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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 773813
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones plurianuales para apoyar a centros de creación artística establecidos en el territorio de las Illes Balears para el año 2025 y 2026

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Texto

Hechos

1. El día 27 de febrero de 2025 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 26 la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones plurianuales para apoyar centros de creación artística establecidos en el territorio de las Illes Balears para el año 2025 y 2026.

2. El crédito asignado a la citada convocatoria, tiene un máximo de 400.000 €, con el siguiente detalle de años e importes anuales: 2025: 200.000 € y 2026: 200.000 €, con cargo al capítulo IV del presupuesto del Instituto de Estudios Baleáricos.

3. El día 13 de septiembre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 122 la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones plurianuales para apoyar a centros de creación artística establecidos en el territorio de las Illes Balears para el año 2025 y 2026, con la cual 76.000€.

4. El día 4 de octubre se va publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 132 la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se conceden o se deniegan las subvenciones plurianuales para apoyar a centros de creación artística establecidos en el territorio de las Illes Balears para el año 2025 y 2026.

5. En el plazo indicado en esta resolución, se presentaron dos recursos potestativos de reposición, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración.

6. El día 21 de octubre , el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos estimó estos dos recursos, por lo que, es necesario ampliar el crédito designado en esta convocatoria.

7. De acuerdo con el punto 3.3 de la citada convocatoria, siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita, se puede incrementar el importe consignado inicialmente en la convocatoria mediante una resolución de ampliación del crédito asignado. Esta ampliación, salvo que se establezca otra cosa, no implica que el plazo para presentar solicitudes se amplíe, y no afecta a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas de forma expresa.

8. Por todo ello, se considera conveniente redistribuir el crédito y aumentar en 55.054,05 euros el importe asignado a la convocatoria de subvenciones aprobada mediante la Resolución del presidente del IEB de 24 de febrero de 2025 (BOIB núm. 26, de 27 de febrero de 20 25).

Fundamentos de derecho

1. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

4. La Orden del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 13 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana (BOIB núm. 166, de 19 de diciembre de 2024)

Por todo ello, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Modificar el apartado 3.1 del anexo 1 de la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar a centros de creación artística establecidos en el territorio de las Illes Balears para el año 2025, que queda redactado así:

3.1. El crédito asignado a esta convocatoria es de 531.054,05 € (cuatrocientos cincuenta mil euros), con cargo al capítulo IV del presupuesto del Instituto de Estudios Baleáricos de 2024, con el siguiente detalle de años e importes anuales:

  • 2025: 331.054,05 €
  • 2026: 200.000 €

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares .

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del artículo administrativo 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 23 de octubre de 2025)

El presidente del IEB Jaime Bauzá Mayol