Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE FAMILIAS, BIENESTAR SOCIAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

Núm. 785121
Propuesta de resolución provisional de la directora general de Bienestar Social de concesión de las solicitudes presentadas a la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades del tercer sector de acción social para financiar gastos derivados del funcionamiento de servicios y programas de atención social residencial con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades correspondiente a los años 2025 y 2026

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. En fecha 18 de septiembre de 2025 se publicó en Boletín Oficial de las Illes Balears la Resolución de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, de 16 de septiembre de 2025, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades del tercer sector de acción social para financiar gastos derivados del funcionamiento de servicios y programas de atención social residencial con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades correspondiente a los años 2025 y 2026.

2. Dentro del plazo establecido en el punto 7.1 de la convocatoria, las entidades que se indican en los anexos 1 y 2 de esta propuesta de resolución han presentado una solicitud de subvención para financiar los gastos derivados del funcionamiento de servicios y programas de atención social residencial, dirigidos a personas en situación de vulnerabilidad que están realizando un proceso de inserción y que se lleven a cabo en las Illes Balears.

3. El personal del Servicio de Servicios Sociales de la Dirección General de Bienestar Social ha revisado la documentación de las solicitudes presentadas y ha comprobado si se adaptan al objeto que dispone el punto 1 de la convocatoria y si las entidades cumplen los requisitos que establece el punto 4.

4. En fecha 27 de octubre de 2025 se ha reunido la Comisión Evaluadora, prevista en el punto 9 de la convocatoria, y ha aprobado el informe global inicial que tiene que servir de base al órgano instructor para elaborar las propuestas de resolución de concesión de subvenciones. Este informe incluye la lista de los posibles proyectos beneficiarios ordenados por puntuación en aplicación de los criterios de valoración establecidos en el apartado 11.5.a) de la convocatoria, como también la previsión de financiación de los proyectos presentados. El apartado 11.5.c) de la convocatoria dispone que la puntuación mínima necesaria para que una solicitud pueda acceder a la subvención es de 35 puntos, siempre que en el Bloque 1 se haya obtenido una puntuación mínima de 22 puntos.

5. De acuerdo con el punto 10.4 de la convocatoria y el informe de la Comisión Evaluadora, el órgano instructor del procedimiento iniciará el trámite de audiencia con la formulación de la propuesta de resolución provisional, para que, en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de resolución provisional en Boletín Oficial de las Illes Balears, las entidades interesadas puedan presentar alegaciones a la puntuación obtenida por el proyecto presentado.

6. De acuerdo con el punto 11.5.d) de la convocatoria, si la suma de los importes solicitados por todas las solicitudes presentadas a la convocatoria que hayan obtenido la puntuación mínima establecida en el apartado 11.5.c) no supera el importe máximo previsto en el punto 3, se tiene que otorgar a las entidades el 100% del importe solicitado.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

2. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

4. El Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

5. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears, que en el artículo 3 establece que los objetivos de las políticas sociales son, entre otros, prevenir y atender las situaciones de vulnerabilidad de las personas y de los grupos en situación de exclusión social. Así mismo, el artículo 4 dispone, entre los principios rectores, el de universalidad e igualdad, por el que los servicios públicos tienen que garantizar a todo el mundo el derecho de acceso a los servicios sociales y el uso efectivo en condiciones de igualdad, equidad y justicia distributiva.

7. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluye, bajo la dirección del Gobierno, la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, de la cual depende la Dirección General de Bienestar Social.

8. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye a la Dirección General de Bienestar Social las competencias, entre otras, de gestión de programas de servicios sociales y de fomento de los programas de inclusión social.

9. La Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).

10. La Resolución de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, de 16 de septiembre de 2025, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades del tercer sector de acción social para financiar gastos derivados del funcionamiento de servicios y programas de atención social residencial con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades correspondiente a los años 2025 y 2026 (BOIB núm. 125, de 18 de septiembre de 2025).

Propuesta de resolución provisional

Propongo a la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Excluir las solicitudes correspondientes a los proyectos que constan en el anexo 1 de esta propuesta de resolución con especificación del motivo de exclusión.

2. Conceder las subvenciones solicitadas a las entidades que constan en el anexo 2 de esa propuesta de resolución por el importe que consta en la columna «Importe adjudicado».

3. Otorgar a las entidades interesadas un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta propuesta de resolución, para presentar alegaciones. Las alegaciones se tienen que presentar mediante el trámite telemático de alegaciones disponible en la Sede electrónica: https://www.caib.es/seucaib/es/201/empreses/tramites/tramite/6379320/.

4. Publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears esta propuesta de resolució.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (28 de octubre de 2025)

La directora general de Bienestar Social Marina Fiscaletti Marqués

 

ANEXO 1 Proyectos excluidos con el motivo de exclusión

Exp.

Entidad

Motivo de exclusión

AT_RES/2/2025

Fundació Tutelar Demà Per A Persones Amb Transtorn Mental Greu

El proyecto no cumple la obligación del punto 5.2.h, dado que contempla el copago de las personas beneficiarias.

AT_RES/6/2025

Caritas Diocesana de Ibiza

El proyecto no cumple la obligación del punto 5.2.c, dado que no está destinado a personas solas mayores de edad.

AT_RES/8/2025

Federacio Predif Illes Balears

El proyecto no se adapta al objeto establecido en el punto 1.1 de la convocatoria; dado que no desarrolla acciones vinculadas a un proceso de inserción social paralelo a la atención social residencial.

AT_RES/9/2025

Asociacion Española Contra el Cancer

La entidad no cumple el requisito del punto 4.1.c de la convocatoria, dado que no está inscrita en el Censo de organizaciones del tercer sector.

AT_RES/12/2025

Asociacion de Madres y Padres de Personas Con Discapacidad de las Illes Balears (AMADIBA)

El proyecto no se adapta al objeto establecido en el punto 1.1 de la convocatoria; dado que desarrolla acciones de atención sanitaria pero no acciones vinculadas al hogar con un proceso de inserción social paralelo.

El personal de atención directa del proyecto no dispone de titulación del ámbito social, por lo tanto no sería un gasto subvencionable, de acuerdo con el punto 6.1.b de la convocatoria.

AT_RES/13/2025

Fundacion Social District

La entidad no cumple el requisito del punto 4.1.c de la convocatoria, dado que no está inscrita en el Censo de organizaciones del tercer sector.

AT_RES/14/2025

Fundació Patronat J23 D'inca

El proyecto no se adapta al objeto establecido en el punto 1.1 de la convocatoria; dado que desarrolla acciones de atención sanitaria pero no acciones vinculadas al hogar con un proceso de inserción social paralelo.

El personal de atención directa del proyecto no dispone de titulación del ámbito social, por lo tanto no sería un gasto subvencionable, de acuerdo con el punto 6.1.b de la convocatoria.

AT_RES/15/2025

Fundacion Samu

El proyecto no se adapta al objeto establecido en el punto 1.1 de la convocatoria; dado que no desarrolla las acciones del proceso de inserción social alrededor del hogar.

AT_RES/16/2025

Fundacion Social District

La entidad no cumple el requisito del punto 4.1.c de la convocatoria, dado que no está inscrita en el Censo de organizaciones del tercer sector.

 

ANEXO 2 Proyectos aprobados y estimación provisional de adjudicación de subvención

Exp.

Entidad

Proyecto

Puntos

Importo proyecto aprobado

Importe solicitado

Importe adjudicado

AT_RES/11/2025

Fundacio Estel de Llevant Salut Mental

Un habitatge per a tu

68

94.500,00

94.500,00

94.500,00

AT_RES/4/2025

Centro Mater Misericordiae-franciscanas Hijas de la Misericordia Hnas

CA MEVA

67

100.000,00

100.000,00

100.000,00

AT_RES/5/2025

Fundacion Es Garrover

Acompanyament residencial

65

81.172,80

81.172,80

81.172,80

AT_RES/7/2025

Asociación Para la Salud Mental Gira-sol

Habitatge i Salut Mental: Acompanyament cap a la vida independent

65

100.000,00

100.000,00

100.000,00

AT_RES/1/2025

Fundacion Solidaridad Amaranta

PIS PONT DE SEGONA FASE

62

103.644,00

100.000,00

100.000,00

AT_RES/17/2025

Fundació Patronat Obrer de Sant Josep

Llar i futur

60

91.230,00

91.230,00

91.230,00

AT_RES/3/2025

Amadip Esment Fundacio

Viure en comunitat: projecte pilot d'emancipació de persones amb discapacitat que coordina suports personals i accés a l'habitatge en comunitat

60

100.000,00

100.000,00

100.000,00

AT_RES/19/2025

Daño Cerebral Sobrevenido En Mallorca

Servei de lloguer i habitatge amb suport per a persones amb discapacitat física en situació de vulnerabilitat

53

92.000,00

92.000,00

92.000,00

AT_RES/18/2025

Asoc Rehabilitacion de Accidentados Cerebrales

Rumbo a Casa

51

100.000,00

100.000,00

100.000,00

AT_RES/10/2025

Fundacio Institucio Natzaret

PIS PONT

49

95.475,25

95.475,25

95.475,24