Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 788791
Notificación de Resolución de corrección errores resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, RES1 exp. 7, de fecha 28 de octubre de 2025, al amparo del Acuerdo por el cual se aprueban las Bases de la convocatoria de ayudas vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Menorca. EDLNP22024_1, para el año 2024
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La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizaran a las personas interesadas mediante su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears de acuerdo con los términos que prevé la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, con fecha 28 de octubre de 2025, firmó la siguiente resolución,
“CORRECCIÓN ERRORES RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020
Medida: 19.2 Estrategias LEADER (Apoyo a la implementación a las operaciones incluidas en los EDL)
Convocatoria: EDLNP22024_1 Grupo: EDLNP22024_1-1-RES
Antecedentes
1. Acuerdo por el cual se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2024, de ayudas de minimis al Desarrollo Rural de la isla de Menorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Menorca.
2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución y tuvieron entrada en el Registre del Fons de Garantia Agraria i Pesquera de les Illes Balears un total de 7 solicitudes de ayuda.
3. Los órganos gestores del Servei d'Ajudes al Desenvolupament Rural han llevado a término el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4. Con fecha 31 de enero de 2025 el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó una Resolución por la que se concedía una ayuda a varios interesados entre los que JAIME CARDONA BENEJAM con NIF ****382** titular del expediente núm. EDLNP22024_1/007. Esta Resolución se notificó con su publicación en el BOIB nº 24 de 22 de febrero de 2025.
5. El día 29 de septiembre de 2025 con NRGE GOIBE687217/2025 tuvo entrada la solicitud de pago del expediente de referencia. Con la posterior revisión del expediente se constató que se había producido un error en la consignación de los datos personales del beneficiario. Aunque en la solicitud de ayuda aparece el nombre de JAIME CARDONA BENEJAM, en el Documento Nacional de Identidad aportado por el beneficiario el nombre que consta es JAIME CARRERAS BENEJAM. Por lo anterior, corresponde modificar la Resolución de concesión para corregir el error en el nombre del beneficiario.
6. En base a lo que establece el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dispone que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se resuelve 3 de enero de 2025.
Fundamentos de derecho
- Bases de la convocatoria de ayudas para el desarrollo rural de la isla de Menorca para el año 2024, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Menorca.
- Orden del conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar el anexo I de la Resolución del vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA de 31 de enero de 2025, en el sentido de corregir el nombre del titular del expediente EDLNP22024_1/007 para consignar el nombre correcto JAIME CARRERAS BENEJAM.
2. Notificar la resolución a los beneficiarios del Anexo I.
Interposición de recursos
Contra esta resolución –que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, a fecha de la firma electrónica
La jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Gema Canós Franch
Conforme con la propuesta dicto resolución
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA Fernando Fernández Such”
Palma, en fecha de la firma electrónica (28 de octubre de 2025)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni