Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓN BALEAR DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGIA (FUNDACIÓN BIT)
Núm. 763171
Resolución del vicepresidente del Patronato de la Fundació Balear d’Innovació i Tecnologia para constituir una bolsa de personal laboral temporal de la categoría administrativa
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Antecedentes
1. El 6 de marzo de 2025 se publicó en el BOIB (número 29) la resolución del vicepresidente de la Fundació Balear d'Innovació i Tecnologia (en adelante Fundació Bit) para iniciar un proceso selectivo para la oferta pública ordinaria 2023 para contratar con contrato indefinido a tiempo completo, turno libre, un/a Administrativo/a (ADVCOMPTLL01-25).
2. El 12 de agosto de 2025, BOIB número 107, se publicó la resolución del vicepresidente de la Fundació Bit del proceso selectivo para la oferta pública ordinaria 2023 para contratar con contrato indefinido a tiempo completo, turno libre, un/a Administrativo/a, con la finalización del proceso de selección y la determinación de la persona que lo había superado.
3. Las bases específicas de este proceso de selección indicaban que las personas candidatas que no habían superado el proceso selectivo se incluirían en una bolsa de personal laboral temporal, específica y preferente a las bolsas ordinarias. En esta bolsa se integrarán las personas candidatas que, habiendo participado en el proceso selectivo y no habiéndolo superado, sí que hayan obtenido la puntuación mínima de 40 puntos a la prueba de conocimientos.
4. Una vez finalizado el proceso de selección, dicto la siguiente:
Resolución
1. Constituir la bolsa de personal laboral temporal de la categoría administrativa.
2. Establecer el orden de prelación de la bolsa de trabajo teniendo en cuenta que se ha producido un empate entre dos personas que han obtenido la misma puntuación final. Las bases específicas establecen que en caso de empate en la puntuación final entre varias personas candidatas, este se tiene que resolver atendiendo los criterios siguientes:
En este caso, el orden se ha establecido por el criterio de la persona de más edad, los tres criterios anteriores eran iguales para ambos candidatos. Quedando de la siguiente manera:
|
DNI |
PUNTACIÓN TOTAL |
ORDEN DE PRELACIÓN |
|---|---|---|
|
***2785** |
76,52 |
1 |
|
***8075** |
76,32 |
2 |
|
***2854** |
72,02 |
3 |
|
***2832** |
72,02 |
4 |
|
***2826** |
71,22 |
5 |
|
***8502** |
71,01 |
6 |
|
***6023** |
69,36 |
7 |
|
***1156** |
65,48 |
8 |
|
***3205** |
64,70 |
9 |
|
***6909** |
62,90 |
10 |
|
***3898** |
58,64 |
11 |
|
***7105** |
54,06 |
12 |
3. Determinar las condiciones de funcionamiento de la bolsa de empleo según se establece en las bases específicas del proceso de selección de fecha de publicación en el BOIB de 6 de marzo de 2025:
a) Esta bolsa específica es preferente a las bolsas ordinarias y tendrá una vigencia de tres años desde la publicación de la resolución de su constitución.
b) Cuando se produzca una vacante en la categoría se ofrecerá el puesto de trabajo a la primera persona de la lista. Las citaciones se realizarán vía telefónica. Si en 24 horas no se consigue localizar al/la candidato/a se pasará a la persona siguiente por estricto orden de prelación.
c) Son causas de no exclusión de la bolsa de trabajo:
d) Estas circunstancias tendrán que justificarse adecuadamente para que conste su situación de no disponibilidad que se mantendrá hasta que el interesado manifieste por escrito (en un plazo no superior a diez días) el cambio en su situación haciendo uso de la cuenta de correo electrónico seleccion@fundaciobit.org, indicado la referencia del proceso de selección. La falta de comunicación en el plazo establecido determina pasar al último lugar de la lista.
e) Los/as integrantes de la bolsa de trabajo pueden renunciar en cualquier momento a formar parte de la bolsa. Para renunciar tendrán que remitir escrito al departamento de Recursos Humanos de la Fundació Bit manifestando claramente la intención de no formar parte de la bolsa.
f) Cuando una persona seleccionada mediante este sistema de bolsa cese en el puesto de trabajo, salvo que sea por renuncia voluntaria o por no haber superado el periodo de prueba, se reincorporará nuevamente a la bolsa de trabajo con el mismo orden de prelación que tenía.
4. Publicar la presente resolución en el BOIB, en la web de la Fundació Bit https://www.fundaciobit.org y en el tablón de anuncios en las oficinas de la Fundació Bit.
Interposición de recursos:
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de esta resolución, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer ningún recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social, sin perjuicio que se pueda presentar una reclamación ante el órgano que dicta esta resolución.
Palma, en la fecha de la firma (17 de octubre de 2025)
El vicepresidente Sebastián González Cardalliaguet