Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 779763
Adecuación retributiva de varios puestos de trabajo del Ayuntamiento de Manacor (exp. 18728/2025)
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El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión celebrada el 13 de octubre de 2025, adoptó, a reserva de los términos definitivos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, el siguiente acuerdo:
«Hechos y fundamentos de derecho
1. En fecha 10 de julio de 2022, el Ayuntamiento de Manacor fue condenado mediante la Sentencia 517/2022 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Palma, a la redacción y aprobación de una Relación de Puestos de Trabajo.
Concretamente la sentencia expone que el Catálogo de personal del que dispone el Ayuntamiento no puede asimilarse a una Relación de Puestos de Trabajo, dado que no cumple los requisitos que para este último tipo de instrumento establecen los artículos 74 del TREBEP junto con el artículo 90.2 de la LRBRL.
2. A efectos de avanzar hacia una solución integral para todo el Ayuntamiento y resolver así la falta de un instrumento de planificación de personal que cumpla los requisitos exigidos para las relaciones de puestos de trabajo, el Ayuntamiento de Manacor ha procedido a la elaboración, negociación y aprobación de unos factores integrales de valoración, ponderación y descripción de los puestos de trabajo, tomando como Guía, el manual de valoración de los puestos de trabajo publicada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social aprobada de conformidad con la Orden PCM/1047/2022, de 1 de noviembre.
3. Como consecuencia de la elaboración del manual de la Relación de Puestos de Trabajo, el Ayuntamiento de Manacor ha iniciado los trabajos para la implantación de la nueva RPT.
4. Propuesta de la delegada de Recursos Humanos, de fecha 6 de octubre de 2025, de aprobación de las fichas descriptivas de los puestos de trabajo afectados, así como de la valoración y adecuación retributiva de los mismos, anexos a la propuesta.
5. Acuerdo de la Mesa General Negociadora Común que tuvo lugar en sesión extraordinaria núm. 2025/16 el 07 de octubre de 2025, donde se aprueban las fichas descriptivas de los puestos de trabajo afectados, las fichas de valoración y la adecuación retributiva en los mismos términos que la Propuesta de la delegada de Recursos Humanos de 06 de octubre de 2025.
6. Informe jurídico favorable de la TAG de Recursos Humanos y del secretario general, de fecha 10 de octubre de 2025.
Vista la propuesta de resolución PR/2025/5829 de 10 de octubre de 2025 fiscalizada favorablemente en fecha 11 de octubre de 2025.
RESOLUCIÓN
Primero. Aprobar las fichas descriptivas de los puestos de trabajo, las fichas de valoración de los puestos de trabajo y las adecuaciones retributivas anexas a esta propuesta (se pueden consultar en el Portal de Transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor:
Segundo. Incorporar los documentos mencionados a la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Manacor.
Tercero. Ordenar al departamento de recursos humanos del Ayuntamiento de Manacor que haga efectivos los cambios sobre las retribuciones del personal afectado con efectos desde el momento de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto. Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y remitir copia del mismo a la Administración General del Estado y de la CA a los efectos oportunos.»
Contra la presente resolución/acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (a no ser que se trate de un acto dictado por delegación, en cuyo caso corresponderá la resolución al órgano delegante), en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación/publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
También puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación/publicación de acuerdo con los artículos 8.1, 25, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, la cual se producirá si transcurre un mes sin que se haya dictado y notificado una resolución expresa sobre el recurso presentado, puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a la desestimación presunta.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
Manacor, 27 de octubre de 2025
La delegada de Recursos Humanos Antònia Llodrà Brunet