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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES

Núm. 766306
Ampliación del plazo máximo para la justificación de las subvenciones, previsto en el artículo 13 de la Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de Deportes para el año 2025

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Texto

 

En cumplimiento en el artículo 32 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de acuerdo el artículo 70 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se hace público el siguiente acuerdo aprobado por la Junta Rectora Municipal de Deportes de fecha 10 de octubre de 2025:

«PROPUESTA DE ACUERDO

Con fecha 29 de agosto de 2025, la Junta Rectora del Patronato Municipal de Deportes aprobó la convocatoria para el año 2025 de las subvenciones del Patronato Municipal de Deportes para entidades deportivas.

El extracto de la convocatoria de las subvenciones fue publicado en el BOIB número 121 de fecha 11 de septiembre de 2025, finalizando el plazo de presentación de solicitudes el día 2 de octubre de 2025.

El artículo 13 de la Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de Deportes por el año 2025 establece que las personas o entidades beneficiarias tienen la obligación de justificar ante el órgano concedente la aplicación de los fondos percibidos en la finalidad que sirvió de fundamento en la concesión de la subvención, como máximo el día 15 de octubre de 2025.

Aun así, la acumulación de tareas administrativas en el seno del Patronato de Deportes, así como por la tramitación individualizada de más de 80 expedientes de subvenciones que gestiona este organismo, han producido un retraso significativo en la aprobación de las concesiones. A esta situación se tiene que añadir la necesidad de modificar determinados aspectos de las bases de la convocatoria, para adaptarlas mejor a la realidad de las entidades deportivas y a los criterios técnicos establecidos en materia de subvenciones. Estas modificaciones han requerido tiempo adicional de redacción, revisión y validación jurídica, contribuyendo también al desajuste de los plazos previstos inicialmente.

En consecuencia, resulta materialmente imposible que las entidades beneficiarias de las subvenciones puedan presentar en el plazo previsto en el artículo 13 de la Convocatoria las correspondientes justificaciones, dado que no conocerán el importe de la subvención concedida antes de la mencionada fecha (15/10/2025).

Según la legislación vigente, es posible que el órgano concedente apruebe una ampliación del plazo máximo de justificación de las subvenciones. Según el parecer de esta técnica de deportes, y teniendo en cuenta que la tramitación previa a su concesión estará a partir del día 31/10/2025 solo pendiente de la fiscalización de intervención, se considera razonable y necesario ampliar el dicho plazo hasta el día 16/11/2025. Posteriormente, esta ampliación tendrá que ser publicada y comunicada a los interesados para que conozcan la nueva fecha de justificación aprobada.

A la vista del anterior, considerando necesario que se proceda a la ampliación del plazo de justificación previsto en el artículo 13 de la Convocatoria, y dado que el acuerdo para la ampliación del plazo se tiene que adoptar con anterioridad a la finalización del mismo, mediante el presente de conformidad al previsto en el artículo 70 del RD 887/2006 de 21 de julio y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 14.8 de los Estatutos del Patronato PROPONE:

PRIMERO- Acordar la ampliación del plazo máximo para la justificación de las subvenciones, previsto en el artículo 13 de la Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de Deportes para el año 2025, hasta el día 16 de noviembre de 2025.

SEGUNDO.- Que se publique al Boletín Oficial de las Islas Baleares, al tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Patronato M. de Deportes, y se comunique a las personas o entidades participantes en el proceso de subvención y a los Servicios Económicos.

(Firmado electrónicamente: 20 de octubre de 2025

El secretario-accidental Joaquim Roca Mata)