Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 758276
Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se revocan las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1, 2 y 3)
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Hechos
1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB núm.125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022); y modificada por la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 21 de marzo de 2024 (BOIB núm.41, de 26 de marzo de 2024).
2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Propuesta en el marco de la convocatoria para instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable.
3. Las personas o entidades que figuran en el Anexo han aportado la documentación requerida para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.
4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación aportada y han emitido informe desfavorable a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación que figura en este anexo.
Fundamentos de derecho
1. El consejero de Empresa, Autónomos y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de las Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.
2. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3. El Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
5. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004 ).
6. El Real decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas ya las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de varios programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.
7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB núm. 125, de 11 de septiembre de 2021).
8. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB núm. .137, de 22 de octubre de 2022).
9. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
10. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector de servicios y otros sectores productivos de la economía, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector de servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo «NextGenerationEU» (BOIB núm.41, de 26 de marzo de 2024)
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Empresa, Autónomos y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que en él se indican.
2. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el anexo con cargo a la partida presupuestaria que también se indica.
3. Declarar concluido el procedimiento y, por tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.
4. Publicar esta Propuesta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Contra esta Propuesta de resolución puede alegar lo que considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que está conforme con el contenido de la Propuesta.
Palma, 16 de octubre de 2025
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez
ANEXO Lista de beneficiarios propuestos para revocarles la subvención (NEXTG123)
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Núm. Expediente |
Solicitante |
NIF |
Partida presupuestaria |
Tipo de inversión |
Importe subvención (€) |
CONCE |
Motivo de revocación |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
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NEXTG123-549/2021 |
AROJA VERMOGENSVERWALTUNG KG |
***6410** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR02 |
Instalación FV de 23.1 kWp y sistema de almacenamiento de 46.2 kWh |
22.372,35 |
0000000359 |
Se considera que una persona física o jurídica realiza alguna actividad económica por la que ofrece bienes y/o servicios en el mercado cuando está dada de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. El certificado de situación censal presentado no certifica que la entidad esté inscrita en el censo, por lo que se considera incumplidos los requisitos del punto según la convocatoria, el artículo 11 del RD477/2021 y el artículo 8 punto 1 f) de la Orden HFPF 1030/2021. |
|
NEXTG123-966/2021 |
RP GLOBAL IT SOLUTIONS 24 SL |
***1181** |
2025/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV de 8.505 kWp |
4.546,77 |
0000009135 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existen tres justificantes de pago con fecha 28 de junio de 2022, 27 de julio de 2022 y 19 de septiembre de 2022, siendo esto anterior al registro de la solicitud de día 21 de septiembre de 2022. |
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NEXTG123-1201/2021 |
AF FONERS SL |
***9028** |
2025/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV de 16.38 kWp |
5.217,03 |
0000016717 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, la factura 430/22 y la factura 446/22 tienen fecha 17 de noviembre de 2022 y 30 de noviembre de 2022, siendo esto anterior al registro de la solicitud de día 16 de diciembre de 2022. Por otra parte las facturas se han emitido a nombre de una empresa que no es el titular de 3.2 apartado c de la convocatoria. |
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NEXTG123-1228/2021 |
DISTRIBUCIONES ANGA SL |
***1462** |
2025/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV de 9.81 kWp |
5.244,43 |
0000003221 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existen dos facturas: la SA22-0034 de día 23 de noviembre de 2022 y la SH22-0066 de día 23 de noviembre de 2022, siendo esto anterior al registro de la solicitud de día 26 de diciembre de 2022. |
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NEXTG123-1235/2021 |
DISTRIBUCIONES ANGA SL |
***1462** |
2025/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV de 21.8 kWp |
6.943,30 |
0000003222 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existen dos facturas: la SA22-0033 de día 23 de noviembre de 2022 y la SH22-0065 de día 23 de noviembre de 2022, acompañadas de dos justificantes de pago de día 25 de octubre de 2022 y de día 23 de noviembre de 2022, siendo esto 2022. |
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NEXTG123-1298/2021 |
EXPLOT. HOTELERAS GAMUNDI |
***4603** |
2025/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV de 27.6 kWp |
8.790,60 |
0000003238 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, un justificante de pago de día 7 de diciembre de 2022, siendo esto anterior al registro de la solicitud de día 23 de enero de 2023. |
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NEXTG123-1310/2021 |
AGROVER SAT NÚM 8217 |
***4075** |
2025/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV de 108 kWp con reto demográfico |
24.267,60 |
0000015094 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe una factura F000099 que tiene fecha 30 de diciembre de 2022, acompañada de un justificante de pago de día 21 de junio de 2022 y un segundo justificante de día 3 de mayo de 2022, siendo esto anterior al registro de la solicitud de día 25 de enero de 2023. |
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NEXTG123-1661/2021 |
SANS GAYÁ HERMANOS SL |
***6143** |
2025/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV de 118.8 kWp |
31.143,42 |
0000020191 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existen tres facturas: la F0807 con fecha 17 de diciembre de 2022, la F0811 con fecha 26 de enero de 2023 y la F0817 con fecha 2 de abril de 2023, acompañadas de tres justificantes de pago, todos ellos con fecha anterior al registro de la solicitud de día 1. |
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NEXTG123-1835/2021 |
SON LIFE SL |
***4713** |
2025/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV de 8.28 kWp |
3.430,00 |
0000016762 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe una factura F101 que tiene fecha 23 de noviembre de 2022 y una segunda factura F2 que tiene fecha 2 de enero de 2023, acompañadas de seis justificantes de pago, todos ellos con fecha anterior al registro de la solicitud de día 27 de julio de 2023. |
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NEXTG123-2010/2021 |
HUGO ALCIDES SAUVAGE VALENTIN |
***6422** |
2025/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV de 11 kWp |
3.000,00 |
0000015252 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe una factura que tiene fecha 5 de octubre de 2023 acompañada de un justificante de pago de día 3 de octubre de 2023, siendo esto anterior al registro de la solicitud de día 16 de noviembre de 2023. |
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NEXTG123-2025/2021 |
NAUTILUS SA |
***2476** |
2025/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV de 23.8 kWp |
7.580,30 |
0000015255 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe una factura de día 20 de noviembre de 2023, siendo esto anterior al registro de la solicitud de día 27 de noviembre de 2023. |
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NEXTG123-2104/2021 |
CASA GALLEGA ALCUDIA SL |
***2131** |
2025/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV de 13.2 kWp |
4.012,78 |
0000015268 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe una factura, la F920/2023 que tiene fecha 4 de diciembre de 2023 acompañada de un justificante de pago uno de día 11 de diciembre de 2023, siendo esto anterior al registro de la solicitud de día 19 de diciembre de 2023. |