Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO NATURAL
Núm. 769604
Resolución del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural por la cual se aprueba la convocatoria de participación en la Feria del Producto Local incluida en el marco de los actos de celebración del Día de las Illes Balears 2026
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Antecedentes
1. El 16 de septiembre de 2025, la directora general de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento dirigió a esta Consejería una solicitud de colaboración para la redacción de las bases de la convocatoria de participación en la Feria del Producto Local incluida en el marco de los actos de celebración del Día de las Illes Balears 2026 y la tramitación del procedimiento para la selección de los participantes, dado que las competencias de promoción y fomento de la calidad agroalimentaria local corresponden a la Dirección General de Calidad Agroalimentaria y Producto Local.
2. El artículo 140 de la Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears sobre actuaciones de información y promoción, establece la responsabilidad de la Administración para apoyar a la presencia en el mercado de los productos agrarios y agroalimentarios de las Illes Balears.
3. El artículo 5.1 s) de la Ley 3/2019, agraria de las Illes Balears, define el término «producto local».
4. El artículo 2.10 d) del Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye a la Dirección General de Calidad Agroalimentaria y Producto Local las competencias en materia de promoción de la producción agroalimentaria local y de desarrollo de acciones orientadas a promover un comercio y un consumo responsables y sostenibles.
5. El 19 de septiembre de 2025, el borrador de resolución se sometió a consulta pública.
6. El 15 de octubre de 2025 se emitió un informe sobre las alegaciones presentadas.
Fundamentos jurídicos
1. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. La Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears.
3. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la convocatoria para seleccionar a los participantes en la Feria del Producto Local incluida en en el marco de los actos de celebración del Día de las Illes Balears 2026
2. Aprobar las bases y los criterios de selección que regirán esta convocatoria en los términos que establece el anexo 1.
3. Aprobar los modelos de solicitud, que se adjuntan como anexo 2.
4. Designar a la Dirección General de Calidad Agroalimentaria y Producto Local como unidad administrativa responsable de la tramitación de este procedimiento.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso de en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a haberse publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 22 de octubre de 2025
El consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural Joan Simonet Pons
ANEXO 1 Bases de la convocatoria para participar en la Feria del Producto Local incluida en el marco de los actos de celebración del Día de las Illes Balears 2026
Primero Objeto
El objetivo de la Feria del Producto Local incluida en el marco de los actos de celebración del Día de las Illes Balears 2026, es fomentar la exposición y venta de productos agrarios y alimentarios autóctonos y destacar la producción agraria de las Illes Balears. Esta muestra proporciona una plataforma para que los productores locales presenten sus productos alimentarios al público y favorece el consumo de producto local y la rentabilidad de las explotaciones agrarias.
El objeto de esta convocatoria es la selección de los participantes en la Feria del Producto Local incluida en el marco de los actos de celebración del Día de las Illes Balears 2026.
Segundo Fecha y lugar
La Feria del Producto Local incluida en el marco de los actos de celebración del Día de las Illes Balears 2026 se llevará a cabo del 27 de febrero al 2 de marzo de 2026, en Palma.
Los horarios de apertura y cierre de los estands serán los siguientes:
Los participantes deberán cumplir con el horario establecido, manteniendo los estands abiertos y atendidos durante todas las horas de funcionamiento de la Feria.
Cada participante dispondrá de una carpa de 9 m², cubierta, con separaciones laterales y un punto de conexión eléctrica a cargo de la organización. Los participantes deberán ser responsables de aportar los materiales, mobiliario y decoración necesarios para su estand, que deberá cumplir con la normativa de seguridad y estética establecida por la organización del evento.
Tercero Requisitos
Pueden participar en la Feria del Producto Local incluida en el marco de los actos de celebración del Día de las Illes Balears 2026 únicamente los siguientes operadores:
Los participantes en la Feria del Producto Local incluida en el marco de los actos de celebración del Día de las Illes Balears 2026 solo podrán comercializar productos que tengan la consideración de producto local, tal y como se define en el artículo 5.1 s) de la Ley 3/2019, agraria de las Illes Balears, que se detalla a continuación:
1. Productos agrícolas cultivados en las Illes Balears.
2. Productos de la ganadería producidos en las Illes Balears. La carne de las especies de porcino, ovino, caprino y aves de corral debe proceder de animales criados y sacrificados en las Illes Balears de acuerdo con lo que establezca en cada caso el artículo 5.1.a) del Reglamento de Ejecución 1337/2013 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a la indicación del país de origen o del lugar de procedencia para la carne fresca, refrigerada o congelada de porcino, ovino, caprino y aves de corral. En cuanto a la carne de bovino, esta debe proceder de animales sacrificados y criados en las Illes Balears durante un mínimo de nueve meses.
3. Productos de la pesca, el marisqueo o la acuicultura comercializados en primera instancia en puntos de primera venta, lonjas o centros de expedición de las Illes Balears.
4. Otros alimentos no transformados, no incluidos en los puntos anteriores, producidos por productores primarios de las Illes Balears. Por lo que se refiere al agua, solo tendrán la consideración de producto local las aguas minerales naturales y las aguas de fuente definidas en el Real decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan la explotación y la comercialización de aguas minerales naturales y aguas de fuente envasadas para consumo humano.
5. Alimentos producidos y comercializados bajo una denominación de origen protegida, una indicación geográfica protegida o una indicación geográfica de las Illes Balears.
6. Productos transformados y alimentos compuestos por más de un ingrediente que tengan como ingrediente primario alguno de los productos citados en los puntos anteriores y que se hayan elaborado en las Illes Balears.
7. Productos forestales, madereros o no madereros obtenidos en terrenos forestales de las Illes Balears, y también los productos no alimenticios que cumplan alguna de las condiciones anteriores.
Cuarto Solicitudes
Las solicitudes para participar en la Feria del Producto Local incluida en el marco de los actos de celebración del Día de las Illes Balears 2026 deben presentarse según los modelos que figuran en el anexo 2, debidamente cumplimentadas, y deben dirigirse a la Dirección General de Calidad Agroalimentaria y Producto Local, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural. El plazo para presentar las solicitudes comienza al día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza el día 21 de noviembre de 2026.
La documentación y la información detallada sobre el proceso de solicitud estarán disponibles en la página web de la Dirección General de Calidad Agroalimentaria y Producto Local.
Se admiten solicitudes de participación conjunta de hasta tres operadores diferentes, siempre que todos los participantes cumplan los requisitos de la convocatoria. Cada operador debe estar, como mínimo, una jornada completa a cargo del puesto solicitado. En la solicitud deben identificarse todos los participantes y detallar qué día se solicita para cada uno.
En caso de que el solicitante sea una asociación de productores, un consejo regulador, una sociedad agraria de transformación, una cooperativa alimentaria o una unión de cooperativas, debe tramitar una solicitud individual. Cada colectivo puede dar cabida al número de operadores que considere oportuno. Esta circunstancia debe comunicarse a la Dirección General de Calidad Agroalimentaria y Producto Local.
Quinto Criterios de selección
Se dispone de 50 puestos para la participación en el evento. En caso de que haya más solicitudes que puestos disponibles, se aplicará un sistema de selección por puntos de acuerdo con los siguientes criterios:
En caso de solicitudes de participación conjunta, la puntuación será la media aritmética de la puntuación de cada operador.
Sexto Desempates
Los empates se resuelven de acuerdo con el orden temporal de presentación de las solicitudes en el registro de entrada.
Séptimo Reserva de puestos para pequeños operadores
Dada la pequeña dimensión de muchas de las explotaciones agrarias de las Illes Balears y la falta de producción de que puedan disponer para atender todos los días de la Feria, con el fin de que tengan la oportunidad de participar, se reservan diez puestos para compartir entre pequeñas explotaciones que solo puedan participar un día.
Así pues, se puede solicitar, de manera individual o conjunta, participar en la Feria durante un día, atendiendo a razones de falta de disponibilidad de personal o de producto insuficiente para atender la totalidad de los días de la Feria.
Si la solicitud es individual, la comisión técnica de valoración asignará por sorteo el día y el puesto asignados a cada operador. Si es conjunta (para tres operadores), debe atenderse a lo que se establece en el punto quinto.
Octavo Reserva de puestos por insularidad
Se establece una reserva de puestos por doble y triple insularidad con la siguiente distribución:
En caso de que haya más solicitudes que puestos reservados para una isla determinada, deben aplicarse los criterios de selección y puntuación del punto sexto. Los solicitantes que no consigan un puesto reservado pasan a computar con el resto de solicitantes sin reserva de puesto.
En caso de que haya menos solicitudes que puestos reservados para una isla determinada, los puestos no ocupados pueden asignarse a los solicitantes del resto de islas según los criterios de selección establecidos.
Noveno Comisión técnica de valoración
Una comisión técnica de valoración, compuesta por la jefa del Servicio de Promoción Agroalimentaria, la jefa de la Sección I del mismo Servicio y una persona designada por el Servicio Jurídico de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, debe valorar las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios de selección y de reservas de puestos por insularidad y para pequeños operadores. Seguidamente, debe elaborar una lista de los solicitantes ordenados de mayor a menor puntuación.
Décimo Resolución de la convocatoria
El plazo para resolver esta convocatoria es de un mes contado desde el día en que finaliza el plazo para presentar las solicitudes. El consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural puede ampliar este plazo otro mes mediante una resolución motivada.
Antes de que finalice este plazo, la comisión técnica de valoración debe publicar en la web de la Dirección General de Calidad Agroalimentaria y Producto Local la propuesta provisional de adjudicación de los puestos de la Feria del Producto Local incluida en el marco de los actos de celebración del Día de las Illes Balears 2026. En el caso de que haya más de 50 solicitantes, también se debe publicar una lista de espera de los solicitantes sin puesto adjudicado, con la finalidad de poder asignarles un puesto en caso de renuncia por parte de alguno de los adjudicatarios.
Las personas interesadas pueden formular observaciones o reclamaciones a la propuesta provisional publicada en la sede electrónica dentro del plazo de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de exposición pública.
Después de haber examinado las observaciones y reclamaciones presentadas dentro del plazo establecido y de haber oído, si corresponde, a las personas interesadas, la comisión técnica de valoración debe elevar a definitiva la propuesta de adjudicación de los puestos, la cual puede incluir, en todo caso, los cambios que sean consecuencia de las observaciones y reclamaciones presentadas. Asimismo, la propuesta definitiva puede incluir, respecto de la provisional, la corrección de oficio de los errores materiales, aritméticos o de hecho que se hayan detectado.
Elevada la propuesta definitiva, el consejero debe dictar resolución.
Undécimo Ocupación de los puestos
Cada uno de los puestos asignados solo puede ser ocupado por el adjudicatario, quien no puede cederlo a terceras personas. En el caso de que el adjudicatario no pueda asistir a la Feria por causa sobrevenida, deberá comunicarlo a la Dirección General de Calidad Agroalimentaria y Producto Local, que podrá asignar el puesto vacante a otro solicitante que haya quedado en la lista de espera indicada en el punto décimo.
Duodécimo Obligaciones generales de los participantes
Para participar en la Feria del Producto Local incluida en el marco de los actos de celebración del Día de las Illes Balears 2026, los participantes deben cumplir las siguientes condiciones:
a) Uso y conservación del espacio
b) Horarios y presencia
c) Limpieza y gestión de residuos
d) Condiciones de venta y servicio
e) Permisos, responsabilidades y seguridad
La Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural no se hace responsable de pérdidas, robos, ni daños por accidente o incendio que puedan afectar a los participantes o a su material.
Otras condiciones
Decimotercero Condiciones específicas para productos alimentarios
Todas las paradas deben cumplir las medidas establecidas en materia de seguridad alimentaria por la Consejería de Salud del Gobierno de las Illes Balears y la normativa aplicable en esta materia:
Normativa aplicable:
Requisitos para los vendedores de alimentos:
Decimocuarto Condiciones higiénicas y de equipamiento para las paradas que elaboren, distribuyan y vendan comidas preparadas
Decimoquinto Uso de sistemas de cocina, refrigeración y electricidad
̶ Sistemas de cocina autorizados:
̶ Electricidad:
̶ Seguridad:
Decimosexto Méritos para futuras ferias
La participación en esta Feria podrá ser tenida en cuenta como mérito para futuras ferias y actuaciones de promoción organizadas por el Gobierno de las Illes Balears.
Decimoséptimo Incumplimiento
En el caso de que un participante incumpla cualquiera de las condiciones que se establecen en esta Resolución, podrá ser excluido inmediatamente del evento, sin derecho a reclamar ningún tipo de indemnización. Además, será responsable de todos los daños y perjuicios ocasionados.