Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 775212
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la que se aprueban la convocatoria, las bases específicas y el temario que deben regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad terapeuta ocupacional de la Oferta de Empleo Público correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales
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Antecedentes
1. En fecha 20 de diciembre de 2023 la Presidencia del IMAS aprobó mediante Resolución la oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023), la corrección de errores (BOIB núm. 104, de 8 de agosto de 2024), y su posterior modificación (BOIB núm. 82, de 26 de junio de 2025).
En fecha 15 de septiembre de 2025 la Presidencia del IMAS aprobó mediante Resolución la oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2025, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 prorrogados para el año 2025 (BOIB núm.126, de 20 de septiembre de 2025).
2. Por Resolución de la Presidencia del IMAS, de 15 de julio de 2024, se aprobaron las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico por la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024) con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobados mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB núm. 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024, (BOIB núm. 105, de 10 de agosto de 2024) y la Resolución de 3 de septiembre de 2025, (BOIB núm. 119, de 6 de septiembre de 2025).
3. En fecha 25 de septiembre de 2025, el director gerente del IMAS emitió informe justificativo para iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir para el turno libre las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Terapeuta ocupacional de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, y en fecha 26 de septiembre de 2025, la Presidencia del IMAS resolvió iniciar el expediente mencionado.
4. En fecha 16 de octubre de 2025, la jefa del servicio de Gestión Económica del IMAS emitió informe económico en relación con las plazas objeto de esta convocatoria.
5. En fecha 17 de octubre de 2025, la Coordinación de los servicios de Selección y Provisión del IMAS emitió el informe jurídico favorable, dado que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido y la propuesta de resolución se adecua a la normativa vigente.
6. En fecha 22 de octubre de 2025, la Intervención general del Consejo de Mallorca emitió informe de fiscalización previa con resultado favorable.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público (TREBEP), establece que, en todo caso, la ejecución de la oferta pública de empleo se deberá desarrollar dentro del plazo improrrogable de tres años.
2. La Resolución de la Presidencia del IMAS, de 20 de diciembre de 2023, relativa a la aprobación de la oferta de empleo público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales del año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica prevista en el artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023), la corrección de errores por Resolución de 1 de agosto de 2024 (BOIB núm. 104, de 8 de agosto de 2024), y su posterior modificación por Resolución de 20 de junio de 2025 (BOIB núm. 82, de 26 de junio de 2025) aprobó, entre otras, una (1) plaza de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Terapeuta ocupacional, para el turno libre, que deriva de la tasa específica.
La Resolución de la Presidencia del IMAS, de 15 de septiembre de 2025, de aprobación de la oferta de empleo público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales del año 2025, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 prorrogados para el año 2025 aprobó, entre otras, cuatro (4) plazas de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Terapeuta ocupacional, para el turno libre, que derivan tres (3) plazas de la tasa de reposición y una (1) plaza de la tasa específica.
En resumen, en relación con la oferta de empleo público del ejercicio 2023, hay una (1) plaza para el turno libre, y en relación con la oferta de empleo público del ejercicio 2025, hay cuatro (4) plazas para el turno libre.
En total, hay cinco (5) plazas de la especialidad Terapeuta ocupacional, para el turno libre, que procede convocar.
3. De acuerdo con el artículo 55 del TREBEP, todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con el que prevén este Estatuto y el resto del ordenamiento jurídico.
De conformidad con el artículo 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, se dispone que corresponde a la Administración General del Estado establecer reglamentariamente las reglas básicas y los temarios mínimos a los cuales se debe ajustar el procedimiento de selección del personal funcionario. Al amparo de esta atribución, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el cual se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que se tiene que ajustar el procedimiento de selección de los funcionarios de la administración local, lo hace con carácter básico de acuerdo con el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.
Según dispone el artículo 3 del citado Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el cual se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que se tiene que ajustar el procedimiento de selección de los funcionarios de la administración local, de carácter básico según su Disposición final, los procedimientos de selección se regirán por las bases de convocatoria que apruebe el órgano correspondiente de la Corporación para cada una de las escalas, subescalas y clases de funcionarios.
El artículo 44 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece los principios informadores del acceso a la función pública y el artículo 49 de la misma norma establece el contenido mínimo que deben contener las convocatorias de selección, así como que se deben publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), y que las bases vinculan a la Administración, los órganos de selección y las personas que participan.
4. En fecha 15 de julio de 2024, la Presidencia del IMAS aprobó las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector el día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024), con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobados mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB núm. 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024, (BOIB núm. 105, de 10 de agosto de 2024) y la Resolución de 3 de septiembre de 2025, (BOIB núm. 119, de 6 de septiembre de 2025).
Estas bases generales constituyen el régimen jurídico que debe regir de manera uniforme el desarrollo de los procesos selectivos de personal funcionario para el turno libre, para el turno de reserva para personas con discapacidades y para el turno de promoción interna. Todo ello, sin perjuicio de las especificidades, derivadas de las características de las diferentes escalas, subescalas, clases y categorías o especialidades, que se tendrán que recoger en las bases específicas de cada convocatoria.
5. La Disposición adicional primera de la Ordenanza por la cual se regula la Administración electrónica del Consejo de Mallorca y los organismos que de el dependen, aprobada por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca, de día 14 de febrero de 2013 (BOIB núm. 69 de 16 de mayo de 2013), modificada por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca, de día 9 de junio de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022), y por Acuerdo del Pleno de día 10 de abril de 2025 (BOIB núm. 76, de 17 de junio de 2025); establece que las personas que participen en los procesos selectivos convocados por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ordenanza tienen que presentar las solicitudes y la documentación y, si procede, la subsanación, los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos, así como cualquier otro actuación relacionada con el procedimiento, por medios electrónicos. El deber de relacionarse con la Administración insular por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran una comunicación personal.
La presentación de solicitudes, escritos y documentos, así como las comunicaciones por medios telemáticos supone una mayor agilidad en la tramitación de los procedimientos y facilita la accesibilidad de los ciudadanos, que pueden hacer las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentro de los plazos previstos en la convocatoria.
De lo contrario, la referida Ordenanza por la cual se regula la Administración electrónica del Consejo de Mallorca y los organismos que de el dependen prevé que, por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todo el mundo o para parte de los trámites y actuaciones. De igual manera, el órgano convocante, cuando se presenten circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivadamente el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los cuales pueda resultar necesario, teniendo que incluirse una referencia a esta posibilidad en las convocatorias correspondientes.
6. De acuerdo con el artículo 7.2.13 de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), corresponde a la Presidencia convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer las bases, los programas y el contenido de las pruebas y nombrar los miembros de los órganos de selección.
Por todo ello, se dicta la siguiente
Resolución
1. Aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario que deben regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de la Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Terapeuta ocupacional, de la Oferta de Empleo Público del IMAS, correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025, que se adjuntan como Anexos I i II.
2. Convocar el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la Oferta de empleo público del IMAS, correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025, por el sistema de concurso oposición, de la especialidad siguiente:
- Clasificación: Escala Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Terapeuta ocupacional.
- Número de vacantes: 5 plazas para el turno libre.
3. Publicar las bases específicas, el temario y la convocatoria del proceso selectivo en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS, y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
4. Establecer que esta convocatoria se rige por las bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector de día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024), con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobados mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB núm. 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024, (BOIB núm. 105, de 10 de agosto de 2024) y la Resolución de 3 de septiembre de 2025, (BOIB núm. 119, de 6 de septiembre de 2025).
5. Establecer que el plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
6. Establecer, a efectos del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que la solicitud de participación y el impreso de autobaremación de méritos, se deben rellenar mediante la aplicación telemática del IMAS, con las especificaciones de la base 6 del Anexo I de las Bases generales.
A estos efectos, se tiene que acceder al Portal de Selección del IMAS: (https://apps.imasmallorca.net/rh/convocatories/oposicions)
7. Establecer que el Tribunal calificador del proceso selectivo objeto de la convocatoria tiene que estar constituido por un mínimo de tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y que el nombramiento se debe que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección de la IMAS, una vez finalizado el periodo de presentación de instancias.
8. Establecer que, junto con la Resolución de la Presidencia del IMAS que apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas, se especificarán el lugar, la fecha y la hora de realización del primer ejercicio de la convocatoria y el orden de actuación de los aspirantes, si procede. Esta resolución se debe publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS.
Interposición de recursos
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28 de los Estatutos del IMAS aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (24 de octubre de 2025
El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre)
ANEXO I Bases específicas que deben regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Terapeuta ocupacional de la Oferta de Empleo Público correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales
1. Normas generales
1.1. Objeto de la convocatoria y características de las plazas
1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de 5 plazas de la especialidad Terapeuta ocupacional, del subgrupo A2, de la Oferta de empleo público del IMAS, correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025 distribuidas de la forma siguiente:
- Para el turno libre: 5 plazas
1.1.2. Las características de las plazas convocadas son las siguientes:
Grupo, subgrupo: A2
Escala: Administración especial
Subescala: técnica
Clase: técnico-a medio
Especialidad: Terapeuta ocupacional
Sistema de selección: concurso oposición
Vinculación: funcionario-funcionaria
1.2. Procedimiento selectivo
Se establece como procedimiento selectivo el de concurso oposición.
Por el turno libre la fase de concurso debe representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo.
La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinan en el apartado de la letra b.1) para el turno libre del subgrupo A2, de la base 10.2.2. del Anexo I de las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial previstas en las ofertas de empleo público correspondientes al ejercicio de 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios de 2021 y 2023 del IMAS y de las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS, aprobado por el Consejo Rector el día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024) y en estas bases específicas para determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes.
La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.
La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten las personas aspirantes, según los baremos de méritos para el turno libre, Anexos A y B de las Bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
2. Requisitos de las personas aspirantes
2.1. Además de los que se prevén en las bases generales:
- Estar en posesión del título universitario de Grado en Terapia Ocupacional.
- Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2.
3. Derechos de examen
La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 27,57 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de selección de personal en el ámbito del Consejo de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB núm. 35, de 20 de marzo de 2018, modificado por el BOIB núm. 107, de 13 de agosto de 2022), que se deberá abonar dentro del plazo de presentación de instancias, sin que se pueda abonar en ningun otro momento, y sin perjuicio de las exenciones previstas en el artículo 5 de la Ordenanza mencionada.
En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.
La falta del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.
4. Calendario de las pruebas
La Presidencia del IMAS tiene que aprobar la resolución en que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de esta convocatoria. Esta resolución se debe publicar en el BOIB y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.
Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se tiene que hacer público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y, como máximo, dos meses antes de la fecha de los ejercicios. Sin embargo, la Presidencia del IMAS podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.
5. Tribunal calificador
El Tribunal calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende de la Presidencia del IMAS.
El Tribunal calificador debe que respetar lo establecido en los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que se establecen en las bases generales.
El Tribunal calificador del proceso selectivo objeto de esta convocatoria tiene que estar constituido por un mínimo de tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y el nombramiento se debe publicar en el BOIB, en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS una vez finalizado el periodo de presentación de instancias.
6. Ejercicios y calificaciones del turno libro
6.1. Primer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 90 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una será la correcta. Las 80 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,125 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.
El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 100 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
La calificación del ejercicio se hará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.
En el supuesto de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entre la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en que figuran en el cuestionario.
El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.
6.2. Segundo ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá a responder durante un tiempo máximo de 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.
Estas cuestiones corresponderán a temas diferentes del temario específico y no tienen que ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes del temario.
Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.
En el supuesto de que el Tribunal calificador acuerde otros criterios para el desarrollo de los criterios de valoración anteriores, se deberán publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenida en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.
6.3. Tercer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidos al temario de la parte específica.
El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.
Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.
En el supuesto de que el Tribunal acuerde otros criterios para el desarrollo de los criterios de valoración anteriores, se deberán publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.
7. Fórmula para calcular la puntuación final
La puntuación final del concurso oposición para el turno libre se debe calcular con la fórmula siguiente:
Nota del aspirante en la oposición Méritos del aspirante en el concurso
70 x -------------------------------------------- + 30 x ----------------------------------------------
Nota máxima de la oposición Puntuación máxima en el concurso
8. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo
Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
El orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.
La bolsa de personal funcionario interino resultante de cada proceso selectivo estará en vigor hasta la aprobación de una nueva bolsa resultante de una convocatoria ordinaria posterior y tendrá carácter preferente respecto a las bolsas vigentes de la misma categoría existentes en el Consejo de Mallorca y en el IMAS. Las personas integradas en estas bolsas podrán recibir ofertas de trabajo del Consejo de Mallorca, del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), y de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca, indistintamente. Se prevé, en caso necesario, la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.
ANEXO II Temario del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de concurso oposición, las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Terapeuta ocupacional de la Oferta de Empleo Público correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales
Temario parte general
Tema 1. La Constitución española de 1978: principios generales, estructura y contenido básico. Los derechos y deberes fundamentales. La Unión Europea: concepto y naturaleza jurídica. Las libertades básicas comunitarias.
Tema 2. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears: contenido básico y principios fundamentales. La reforma del Estatuto de autonomía. El Parlamento de las Illes Balears: composición y funciones. Organización y funcionamiento. Especial referencia a la función legislativa: la elaboración de las leyes.
Tema 3. La Administración local: principios constitucionales y regulación vigente. Tipología de entidades locales . El principio de autonomía local. La organización territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Tema 4. El sistema de fuentes del derecho local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La potestad normativa de las entidades locales.
Tema 5. Los Consejos Insulares: Características generales. Organización y competencias. La organización y funcionamiento del Consejo de Mallorca. Los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.
Tema 6. El presupuesto general de las entidades locales. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación. Prórroga del presupuesto. Ejecución y liquidación del presupuesto.
Tema 7. Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de aplicación; el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación; políticas públicas para la igualdad; el principio de igualdad en el empleo público. Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia.
Tema 8. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad al trabajo.
Tema 9. La Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: objeto y ámbito de aplicación. Los derechos de los ciudadanos en las relaciones con las administraciones públicas. Las personas interesadas en el procedimiento: legitimación y capacidad de obrar.
Tema 10. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. La eficacia: notificación y publicación. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo. Las disposiciones generales del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y finalización.
Tema 11. Tipología del personal al servicio de las entidades locales. La selección y provisión del personal al servicio de las entidades locales.
Tema 12. Los derechos y deberes de los empleados públicos al servicio de las entidades locales. El sistema retributivo. El régimen de incompatibilidades.
Temario parte específica
Tema 1.- Código deontológico del Consejo General de Colegios de Terapia Ocupacional de España, año 2020. Conceptos de ocupación, actividad y tarea.
Tema 2.- Principios de la bioética aplicables a la TO. Dilema ético. Calidad asistencial, seguridad del paciente y buenas prácticas.
Tema 3.- Metodología de investigación: técnicas cuantitativas y cualitativas. Estructura metodológica de un trabajo científico. Práctica clínica basada en la evidencia. Evaluación de la evidencia y aplicación clínica.
Tema 4.- Marco de trabajo para la práctica de la terapia ocupacional (AOTA 2020).
Tema 5.- Marcos de referencia aplicados a la discapacidad física en la Terapia Ocupacional: marco del neurodesarrollo, marco biomecánico, marco rehabilitador, marco cognitivo perceptivo.
Tema 6.- Marcos de referencia aplicados a la discapacidad psicosocial en la Terapia Ocupacional: marco conductual, marco cognitivo conductual, marco psicodinámico, marco humanista.
Tema 7.- Modelo de ocupación humana de Gary Kielhofner. Instrumentos de valoración del modelo.
Tema 8.- Modelo de discapacidad cognitiva de Allen. Modelo de adaptación por medio de la ocupación de Reed y Sanderson. Modelo canadiense de actuación ocupacional centrado en el paciente. Teoría de integración sensorial.
Tema 9.- Análisis de la actividad. Modelos para el análisis de la actividad. La graduación de la actividad.
Tema 10.- Actividades de la vida diaria: definición y clasificación. Herramientas para la evaluación de las actividades de la vida diaria.
Tema 11.- Evaluación y adaptación del entorno: valoración de la vivienda, del lugar de trabajo y del entorno. Barreras físicas, arquitectónicas y psicosociales. Ergonomía y criterios de accesibilidad (escalas, rampas, pasillos, baños, cocina, dormitorio, cuarto de estar). Adaptaciones ambientales. Prevención de accidentes. Domótica.
Tema12.- Evaluaciones de la función física, sensitiva y sensorial. Métodos e instrumentos de valoración: goniómetro, dinamómetro, pinsómetro. Métodos e instrumentos para la valoración sensitiva y sensorial: tacto superficial, dolor, temperatura, parestesia, discriminación de dos puntos estáticos y en movimiento, estereognosia, propiocepción, cinestesia, monofilamentos. Procedimientos.
Tema 13.- Evaluación cognitiva y neurológica. Instrumentos de evaluación (LOTCA, COTNAB). Déficit de percepción visual y agnosias. Déficit espacial. Apraxias. Trastornos de la atención. Problemas de memoria.
Tema 14.- Ortesis y prótesis. Concepto, clasificación, funciones y mecanismos de acción. Propiedad de los materiales. Productos de apoyo para la autonomía personal y para la comunicación (alternativa y aumentativa).
Tema 15.- Planificación e intervención en la rehabilitación de los trastornos neurológicos (I). Traumatismos craneoencefálicos y accidentes cerebrovasculares.
Tema 16.- Planificación e intervención en la rehabilitación de los trastornos neurológicos.(II) Lesionados medulares.
Tema 17.- Planificación e intervención en la rehabilitación de los trastornos neurológicos(III): enfermedades neurodegenerativas (esclerosis múltiple, esclerosis lateral amiotrófica, enfermedad de Parkinson).
Tema 18.- Planificación e intervención en la rehabilitación de los trastornos neurológicos (IV): lesiones de los nervios periféricos (lesiones agudas, neuropatías por compresión, lesiones del plexo braquial).
Tema 19 .- Planificación e intervención en las lesiones traumáticas (I): fracturas del brazo-antebrazo, fracturas muñeca-carpo, fracturas y luxaciones de metacarpos y falanges, síndrome de dolor regional complejo.
Tema 20.- Planificación e intervención en las lesiones traumáticas (II): lesiones de los tendones flexores y extensores y lesiones por zonas (protocolos de tratamiento). Lesiones por trauma acumulativo: tendinitis de D'Quervain, epicondilitis, síndrome del túnel carpiano, enfermedad de Dupuytren.
Tema 21.- Planificación e intervención en la amputación. Actuación en el periodo pre-protésico. Reimplante del miembro superior.
Tema 22.- Planificación e intervención en las patologías del aparato locomotor (I). Artrítis reumatoide: valoración e intervención, protección articular, ergonomía, ejercicio y actividad. Ortesis. Mejora de la capacidad funcional. Relajación, dolor y control del estrés.
Tema 23.- Planificación e intervención en las patologías del aparato locomotor (II). Artrosis: valoración e intervención, protección articular y conservación de la energía, entrenamiento en las actividades de la vida diaria, adaptaciones al hogar y en el trabajo, productos de apoyo.
Tema 24.- Terapia Ocupacional en geriatría (I): Envejecimiento normal vs patológico: fragilidad y síndromes geriátricos. Alteraciones sensoriales, perceptivas y cognitivas.
Tema 25.- Terapia Ocupacional en geriatría (II): Patologías neurodegenerativas y demencias más frecuentes: Tipologías e impacto ocupacional. Intervención.
Tema 26.- Terapia Ocupacional en geriatría (III): Enfermedades crónicas comunes en gente mayor: osteoartritis, AVC, enfermedades cardiovasculares. Dolor crónico e intervención ocupacional.
Tema 27.- Terapia Ocupacional en Servicio de Atención a domicilio (I). Marco Normativo y Contexto. Evaluación del entorno domiciliario: accesibilidad, seguridad, iluminación, mobiliario.
Tema 28.- Terapia Ocupacional en Servicio de Atención a domicilio (II). Valoración integral de los componentes del domicilio (familia, usuario, entorno, cuidador). Intervención en Terapia Ocupacional en SAD. Equipo multidisciplinar.
Tema 29.- Terapia Ocupacional en Servicio de Atención a domicilio (III). Equipo multidisciplinar. Prevención de riesgos laborales: ergonomía, higiene postural, autocuidado del profesional.
Tema 30.-Terapia Ocupacional en Servicio de Atención a domicilio (IV). Estimulación cognitiva en el entorno real. Instrumentos de valoración. AVD y AIVD como indicadores para valorar, conservar y fortalecer las funciones cognitivas. Impacto del componente social en las funcionas cognitivas en SAID.
Tema 31.- Terapia Ocupacional en Unidades de Convalecencia Residenciales (UCR) (I). Definición de UCR. Objetivos principales. Normativa aplicable.
Tema 32.- Terapia Ocupacional en Unidades de Convalecencia Residenciales (UCR) (II). Poblaciones diana. Rol del Terapeuta Ocupacional en UCR. Escalas de evaluación. Objetivos del TO en UCR.
Tema 33.- Terapia Ocupacional en Unidades de Convalecencia Residenciales (UCR) (III). Intervención del TO según población diana. Seguimientos.
Tema 34.- Modelo de atención integral centrado en la persona (AICP) en terapia ocupacional. Rol del terapeuta ocupacional desde el modelo AICP. Evaluación centrada en la persona. Intervenciones ocupacionales desde el modelo AICP.
Tema 35.- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Escalas cognitivas y psicosociales. Recursos ofrecidos dentro de esta ley en el marco de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Tema 36.- El Programa Individual de Atención (PIA) y planes personalizados.
Tema 37.- Intervención de la Terapia Ocupacional en la esquizofrenia y otros trastornos psicóticos.
Tema 38.- Intervención de la Terapia Ocupacional en trastornos depresivos. Intervención de la Terapia Ocupacional en trastornos de ansiedad. Intervención de la Terapia Ocupacional en patología dual.
Tema 39.- Terapia Ocupacional Comunitaria. Modelos teóricos aplicados en la comunidad. Concepto de ocupación significativa en el contexto comunitario. Ámbitos de aplicación de la terapia ocupacional: rol, competencias y funciones del terapeuta con las personas mayores.
Tema 40.- Instrumentos de Evaluación y Planificación de programas comunitarios. Intervención comunitaria desde la Terapia Ocupacional. Buenas prácticas en TO comunitaria.
Tema 41.- Planificación e intervención en pacientes quemados: valoración y prevención de contracturas, intervención funcional, tratamiento de las cicatrices.
Tema 42.- Valoración e intervención de la terapia ocupacional en las enfermedades cardíacas y respiratorias. Función del terapeuta ocupacional. Optimización del funcionamiento físico, prevención de problemas futuros, economía del esfuerzo.
Tema 43.- Terapia ocupacional en pediatría: desarrollo infantil y trastornos más frecuentes.
Tema 44.- Ocio como herramienta de la terapia ocupacional.
Tema 45.- Tipo de marchas. Rehabilitación de la marcha, transferencias y otras actividades básicas de la vida diaria que impliquen la bipedestación.
Tema 46.- Fundamentos de la psicomotricidad. Terapia ocupacional aplicada a la la motricidad fina y gruesa.
Tema 47.- Intervención de la terapia ocupacional en pérdidas sensoriales: visuales y auditivas. Sistema de comunicación aumentativa y alternativa. Estimulación cognitiva y psicomotricidad en terapia ocupacional
Tema 48.- Alteraciones de la deglución y la terapia ocupacional aplicada
Tema 49- Intervención de la terapia ocupacional en pacientes terminales. Intervención de la terapia ocupacional en pacientes oncológicos. Intervención de la terapia ocupacional en muerta digna y últimas voluntades.
Tema 50- Técnicas de relajación aplicadas y Mindfulness como herramienta terapéutica.