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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 785738
Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes, a propuesta de la secretaria general de Turismo, Cultura y Deportes, por la que se revocan totalmente las subvenciones concedidas en el marco de la convocatoria de minimis para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU

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Texto

En fecha de la firma electrónica, la secretaria general de Turismo, Cultura y Deportes ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. El 22 de agosto de 2024, se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Orden 31/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

2. El 26 de septiembre de 2024, se ha publicado, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se modifica la convocatoria en el sentido de ampliar el plazo de presentación de solicitudes.

3. De acuerdo con la nueva redacción del apartado 11 de la convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes se inició el 23 de agosto de 2024 y finalizó el 31 de octubre de 2024.

4. El 6 de febrero de 2025, se ha publicado, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se modifica la convocatoria en el sentido de ampliar el plazo de ejecución y justificación de la ayuda.

5. De acuerdo con la nueva redacción de los apartados 12 y 13 de la convocatoria, el plazo de ejecución finaliza el 31 de mayo de 2025 y el plazo de justificación finaliza el 30 de junio de 2025.

6. El 19 de diciembre de 2024 (BOIB núm. 166), el 15 de febrero de 2025 (BOIB núm. 21), el 15 de marzo de 2025 (BOIB núm. 33) y el 24 de mayo de 2025 (BOIB núm. 66) se publicaron, en el Boletín Oficial de las Illes Balears las resoluciones relativas a la concesión de las subvenciones en el marco de la convocatoria de subvenciones mencionada. A las personas beneficiarias que figuran en los anexos de estas resoluciones se les concedió una subvención y se autorizó y se dispuso un gasto por los importes individuales que se indicaban en estas, y que se indican también en los anexos de esta propuesta de resolución, con cargo a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/00/MR053 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025.

Los expedientes de concesión de subvenciones en los que se concedía una subvención por importe igual o superior a 30.000 euros fueron fiscalizados de conformidad por la Intervención de la CAIB.

 

7. Tal como se hizo constar en las resoluciones de concesión, de acuerdo con el punto 12 de la convocatoria, el periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables finaliza el 31 de mayo de 2025.

8. Tal como se hizo constar en las resoluciones de concesión, de acuerdo con el punto 13 de la convocatoria, el plazo para la justificación de la subvención finaliza el 30 de junio de 2025.

9. En fecha 1 de agosto de 2025, se requirieron a las persones beneficiarias que no habían presentado la documentación justificativa para que presentasen toda la documentación exigida como justificación, otorgándoles un plazo de diez días hábiles.

10. No consta que ninguna de les personas beneficiarias que se indican en el anexo 1 hayan presentado la documentación justificativa de las ayudas concedidas después del mencionado requerimiento.

11. En cuanto a los expedientes que se indican en el anexo 2, la persona beneficiaria, en fecha 30 de junio de 2025, presentó documentación para justificar las ayudas concedidas. Del análisis de esta documentación se desprende que la persona beneficiaria incumple el objeto o la finalidad por la cual las subvenciones fueron otorgadas, por lo que, corresponde la revocación total de las subvenciones, de acuerdo con el artículo 23.1a) de la Orden 31/2024.

12. El 26 de septiembre de 2025, el consejero de Turismo, Cultura y Deportes dictó la resolución por la que se inicia el procedimiento de revocación total de subvenciones concedidas en el marco de la convocatoria de referencia, en relación con las subvenciones concedidas mediante las resoluciones publicadas en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 166, de 19 de diciembre de 2024; núm. 21, de 15 de febrero de 2025; núm. 33, de 15 de marzo de 2025 y núm. 66, de 24 de mayo de2025.

13. A todas las personas que se relacionan en el anexo de esta propuesta de resolución se les notificó la resolución de inicio del procedimiento de revocación total, en la que se indicaba el importe a revocar y se les otorgaba un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones.

No consta que se hayan presentado alegaciones en el plazo establecido.

14. De acuerdo con los artículos 23.1.a) y 23.1d) de la Orden 31/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras de esta convocatoria, corresponde la revocación total de la subvención si, posteriormente a la resolución de concesión de la subvención, la persona beneficiaria incumple el objeto o la finalidad por la que la subvención fue otorgada o no justifica la realización de la actuación mediante la presentación de toda la documentación exigida como justificación en el plazo establecido.

En consecuencia, dado que las personas beneficiarias que aparecen en los anexos de esta propuesta de resolución no han presentado la documentación justificativa de las ayudas concedidas o han incumplido el objeto o la finalidad por la que la subvención fue otorgada, corresponde revocar totalmente la resolución de concesión. Por esto, en los anexos se indica el importe de la actuación subvencionable justificado, el importe de la ayuda justificada y el importe de la ayuda a revocar.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Reglamento de esta, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

2. El Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

3. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6. El Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el cual se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

7. La Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que se tienen que financiar con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

8. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

9. La Orden 31/2024 ,de 14 de agosto de 2024 , del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la cual se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

10. El Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE a las ayudas de minimis.

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Turismo, Cultura y Deportes que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Revocar totalmente las subvenciones concedidas mediante las resoluciones por las que se conceden las subvenciones a las personas beneficiarias que se indican en los anexos y por el importe allí detallado, en el marco de la convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU, publicadas en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 166, de 19 de diciembre de 2024; núm. 21, de 15 de febrero de 2025; núm. 33, de 15 de marzo de 2025, y núm. 66, de 24 de mayo de 2025.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

También se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (27 de octubre de 2025)

El consejero de Turismo, Cultura y Deportes Jaime Bauzá Mayol

La secretaria general Maria Isabel Sáez Sastre

 

ANEXO 1 Personas beneficiarias propuestas para la revocación total de la subvención concedida por no justificar la realización de la actuación

 

NIF del beneficiario

Número de expediente

Beneficiario

Nombre del establecimiento

Importe de la actuación subvencionable (€)

Importe de la actuación subvencionable justificado (€)

Importe de la ayuda concedida en la resolución de concesión (€)

Importe de la ayuda justificada y propuesta para el pago (€)

Importe de la ayuda a revocar (€)

1

****2395*

TUR_AJDEF2_49/2024

DOROTHEA ANNA HELF BUADES

NA PENYAL 7

13.772,10

0

9.640,47

0

9.640,47

2

***5307**

TUR_AJDEF2_60/2024

ANTONIA VIVES ROCA

CA'N MOLINER

25.818,76

0

18.073,13

0

18.073,13

3

B57525388

TUR_AJDEF2_67/2024

EIDENAI, S.L.

RAM DE MAR

7.977,75

0

5.584,42

0

5.584,42

4

B63542997

TUR_AJDEF2_94/2024

FJCRM, S.L.

DUPLEX SANT AGUSTI

34.192,70

0

23.934,89

0

23.934,89

5

***5058**

TUR_AJDEF2_99/2024

CARLES PAN LACOMBA

CASA DEL MAR

4.300,12

0

3.010,08

0

3.010,08

6

B07774003

TUR_AJDEF2_124/2024

PROFITUR INVERSIÓN, S.L.

SANTA EULALIA

54.648,48

0

38.253,94

0

38.253,94

7

A07450349

TUR_AJDEF2_152/2024

HOTEL NOVO, S.A.

HOTEL JS MIRAMAR

18.227,86

0

12.759,50

0

12.759,50

8

B57923211

TUR_AJDEF2_208/2024

HOTELES ORME, S.L.

HOTEL TEIDE

29.585,79

0

20.710,05

0

20.710,05

9

B57923211

TUR_AJDEF2_209/2024

HOTELES ORME, S.L.

HOTEL ANNEX TEIDE

23.351,20

0

16.345,84

0

16.345,84

10

B16630147

TUR_AJDEF2_215/2024

TENTMORE, S.L.

TENT PALMANOVA

133.475,29

0

93.432,70

0

93.432,70

11

B07010317

TUR_AJDEF2_227/2024

LAGO, S.L.

HOTEL LAGO PLAYA

55.440,00

0

38.808,00

0

38.808,00

12

B13863501

TUR_AJDEF2_231/2024

ALDEA BLANCA 23, S.L.

ALDEA BLANCA

23.588,90

0

16.512,23

0

16.512,23

13

B07915325

TUR_AJDEF2_241/2024

DOLARSUR, S.L.

HOTEL D'OR

55.449,00

0

38.814,30

0

38.814,30

14

A07178908

TUR_AJDEF2_251/2024

ANLUGA, S.A.

HOTEL BAHIA CALA MILLOR

41.975,00

0

29.382,50

0

29.382,50

15

A07178908

TUR_AJDEF2_253/2024

ANLUGA, S.A.

CALA MILLOR PARK

41.975,00

0

29.382,50

0

29.382,50

16

B08816233

TUR_AJDEF2_260/2024

CALA MILLOR NOU, S.L.

BAHIA GRANDE

41.975,00

0

29.382,50

0

29.382,50

17

B01597913

TUR_AJDEF2_261/2024

INVERSIONES CANTO DE MARINA, S.L.

CANTO DE MARINA

96.180,74

0

67.326,52

0

67.326,52

18

A07178908

TUR_AJDEF2_267/2024

ANLUGA, S.A.

HOTEL HIPOCAMPO

41.975,00

0

29.382,50

0

29.382,50

19

A07084932

TUR_AJDEF2_274/2024

DUNAS CALA NAU, S.A.

DUNAS CALA MILLOR

41.975,00 €

0

29.382,50

0

29.382,50

20

B07823636

TUR_AJDEF2_278/2024

POINT SOUTH HOTELS, S.L.

HOTEL PALACIO CAN MARQUÉS

84.508,41 €

0

59.155,89

0

59.155,89

21

B07597800

TUR_AJDEF2_279/2024

EXPLOTADORA MERCEDES, S.L.

MERCEDES

41.975,00 €

0

29.382,50

0

29.382,50

22

A07178908

TUR_AJDEF2_280/2024

ANLUGA, S.A.

HOTEL MEDITERRANEO

34.720,00 €

0

24.304,00

0

24.304,00

23

A07084940

TUR_AJDEF2_293/2024

JUMARI, S.A.

HOTEL SAID

34.720,00 €

0

24.304,00

0

24.304,00

24

A28257624

TUR_AJDEF2_296/2024

INMOBILIARIA EUROTEL, S.A.

HOTEL EUROTEL PUNTA ROTJA

16.290,00 €

0

11.403,00

0

11.403,00

25

B57196255

TUR_AJDEF2_323/2024

MONSERRAT Y REAL PROMOCIONES, S.L.

SON PELAY

33.065,89 €

0

23.146,12

0

23.146,12

26

B57922932

TUR_AJDEF2_324/2024

RIUTORT PALMA, S.L.

CAFE RIUTORT

8.652,00 €

0

6.056,40

0

6.056,40

27

B56829765

TUR_AJDEF2_344/2024

SA BASSA CRUA, S.L.

AGROTURISMO SA BASSA CRUA

30.872,63 €

0

21.610,84

0

21.610,84

 

749.481,32

 

ANEXO 2 Personas beneficiarias propuestas para la revocación total de la subvención concedida por incumplir el objeto o la finalidad por la que la subvención fue otorgada

 

NIF del beneficiario

Número de expediente

Beneficiario

Nombre del establecimiento

Importe de la actuación subvencionable (€)

Importe de la actuación subvencionable justificado (€)

Importe de la ayuda concedida en la resolución de concesión (€)

Importe de la ayuda justificada y propuesta para el pago (€)

Importe de la ayuda a revocar (€)

1

B16517195

TUR_AJDEF2_84/2024

HOUM HOTELS & VILLAS, S.L.

HOUM VILLA PLAZA AROSA

5.418,15

0

3.792,71

0

3.792,71

2

B16517195

TUR_AJDEF2_85/2024

HOUM HOTELS & VILLAS, S.L.

HOUM VILLA SON RIGO

10.685,86

0

7.480,10

0

7.480,10

3

B16517195

TUR_AJDEF2_86/2024

HOUM HOTELS & VILLAS, S.L.

HOUM VILLA NETS

12.868,77

0

9.008,14

0

9.008,14

 

20.280,95