Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 775713
Decreto 54/2025, de 24 de octubre de 2025, de nombramiento de nuevo vocal de la Junta Electoral de las Illes Balears
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El artículo 7.3 de la Ley 8/1986, de 26 de noviembre, electoral de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que los miembros de la Junta Electoral de las Illes Balears serán nombrados por decreto del Gobierno de las Illes Balears y que su mandato continuará hasta la toma de posesión de la nueva Junta Electoral, al inicio de la siguiente legislatura.
De conformidad con el artículo 7.1 de la Ley 8/1986, de 26 de noviembre, la Junta Electoral de las Illes Balears está integrada por los siguientes miembros:
a. Tres vocales, magistrados del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, designados por insaculación realizada por la Sala de Gobierno en pleno.
b. Dos vocales, catedráticos o profesores titulares de Derecho en activo o juristas de reconocido prestigio residentes en las Illes Balears, designados a propuesta conjunta de los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores con representación en el Parlamento de las Illes Balears.
Mediante el Decreto 85/2023, de 27 de octubre (BOIB núm. 148, de 28 de octubre), se nombraron los miembros de la Junta Electoral de las Illes Balears, entre ellos la señora Alicia Esther Ortuño Rodríguez como vocal designada por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears.
En fecha 8 de octubre de 2025, el presidente del Parlamento de las Illes Balears comunicó (escrito con RGS 4194/2025, de 10 de octubre) a la presidenta de las Illes Balears la designación por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears de un nuevo vocal de la Junta Electoral de las Illes Balears, el Sr. Pablo Delfón Maza, que sustituirá la baja por renuncia de la Sra. Alicia Esther Ortuño Rodríguez, renuncia aceptada por el presidente de la Junta Electoral de las Illes Balears en sesión de día 19 de septiembre de 2025.
El artículo 8 de la Ley 8/1986 dispone que en los supuestos previstos en los artículos 14 y 16 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, así como en el caso de renuncia justificada y aceptada por el presidente, tanto el presidente como el vicepresidente y los vocales serán sustituidos de conformidad con el mismo procedimiento de su designación.
Por otro lado, conforme al artículo 3.2.b) del Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local, mediante la Secretaría General, se encarga de la organización de los procesos electorales autonómicos.
Por todo ello, a propuesta de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción del Gobierno y Cooperación Local y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno, en la sesión de 24 de octubre de 2025
Decreto
Primero
Nombrar miembro de la Junta Electoral de las Illes Balears al Sr. Pablo Delfón Maza, como vocal designado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears.
Segundo
El presente decreto surtirá efectos desde el momento en el que se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (24 de octubre de 2025)
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La presidenta |
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El consejero de Economía, Hacienda e Innovación |
Margarita Prohens Rigo |
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Antoni Costa Costa (Por suplencia de acuerdo con el artículo 1 del Decreto 9/2025, de 11 de julio, de la presidenta de les Illes Balears) |