Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 796519
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, de 9 de abril de 2025, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiar gastos de funcionamiento de las organizaciones y asociaciones empresariales de las Illes Balears para el año 2025
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Mediante la Resolución del Consejero de Empresa, Empleo y Energía de fecha 9 de abril de 2025 se publicó la convocatoria de subvenciones para financiar gastos de funcionamiento de las organizaciones y asociaciones empresariales de las Illes Balears para el año 2025 (BOIB n.º 46, de 15 de abril).
Esta convocatoria está prevista dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024–2026, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024, en concreto, en el objetivo I, línea 2.18, que prevé la convocatoria de ayudas destinadas a apoyar a las entidades asociativas empresariales para la consecución y el cumplimiento de los objetivos que les son propios.
De acuerdo con el punto quinto de la Resolución de convocatoria, el importe económico es de 350.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 19301/G/761A01/48000/00 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio del año 2024, prorrogados de acuerdo con el artículo 47 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de Finanzas de la CAIB, y la Orden 1/2025 del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 9 de enero de 2025.
El sistema de concesión de las ayudas se hizo aplicando un criterio de resolución por orden riguroso de entrada de día y hora de las solicitudes en el Registro del Gobierno de las Illes Balears, hasta cubrir la disponibilidad presupuestaria. El importe inicialmente previsto para esta convocatoria, 350.000 euros, será insuficiente para atender las solicitudes presentadas, y, dado que desde la Consejería de Empresa, Autónomos y Energía se comprende que mantener el funcionamiento de estas entidades es clave, se considera oportuno hacer una ampliación del crédito necesario para que todas las solicitudes presentadas obtengan la ayuda de referencia.
En fecha 22 de octubre de 2025 la directora general de Empresa, Autónomos y Comercio ha emitido un informe justificativo sobre la necesidad de aprobar una modificación de la convocatoria de subvenciones para financiar gastos de funcionamiento de las organizaciones y asociaciones empresariales de las Illes Balears para el año 2025, que recoge las razones que justifican la necesidad de ampliar el crédito de la convocatoria.
A estas alturas, hay crédito suficiente en la partida presupuestaria 19301/G/761A01/48000/00 de los presupuestos vigentes para este ejercicio presupuestario 2025 para poder aumentar el importe económico de esta convocatoria en 230.000 euros.
Dado que hay disponibilidad presupuestaria, y con el fin de atender la totalidad de las solicitudes presentadas, resulta oportuno modificar la convocatoria de subvenciones para financiar gastos de funcionamiento de las organizaciones y asociaciones empresariales de las Illes Balears para el año 2025, para ampliar en 230.000 euros el crédito inicial de 350.000 euros. Con esta ampliación de crédito, la convocatoria dispondrá de una dotación total de 580.000 euros.
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Crédito inicial |
350.000 € |
Partida 19301G/761A01/48000/00 |
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Ampliación de crédito |
230.000 € |
Partida 19301G/761A01/48000/00 |
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Crédito después de la modificación |
580.000 € |
Partida 19301G/761A01/48000/00 |
Por todo ello, es conveniente modificar la convocatoria de subvenciones para financiar gastos de funcionamiento de las organizaciones y asociaciones empresariales de las Illes Balears para el año 2025, y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el apartado quinto de la resolución de convocatoria, que queda redactado de la siguiente manera:
El importe económico de esta convocatoria es de 580.000 euros. Las ayudas ienen que concederse con cargo a la partida presupuestaria 19301/G/761A01/48000/00 del presupuesto vigente de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025.
2. Ordenar la comunicación de esta Resolución a la Base de datos nacional de subvenciones, y su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (30 de octubre de 2025)
El consejero de Empresa, Autónomos y Energía Alejandro Sáenz de San Pedro García