Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 801199
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2025 por el que se declara proyecto industrial de interés estratégico el parque fotovoltaico PFV Llucmajor 1, de 10.000 kW, ubicado en el polígono 42, parcelas 452, 455, 512, 516, 519, 545, 547 y 558 de Llucmajor
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La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático lleva a cabo la tramitación del procedimiento del parque fotovoltaico PFV Llucmajor 1, de 10.000 kW, ubicado en el polígono 42, parcelas 452, 455, 512, 516, 519, 545, 547 y 558 de Llucmajor.
El expediente ha seguido el procedimiento de acuerdo con la normativa vigente aplicable inherente a la declaración de proyectos industriales estratégicos.
El Consejo de la Industria de las Islas Baleares ha informado sobre el proyecto favorablemente en la sesión de 23 de septiembre de 2025 con las siguientes consideraciones:
1. Que el día 23 de septiembre de 2025, desde las 10.15 hasta las 10.50 horas, se desarrolló la vigésima reunión del Consejo de la Industria de las Illes Balears, con carácter extraordinario; dentro del orden del día de esta convocatoria se incluía, entre otros, la propuesta y aprobación del informe relativo a la declaración de Proyecto Industrial Estratégico del fotovoltaico PFV LLUCMAJOR 1 de Llucmajor (RE018/22).
2. Que la declaración de proyecto estratégico industrial del parque fotovoltaico PFV LLUCMAJOR 1 de 10.000 kW, ubicado en el polígono 42, parcelas 452, 455, 512, 516, 519, 545, 547 y 558 de Llucmajor se presentó al Consejo de la Industria de acuerdo con las previsiones de la Ley 14/2019, de 29 de marzo, de Proyectos Industriales Estratégicos de las Illes Balears.
3. Que el Consejo de la Industria en la sesión del día 23 de septiembre de 2025, aprobó el informe de 25 de abril de 2025 sobre la declaración de proyecto estratégico industrial del parque fotovoltaico PFV LLUCMAJOR 1 de Llucmajor (RE018/22) de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.7 de la Ley 14/2019, de 29 de marzo, de Proyectos Industriales Estratégicos de las Illes Balears.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 19.5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se hace constar que, a fecha de hoy, el acta correspondiente a la vigésima reunión del Consejo de la Industria de las Illes Balears aún no se ha sometido a aprobación.
Procede en este momento que la persona titular de la consejería competente en materia de industria eleve al Consejo de Gobierno la propuesta de declaración de la inversión como proyecto industrial estratégico.
Por todo ello, visto el informe del Consejo de la Industria de las Illes Balears, y de acuerdo con la normativa aplicable, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, en la sesión de 31 de octubre de 2025, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Aprobar el parque fotovoltaico PFV Llucmajor 1, de 10.000 kW, ubicado en el polígono 42, parcelas 452, 455, 512, 516, 519, 545, 547 y 558 de Llucmajor, como proyecto industrial estratégico, con los efectos previstos en el artículo 4 de la Ley 14/2019. Las características del proyecto son las siguientes:
— expediente: RE018/22
— denominación: Llucmajor 1
— situación: polígono 42, parcelas 558, 512, 516, 519, 545, 547, 452, y 455 de Llucmajor
— datos técnicos:
— Tipo: parque fotovoltaico sobre el terreno.
— Superficie ocupada: 70.729 m2.
— 21.408 paneles solares de 600 Wp cada uno con 447 seguidores a un eje. Potencia de pico de 12.844,80kWp.
— 50 inversores de 200 kW. Potencia instalada de 10.000 kWn.
— 4 estaciones de transformación 0,8/15 kV de 3.150 kVA.
— 1 centro de maniobra y medición (CMM) en las coordenadas UTM x: 487729; y: 4371076.
— Línea de evacuación soterrada MT de 15 kV de longitud 6.749 m y sección 400 mm2 desde el CMM hasta la subestación SET Llucmajor en las coordenadas UTM x: 491393; y: 4372055.
Segundo. Disponer que esta declaración como proyecto industrial estratégico queda condicionada a la obtención de la autorización administrativa y a la aprobación del proyecto de ejecución, que tiene que incluir todas las prescripciones indicadas en los informes de las administraciones consultadas, y a la declaración de impacto ambiental.
Tercero. Notificar este Acuerdo al propietario de la instalación y al Ayuntamiento de Llucmajor.
Cuarto. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra este Acuerdo del Consejo de Gobierno cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de conformidad con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del Acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (31 de octubre de 2025)
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La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens |
La presidenta Margarita Prohens Rigo |