Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 792414
Notificación de Resolución de corrección errores resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, exp. 7, de fecha 28 de octubre de 2025, al amparo convocatoria de ayudas para el desarrollo rural de la isla de Menorca, relacionadas directa o indirectamente con los ámbitos agrario y/o ambiental, dentro de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo de Menorca para los años 2018 y 2019. EDLNP22018_1, para el año 2018
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La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizaran a las personas interesadas mediante su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears de acuerdo con los términos que prevé la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, con fecha 28 de octubre de 2025, firmó la siguiente resolución,
“CORRECCIÓN ERRORES RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020
Medida: 19.2 Apoyo a la implementación a las operaciones incluidas en los EDL No programadas MENORCA
Convocatoria: Convocatoria de ayudas para el desarrollo rural de la isla de Menorca, relacionadas directa o indirectamente con los ámbitos agrario y/o ambiental, dentro de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo de Menorca para los años 2018 y 2019. EDLNP22018_1
Grupo: Grup d' Acció Local Leader Illa de Menorca
Antecedentes
1. Con fecha 8 de febrero de 2018 se publicó en el BOIB núm 18 la convocatoria de ayudas para el desarrollo rural de la isla de Menorca, relacionados directa o indirectamente con los ámbitos agrario y/o ambiental, dentro de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo de Menorca para los años 2018 y 2019. Esta convocatoria sufrió dos modificaciones publicadas en los BOIB núm. 104 de 23 de agosto de 2018 y núm.119 de 27 de septiembre de 2018.
2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes para los años 2018 y 2019 terminaron los días 15 de diciembre de 2018 y 15 de diciembre de 2019 respectivamente, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las illes Balears, un total de 7 solicitudes de ayuda.
3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4. Con fecha 17 de noviembre de 2020 el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural emitió informe favorable y propuesta provisional de concesión de ayuda a los beneficiarios INSTITUT BALEAR DE LA NATURA con NIF Q5750018C y número de expediente EDLNP22018_1/007. En esta propuesta se concedía un plazo para desarrollar las actuaciones de 24 meses. Con fecha 20 de noviembre de 2020 se notificó, mediante publicación en la página web http://www.caib.es, la citada propuesta provisional a los interesados, concediéndoles un plazo de 10 días para presentar las alegaciones oportunas. Dado que el interesado no hizo ninguna alegación a la propuesta provisonal de resolución el vicepresidente del FOGAIBA dictó la correspondiente Resolución con fecha 18 de enero de 2021 y se notificó con su publicación en el BOIB núm 14 de 2 de febrero de 2021. En la Resolución publicada, por error se consignó un plazo para ejecutar las actuaciones de 6 meses, producto de un error de transcripción de lo previsto en la propuesta, donde se concedía un plazo de 24 meses.
5. En base a lo que establece el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dispone que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se resuelve aprobar la rectificación del error material existente en la Resolución de 18 de enero de 2021.
Fundamentos de derecho
- Convocatoria de ayudas para el desarrollo rural de la isla de Menorca, relacionadas directa o indirectamente con los ámbitos agrario y/o ambiental, dentro de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo de Menorca para los años 2018 y 2019 publicada en el BOIB nº 18 de 8 de febrero de 2018. Esta convocatoria sufrió dos modificaciones publicadas en los BOIB núm. 104 de 23 de agosto de 2018 y núm. 119 de 27 de septiembre de 2018.
- Orden del conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar el anexo I de la Resolución del vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA de 18 de enero de 2021, en su apartado relativo al plazo de ejecución, en el sentido de que el plazo es de 24 meses.
2. Determinar que el resto de las obligaciones del beneficiario serán las que establece la convocatoria de referencia.
3. Notificar la resolución a los beneficiarios del Anexo I.
Interposición de recursos
Contra esta resolución –que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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La jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Gema Canós Franch |
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Conforme con la propuesta dicto resolución El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA Fernando Fernández Such” |
Palma, a fecha de la firma electrónica (29 de octubre de 2025)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni