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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 769678
Resolución num. 138/2025, de 17 de octubre de 2025, del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, relativa a la concesión de ayudas para las escuelas de música de Menorca para el curso 2023-2024 (exp. 1521-2024-000001)

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Texto

Dado el acuerdo del Consejo Ejecutivo de dia 25.11.2024 (BOIB num. 161 de 12.12.2024) se aprueba la convocatoria de las ayudas del Consell Insular de Menorca en las escuelas de música de Menorca para el curso 2023-2024.

Dado que el plazo de presentación de solicitudes finalizó dia 14 de enero de 2025 i se han presentado ocho solicitudes a la convocatoria, una de las cuales se presentó fuera de plazo.

Dado que a la convocatoria se destinen 97.130 € con cargo a la partida 4620002 del programa 32600 y el importe máximo para solicitud es de 15.000 €.

Dado que en fecha 2 de abril y 14 de octubre de 2025 se a reunido la comisión avaluadora para valorar las solicitudes presentadas.

Visto el informe de concesión del instructor que consta al expediente, que se ha fiscalizado favorablemente por parte de intervención en fecha 16 de octubre de 2025.

Dado que el artículo 33.2 k de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, atribuye a los consejeros ejecutivos la resolución de las convocatorias de ayudas y subvenciones.

Como titular del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022. de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de presidencia num. 227/2023 de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB num. 158 de 21 de noviembre de 2023)

RESUELVO

PRIMERO. Concedir a las entidades que se relacionan a continuación las ayudas siguientes para las escuelas de música de Menorca para el curso 2023-2024:

Beneficiario: Ayuntamiento de es Mercadal

NIF: P0703700E

Ayuda: 15.000 €

Motivo: Ayuda escuela municipal de música

 

Beneficiario: Ayuntamiento de Ciudadela

NIF: P0701500A

Ayuda: 15.000 €

Motivo: Ayuda escuela municipal de música

 

Beneficiario: Ayuntamiento de Mahón

NIF: P0703200F

Ayuda: 12.554 €

Motiu: Ayuda escuela municipal de música

 

Beneficiario: Ateneu Musical de Ferrerias

NIF: G57036477

Ayuda: 15.000 €

Motivo: Ayuda escuela de música

 

Beneficiario: Ayuntamiento de Es Castell

NIF: P07064001I

Ayuda: 4.008 €

Motivo: Ayuda escuela municipal de música

 

Beneficiario: Ayuntamiento de San Luís

NIF: P0705200D

Ayuda: 9.154 €

Motivo: Ayuda escuela municipal de música

 

Beneficiario: Ayuntamiento de Alayor

NIF: P0700200I

Ayuda: 6.215 €

Motivo: Ayuda escuela municipal de música

SEGUNDO. Excluir de la convocatoria de ayudas a la escuela municipal de es Migjorn Gran porque presentó la solicitud fuera del plazo establecido a la convocatoria

TERCERO. Aplicar el gasto derivado de la concesión de estas ayudas, por un total de 76.931€ (seteinta y seis mil novecientos treinta y un euros) a la partida 4.32600.4620002 del programa de Educación del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes del Consell Insular de Menorca.

Este acuerdo de resolución de las ayudas se remitirá a la BDNS en cumplimiento del artículo 20.8 del LGS y se publicará por el CIM en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a efectos de notificación (artículo 42.1 b de la LPACAP).

La resolución del expediente de concesión o denegación de las ayudas se remitirá a la BDNS en cumplimiento del artículo 20.8 del LGS y el CIM la publicará al Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos de notificación (artículo 54.1.b) del LPACAP).

Contra este acuerdo – que no exhaure la via administrativa – se puede interponer un recurso de alzamiento ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzamiento por silencio administrativo podreis interponer recurso contencioso administrativo delante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Mahón, 20 de octubre de 2025

El consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, Juan Domingo Pons Torres (DP 92, de 10.7.2023) (BOIB num. 95 del 11.7.2023)