Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE FAMILIAS, BIENESTAR SOCIAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA
Núm. 774044
Resolución de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, a propuesta de la directora general de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad, por la cual se amplía el plazo de justificación de las actividades llevadas a cabo durante las vacaciones de verano de 2025 de la subvención para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil 2025-2026
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BDNS: 839443
En fecha de la firma electrónica, la directora general de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e igualdad ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Antecedentes
1. Mediante Resolución de 12 de junio de 2025, la consejera de Familias y Asuntos Sociales (ahora Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia), aprobó, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Islas Baleares para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2025-2026.
2. De acuerdo con el punto 8.6 de la convocatoria, una vez presentada la solicitud, si esta se encontraba incompleta o defectuosa, el órgano instructor del procedimiento requiere para subsanar el defecto o la aportación de documentación restante, en el periodo de cinco días hábiles.
3. En fecha 1 de agosto de 2025, se publicó en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares el requerimiento de subsanación de las solicitudes recibidas, para que en el plazo correspondiente las entidades interesadas pudieran subsanar las deficiencias detectadas.
4. De acuerdo con el punto 14.1 de la convocatoria, las entidades beneficiarias tienen que justificar la subvención recibida mediante el trámite telemático correspondiente al procedimiento disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
5. De acuerdo con el apartado 14.2 de la convocatoria, las entidades beneficiarias justificarán las actividades llevadas a cabo durante las vacaciones de verano de 2025 mediante la presentación de la documentación que refiere este mismo punto por el trámite telemático correspondiente.
6. Debido al volumen de documentación recibida durante el periodo de subsanación, en fecha de esta resolución, todavía no se ha podido elaborar la propuesta de resolución provisional de concesión, por lo tanto todavía no hay resolución de las concesiones de esta subvención.
7. En fecha 17 de octubre se ha emitido informe justificativo considerando la ampliación del plazo de justificación de las actividades llevadas a cabo durante las vacaciones de verano de 2025, modificando la fecha actual del 31 de octubre de 2025 al 27 de febrero de 2026.
Fundamentos de derecho 1. El artículo 70 de ampliación de plazo de justificación del Real Decret 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. El artículo 32 de ampliación, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. El Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
4. Decreto 7/2015, de 11 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 89, de 12 de julio de 2025). Dentro de esta estructura, y bajo la dirección del Gobierno, se incluye la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención en la Dependencia (antes Consejería de Familias y Asuntos Sociales).
5. Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB ext. n.º 91, de 14 de julio de 2025).
6. La Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB n.º 34, de 11 de marzo de 2021).
7. La Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Islas Baleares para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares de verano y Navidad de 2025 (BOIB n.º 75, de 14 de junio de 2025).
Propuesta de resolución
Propongo a la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Modificar la Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales de 12 de junio, por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Islas Baleares para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares de verano y Navidad de 2025, en su punto 14.2 de la convocatoria los términos siguientes:
Donde dice:
«Hasta el día 31 de octubre de 2025, se justificarán las actividades llevadas a cabo durante las vacaciones de verano de 2025 [...]»
Ha de decir:
«Hasta el día 27 de febrero de 2026, se justificarán las actividades llevadas a cabo durante las vacaciones de verano de 2025 [...]».
2. Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Palma, en fecha de la firma electrónica (25 de octubre de 2025)
La consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia Sandra Fernández Herranz
La directora proponiente Catalina Isern Fiol