las Illes Balears, previamente convocados al efecto, y reconociéndose representatividad y legitimidad suficiente a sus miembros de acuerdo con lo establecido en los artículos 87 y 88 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
REUNIDOS
Por el banco empresarial
Por el banco sindical
ACUERDAN
Primero.- Que según el tenor literal del artículo 41º del Convenio Colectivo de Transporte de Mercancías por Carretera vigente:
“Las cantidades adeudadas por la aplicación del presente Convenio Colectivo correspondientes al año 2025 se abonarán por las empresas no más tarde de los tres meses siguientes a la fecha de la firma del presente convenio”.
No obstante, esta Comisión ha interpretado y acordado que los atrasos de salarios derivados de la aplicación del nuevo convenio colectivo deberán ser abonados en el plazo máximo de tres meses desde la publicación del convenio en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 12:00 horas del día de la fecha, de lo que se extiende la presente acta que, leída y encontrada conforme, es firmada por todos los asistentes en prueba de conformidad, autorizando expresamente a D. Josep Salvá Grimalt al registro de la presente en la plataforma REGCON.
FIRMAS