Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 798625
Modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consejo Insular de Ibiza 2023-2025, en virtud del Decreto de Presidencia núm. 2025001020, de fecha 28/10/2025 (Exp. núm. 2025/00024637T)
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El Consejo Ejecutivo de este Consejo Insular acordó, en fecha 23/01/2023, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOIB n.º 12, de 26/01/2023) la aprobación del vigente Plan Estratégico de subvenciones de esta Corporación para los años 2023-2025 (en lo sucesivo PES).
Así mismo, en fecha 23/12/2022, el Pleno del Consejo Insular acordó delegar en la Presidencia la aprobación de las modificaciones del PES, acuerdo publicado en el BOIB n.º 171, de 31/12/2022.
En fecha 28/10/2025, el jefe de servicio de Infraestructuras Viarias ha emitido un informe del tenor literal siguiente:
«Informe propuesta para la modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consejo Insular de Ibiza 2023-2025
El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones prevé que los órganos de las administraciones públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo tienen que concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y los efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, que se tienen que supeditar en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, según la redacción derivada de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, en su artículo 70.15, atribuye a los consejos insulares la competencia en materia de carreteras y caminos. Igualmente, la Ley 16/2001, de 14 de diciembre, de Atribución de Competencias a los Consejos insulares en materia de carreteras, determinó en el artículo 2 que los mencionados consejos asumían como propias todas las competencias ejecutivas y de gestión en materia de carreteras, y en todo caso, según las letras a) y d), de este mismo artículo: «La planificación de la red viaria, sin perjuicio de las previsiones que contengan las directrices de ordenación territorial. ../... y la ejecución, dirección o inspección facultativa de las obras de nueva construcción y de mejora de la red viaria, incluida la tramitación de los expedientes de expropiación.»
En virtud del Decreto de Presidencia n.º 2023000467 (BOIB n.º 88, de fecha 29/06/2023), de estructura del Gobierno del Consejo Insular de Ibiza y creación de departamentos, el Departamento de Territorio, Ordenación Turística, Movilidad, Infraestructuras Viarias y Lucha contra el Intrusismo comprende, entre otras, la actividad competencial propia del Consejo Insular en relación con las infraestructuras viarias de esta corporación.
En fecha 16/07/2025, y en virtud del Decreto de Presidencia n.º 2025000679 (publicado en el BOIB n.º 96, de fecha 22/07/2025) se aprobó una modificación del vigente Plan Estratégico de Subvenciones que incorporó la siguiente línea de acción:
«.../...
- Incluir la siguiente línea de acción:
Departamento de Territorio, Ordenación Turística, Movilidad, Infraestructuras Viarias y Lucha contra el Intrusismo
Servicio: Infraestructuras Viarias
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Línea de acción (nombre de la acción) |
Subvención al Ayuntamiento de Ibiza para la execución de las obras del proyeecto «Actualización del proyecto constructivo 1.ª fase de la adecuación de la EI-10 (entre enlaces de Figueretes y Can Misses)”. |
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Forma de otorgamiento (concurrencia competitiva o subvención directa) |
Subvención directa (convenio) |
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Objetivos estratégicos (qué se pretende conseguir con la subvención que se propone) |
Financiar el importe de la realitzación de las obras hasta el importe máximo de la subvención |
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Destinatarios (beneficiarios o entidades colaboradoras) |
Ayuntamiento de Ibiza |
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Efectos a conseguir con el otorgamiento de la subvención |
Dar cumplimiento a la modificación presupuestaria, aprobada por el Pleno del Consejo Insular, mediante la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, en fecha 07/05/2025, (BOIB nº. 61, de fecha 15/05/2025 y BOIB nº. 74, de fecha 12/06/2025, aprobación definitiva) |
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Indicadores de evaluación (indiquen los indicadores de referencia para la subvención que se prevé o aquellos otros que no se han previsto en esta tabla y que consideren que tienen que ser tenidos en cuenta) |
Justificación de las obras realizadas. |
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Aplicación presupuestaria |
4530.76201 |
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Coste |
13.006.440,78 |
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Financiación (fondos propios del CIE o también fondos externos) |
Fondos propios del CIE |
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Compatibilidad o incompatibilidad |
El Ayuntamiento se obliga no solicitar subvenciones por el mismo concepto a otra administración. |
.../…”.
Lo anterior no obstante, una vez se ha iniciado la tramitación administrativa del expediente para la aprobación del convenio instrumental regulador de la subvención que se acaba de indicar, se han introducido modificaciones en algunos de los aspectos que se prevén en la línea de acción transcrita en el Plan Estratégico de Subvenciones, que hacen necesaria la modificación de ésta. En concreto, los apartados que se modifican son el que se refiere a la financiación y a la compatibilidad de la subvención.
En cuanto a la financiación de la subvención, según lo que resulta de la propuesta del convenio instrumental (expediente TAO 2025/24482Y), lo podrá ser con cargo a fondos propios de este Consejo Insular , con cargo al factor de insularidad o a un eventual convenio con el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible del Gobierno del Estado.
En cuanto a la compatibilidad de la subvención, según que resulta también de la propuesta de convenio instrumental (expediente TAO 2025/24482Y), se prevé la compatibilidad de la ayuda del Consejo Insular con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración.
Por lo tanto, es necesario modificar de nuevo el PES, en virtud de Decreto de la Presidencia, en el sentido de incorporar los cambios mencionados.
Visto todo lo anterior, el funcionario que suscribe informa favorablemente y eleva al Presidente -órgano competente-, la siguiente
PROPUESTA
Primero. Aprobar la modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consejo Insular de Ibiza para los años 2023-2025, en relación a la línea de acción del Departamento de Territorio, Ordenación Turística, Movilidad, Infraestructuras Viarias y Lucha contra el Intrusismo (Servicio: Infraestructuras Viarias) denominada «Subvención al Ayuntamiento de Ibiza para la ejecución de las obras del proyecto «Actualización del proyecto constructivo 1.ª fase de la adecuación de la EI-10 (entre enlaces de Figueretes y Can Misses)”», únicamente en los siguientes apartados:
Donde decía:
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Financiación (fondos propios del CIE o también fondos externos) |
Fondos propios del CIE |
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Compatibilidad o incompatibilidad |
El Ayuntamiento se obliga no solicitar subvenciones por el mismo concepto a otra administración. |
Debe decir:
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Financiación (fondos propios del CIE o también fondos externos) |
La subvención podrá ser con cargo a fondos propios, con cargo al factor de insularidad o a un eventual convenio con el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible del Gobierno del Estado. |
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Compatibilidad o incompatibilidad |
Esta ayuda del Consejo Insular de Ibiza puede ser compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración. |
Segundo. Publicar esta modificación del Plan estratégico de subvenciones en el BOIB.»
Sobre la base de todo lo anterior, esta Presidencia, órgano competente para la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones, según acuerdo del Pleno de esta corporación, de fecha 23/12/2022, publicado en el BOIB núm. 171, de data 31/12/2022, dicta el siguiente:
DECRETO
Primero. Aprobar la modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consejo Insular de Ibiza para los años 2023-2025, en relación a la línea de acción del Departamento de Territorio, Ordenación Turística, Movilidad, Infraestructuras Viarias y Lucha contra el Intrusismo (Servicio: Infraestructuras Viarias) denominada «Subvención al Ayuntamiento de Ibiza para la ejecución de las obras del proyecto «Actualización del proyecto constructivo 1.ª fase de la adecuación de la EI-10 (entre enlaces de Figueretes y Can Misses)”», únicamente en los siguientes apartados:
Donde decía:
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Financiación (fondos propios del CIE o también fondos externos) |
Fondos propios del CIE |
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Compatibilidad o incompatibilidad |
El Ayuntamiento se obliga no solicitar subvenciones por el mismo concepto a otra administración. |
Debe decir:
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Financiación (fondos propios del CIE o también fondos externos) |
La subvención podrá ser con cargo a fondos propios, con cargo al factor de insularidad o a un eventual convenio con el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible del Gobierno del Estado. |
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Compatibilidad o incompatibilidad |
Esta ayuda del Consejo Insular de Ibiza puede ser compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración. |
Segundo. Publicar esta modificación del Plan estratégico de subvenciones en el BOIB.
Eivissa, 29 de octubre de 2025
El jefe de servicio de Infraestructuras Viarias Antonio Marí Noguera