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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 784036
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la que se designa el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo superior, escala científica, especialidad ciencias ambientales de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, convocadas por Resolución de Presidencia y Administraciones Públicas de 3 d'abril de 2025

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, de 3 de abril de 2025, es encallen aprobar la convocatoria, los bases, los ejercicios y el temario de los pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo superior, escala científica, especialidad ciencias ambientales de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de los Islas Baleares (BOIB n.º 43, de 8 de abril de 2025).

2. De acuerdo con la base 17.1.1 del anexo 2 de la convocatoria mencionada en el punto anterior, el tribunal es el órgano de selección encargado de llevar a cabo este proceso selectivo.

Los tribunales se tienen que ajustar, en cuanto a la constitución y la composición, al que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, aprobado mediante el Decreto 27/1994.

3. Así mismo, de acuerdo con la base 17.1.2 del anexo 2 de la convocatoria mencionada, los tribunales tienen que estar constituidos, como mínimo, por tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes.

Todos los miembros de los tribunales tienen que poseer una titulación académica de igual o de superior nivel que el que se exige a los aspirantes para el ingreso.

Como mínimo uno de los miembros de los tribunales tiene que poseer una titulación correspondiente a la misma área de conocimientos que la que se exige para el ingreso, si esta titulación es específica.

En la designación de los tribunales se procurará garantizar, en todo caso, el cumplimiento del principio de especialidad y de idoneidad para juzgar los conocimientos y las aptitudes requeridos a los aspirantes.

4. Finalmente, de acuerdo con la base 17.1.3 del anexo 2 de la convocatoria mencionada, la determinación de la composición de los tribunales se tiene que llevar a cabo de acuerdo con las normas siguientes:El consejero o la consejera competente en materia de función pública tiene que nombrar el presidente, el secretario y los vocales de los tribunales entre los miembros de la Comisión Permanente de Selección y Provisión creada mediante la disposición adicional cuarta del Decreto Ley 4/2022, de 30 de marzo, por el cual se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania.

La composición de los órganos de selección se tiene que ajustar, levadura de razones fundamentadas y objetivas, debidamente motivadas, al criterio de paridad entre hombres y mujeres, con la capacitación, la competencia y la preparación adecuadas. Se entiende por representación equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que ningún sexo no supere el 60% del conjunto de personas a que se refiere ni sea inferior al 40%.

En caso de que el cumplimiento del principio de especialización requiera que los miembros dispongan de una titulación específica de la cual no dispongan los miembros de la Comisión Permanente, se pueden designar vocales libremente entre personas con la titulación requerida y con experiencia en las materias que conforman el temario de los procesos selectivos.

De manera excepcional, se puede nombrar miembro del tribunal un vocal propuesto por la Universitat de les Illes Balears o por otra Administración pública y personas que ya no estén en servicio activo. Estos vocales tienen que tener o tienen que haber tenido la condición de funcionario de carrera.

 

Cuando no se pueda completar el nombramiento de los miembros de los tribunales, por la existencia de una causa de abstención, vacante, enfermedad u otra causa justificada en los miembros de la Comisión Permanente de Selección y Provisión, la persona titular de la consellería competente en materia de función pública tiene que designar libremente los miembros necesarios para completar el órgano entre personas que sean o hayan estado personal funcionario de carrera de la Administración autonómica de las Islas Baleares, con experiencia reconocida, y siempre que cumplan los requisitos que exige la normativa correspondiente de cada procedimiento

5. En el punto 17.1.4 del anexo 2 de la convocatoria se establecen las circunstancias limitativas para formar parte del tribunal, de acuerdo con el que prevé la normativa de aplicación.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 10 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en relación con el artículo 6.3 c) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. Artículo 60.3 del texto refundido del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

3. Los artículos 13 y 14 del Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB.

Por todo esto, y en uso de las competencias que me otorga el artículo 6.3.c) de la Ley 3/2007, dict la siguiente

Resolución

1. Designar el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo superior, escala científica, especialidad ciencias ambientales de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, convocadas por Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 3 de abril de 2025 (BOIB n.º 43, de 8 de abril de 2025), de acuerdo con el anexo de esta Resolución.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la Sede Electrónica de la CAIB (www.caib.es) y en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 24 de octubre de 2025)

La consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González

 

 

​​​​​​​ANEXO Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo superior, escala científica, especialidad ciencias ambientales de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Presidenta:

Titular: Tomàs López, Manuela. Personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior de la CAIB, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad geografía.

Suplente: Sastre Moragues, Lira. Personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior de la CAIB, escala escala humanística y de ciencias sociales, especialidad asesoramiento lingüístico.

Vocal primer y secretario

Titular: Martino Bennàssar, Sergio. Personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior de la CAIB, escala científica, especialidad biología.

Suplente: Carton Costa, Iñigo Federico. Personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior de la CAIB, escala científica, especialidad biología.

Vocal segunda

Titular: Tomas Ribot, Elena Jinamar. Personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior de la CAIB, escala científica, especialidad ciencias ambientales.

Suplente: Canals Gili, Catalina. Personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior de la CAIB, escala científica, especialidad ciencias ambientales