Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 783988
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la cual se designa el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico/a en ocupación y mercado de trabajo de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, convocadas por Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 7 de febrero de 2025
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Antecedentes
1. Mediante Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 7 de febrero de 2025, se aprobaron la convocatoria, las bases, los ejercicios y el temario de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico/a en ocupación y mercado de trabajo de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 19, de 11 de febrero de 2025).
2. De acuerdo con la base 17.1.1 del anexo 2 de la convocatoria mencionada en el punto anterior, el tribunal es el órgano de selección encargado de llevar a cabo este proceso selectivo. Los tribunales se han de ajustar, en cuanto a su constitución y composición, a lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado mediante el Decreto 27/1994.
3. Asimismo, de acuerdo con la base 17.1.2 del anexo 2 de la convocatoria mencionada, los tribunales deben estar constituidos, como mínimo, por tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes. Todos los miembros de los tribunales deben poseer una titulación académica de igual o superior nivel que el que se exige a los aspirantes para el ingreso.
Como mínimo uno de los miembros de los tribunales debe poseer una titulación correspondiente a la misma área de conocimientos que la que se exige para el ingreso, si esta titulación es específica.
En la designación de los tribunales se procurará garantizar, en todo caso, el cumplimiento del principio de especialidad y de idoneidad para juzgar los conocimientos y las aptitudes requeridos a los aspirantes.
4. Finalmente, de acuerdo con la base 17.1.3 del anexo 2 de la convocatoria mencionada, la determinación de la composición de los tribunales se ha de llevar a cabo de acuerdo con las normas siguientes:
El consejero o la consejera competente en materia de función pública debe nombrar al presidente, al secretario y a los vocales de los tribunales entre los miembros de la Comisión Permanente de Selección y Provisión creada mediante la disposición adicional cuarta del Decreto ley 4/2022, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania.
La composición de los órganos de selección se ajustará, salvo por razones fundamentadas y objetivas, debidamente motivadas, al criterio de paridad entre hombres y mujeres, con la capacitación, la competencia y la preparación adecuadas. Se entiende por representación equilibrada la presencia de mujeres y hombres de manera que ningún sexo supere el 60 % del conjunto de personas a que se refiere ni sea inferior al 40 %.
En caso de que el cumplimiento del principio de especialización requiera que los miembros dispongan de una titulación específica de la que no dispongan los miembros de la Comisión Permanente, se pueden designar vocales libremente entre personas con la titulación requerida y con experiencia en las materias que conforman el temario de los procesos selectivos.
De manera excepcional, se puede nombrar miembro del tribunal a un vocal propuesto por la Universidad de las Illes Balears o por otra Administración pública y a personas que ya no estén en servicio activo. Estos vocales deben tener o haber tenido la condición de funcionario de carrera.
Cuando no se pueda completar el nombramiento de los miembros de los tribunales, por la existencia de una causa de abstención, vacante, enfermedad u otra causa justificada en los miembros de la Comisión Permanente de Selección y Provisión, la persona titular de la consejería competente en materia de función pública debe designar libremente los miembros necesarios para completar el órgano entre personas que sean o hayan sido personal funcionario de carrera de la Administración autonómica de las Illes Balears, con experiencia reconocida, y siempre que cumplan los requisitos que exige la normativa correspondiente de cada procedimiento.
5. En el punto 17.1.4 del anexo 2 de la convocatoria se establecen las circunstancias limitativas para formar parte del tribunal, de acuerdo con lo previsto en la normativa de aplicación.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 10 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en relación con el artículo 6.3 c) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. Artículo 60.3 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
3. Los artículos 13 y 14 del Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB.
Por todo ello, y haciendo uso de las competencias que me otorga el artículo 6.3.c) de la Ley 3/2007, dicto la siguiente
Resolución
1. Designar el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico/a en ocupación y mercado de trabajo de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, convocadas por Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 7 de febrero de 2025 (BOIB n.º 19, de 11 de febrero de 2025), de acuerdo con el anexo de esta Resolución.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica de la CAIB (www.caib.es) y en el Portal del Opositor ([http://oposicions.caib.es](http://oposicions.caib.es)
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa.
(Firmado electrónicamente: 24 de octubre de 2025)
La consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González
ANEXO
Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico/a en ocupación y mercado de trabajo de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Presidenta:
Titular: Sampol Morell, Francisca. Personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior de la CAIB, escala humanística i de ciencias socials, especialidad tecnico/a en ocupación y mercado de trebajo.
Suplente: Oliver Fonseca, Elora. Personal funcionario de carrera del cuerpo superior de la CAIB.
Vocal primera y secretaria
Titular: Pedrosa Pocoví, Margarita. Personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior de la CAIB, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico/a en ocupación y mercado de trabajo.
Suplente: Hernández Lietor, María Cortés. Personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior de la CAIB, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico/a en ocupación y mercado de trabajo.
Vocal segundo
Titular: Fiol Torres, Joan Miquel. Personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior de la CAIB, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico/a en ocupación y mercado de trabajo.
Suplente: Perelló Rigo, Joan. Personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior de la CAIB, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico/a en ocupación y mercado de trabajo.