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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 774978
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se conceden o se excluyen las ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursan estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE -27) durante el año académico 2024-2025 y para el transporte de instrumentos musicales

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Texto

Hechos

1. En fecha 7 de junio de 2025 se publicó en el BOIB núm. 72 la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se convocan las ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursan estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE -27) durante el año académico 2024-2025 y para el transporte de instrumentos musicales.

2. El 30 de julio de 2025 finalizó el plazo de presentación de solicitudes para las ayudas, de acuerdo con aquello que dispone el punto décimo de la convocatoria.

3. El 4 de septiembre de 2025 se publicó el informe en que se notifican los posibles defectos de las solicitudes o la carencia de documentación. Los solicitantes podían aportar la documentación para enmendar la solicitud hasta el 19 de septiembre de 2025.

4. En fecha 9 de octubre de 2025 se publicó en la web de Enseñanzas Artísticas Superiores (http://eas.caib.es) la Propuesta de resolución del director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores por la cual se conceden o se excluyen las ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursan estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE -27) durante el año académico 2024-2025 y para el transporte de instrumentos musicales.

5. Se abrió el plazo de diez días naturales, desde el día siguiente a la publicación, para presentar alegaciones. Transcurrido este plazo no se ha recibido ninguna alegación.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

2. El Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre).

5. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB ext. núm. 91, de 14 de julio). 

6. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio).

7. La Resolución del consejero de Educación y Universidades de 4 de junio de 2025 por la cual se convocan ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursan estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE -27) durante el año académico 2024-2025 y para el transporte de instrumentos musicales (BOIB núm. 72, de 7 de junio).

8. El resto de normativa que sea de aplicación.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Conceder a los solicitantes que figuran en el anexo 1 la ayuda de desplazamiento para alumnos que han cursado estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE -27) durante el año académico 2024-2025 y para el transporte de instrumentos musicales.

Las solicitudes de estas personas cumplen los requisitos establecidos y presentan completa la documentación exigida en la convocatoria.

2. Excluir a los solicitantes que figuran en el anexo 2 de las ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que han cursado estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE -27) durante el año académico 2024-2025 y para el transporte de instrumentos musicales. Los motivos de exclusión se indican en el anexo 2.

3. Disponer que esta Resolución se publique en Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de Enseñanzas Artísticas Superiores.

 

Palma, (en fecha de la firma electrónica: 22 de octubre de 2025)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany

Documentos adjuntos