Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 757967
Decreto de presidencia de actualización de los miembros de la Comisión Antifraude del Consell Insular de Formentera
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Se hace público el decreto de presidencia, de 9 de octubre de 2025, del tenor literal siguiente:
(...)
DECRETO DE PRESIDENCIA
ACTUALIZACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ANTIFRAUDE DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA
El Sr. ÓSCAR PORTAS JUAN, Presidente y Conseller de Interior del Consell Insular de Formentera.
Esta resolución se dicta en lengua castellana en lugar de en lengua catalana, legua oficial de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears y por ende del propio Consell Insular de Formentera, al tener efectos fuera del territorio de la propia comunidad autónoma.
El Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020 la creación del programa Next Generation EU, un instrumento de estímulo económico en respuesta a la crisis causada por el coronavirus. El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), establecido a través del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, es el núcleo de este Fondo de Recuperación.
El MRR tiene cuatro objetivos:
Para lograr estos objetivos, cada Estado miembro ha diseñado un Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia que incluye las reformas y proyectos de inversión necesarios para lograr estos objetivos. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español (de ahora en adelante PRTR) tiene cuatro ejes transversales que se vertebran en manantial políticas palanca.
Estos cuatro ejes son:
Para hacer efectivas las iniciativas planteadas al PRTR, las Administraciones Públicas tienen que adaptar los procedimientos de gestión y el modelo de control. Algunas medidas de agilización se establecieron mediante el Real decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, mediante el cual se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Además, hacía falta la configuración y el desarrollo de un sistema de gestión que facilitara la tramitación eficaz de las solicitudes de desembolso a los servicios de la Comisión Europea. Por eso se aprobó la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la cual se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Entre las previsiones de la Orden HFP/1030/2021, del 29 de septiembre, destaca la obligación que impone y desarrolla el artículo 6 que, con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones que el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el cual se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, impone a España, en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión como beneficiario de los fondos del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, y a toda entidad, decisora o ejecutora, que participa en la ejecución de las medidas del Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia a disponer de un «Plan de medidas antifraude» que permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en cuanto a la prevención, la detección y la corrección del fraude, corrupción y conflictos de intereses.
En cumplimiento de este mandato, el Consell Insular de Formentera (CIF), por acuerdo de la Comisión de Gobierno, aprobó en fecha 24/02/2022 los siguientes documentos: declaración institucional, código ético y declaración de ausencia de intereses, la firma de los cuales era necesaria por la elaboración del plan antifraude del Consell Insular de Formentera. Así mismo, también se constituyó la Comisión Antifraude del CIF, mediante Decreto de Presidencia de fecha 15 de febrero de 2022, modificado en fecha 3 de octubre 2022.
Finalmente, el día 1 de abril de 2022 se aprobó por la Comisión de Gobierno de la corporación, el Plan de medidas antifraude, publicado en el BOIB día 3 de mayo de 2022, que gestiona los proyectos financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Su objeto define las principales acciones que se tienen que adoptar para evitar el mal uso o el fraude a los recursos financieros del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el fin de prevenir, detectar y establecer medidas correctoras para que los recursos financieros procedentes de la Unión Europea no se malgasten y cumplan con los importantes fines para los cuales se han asignado.
Este plan, se configura como un instrumento de planificación vivo y flexible, en la medida que se puede ir modificando conforme puedan dictarse instrucciones, normativa o guías para la elaboración de estos planes de medidas antifraude, así como pretende estar en continua revisión en relación con cada una de las actuaciones planteadas en la lucha contra el fraude para perfeccionarlas. Este plan se estructura de acuerdo con las medidas que el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, determina alrededor de las cuatro áreas clave del llamado ciclo antifraude:
y se aplica, exclusivamente, a las actuaciones que lleve a cabo este organismo para la ejecución de los fondos del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, dentro de sus obligaciones establecidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Atendido a que se aprobó en el pleno de 26 de octubre de 2023, debido a la entrada en vigor de la Orden HFP 55/2023, la actualización del Plan de medidas Antifraude, la actualización los documentos que lo componen y la actualización de los miembros de la Comisión Antifraude, así como sus nombramientos y que, debido a cambios en la estructura interna del Consell Insular de Formentera, se precisa una modificación sustancial de los miembros de los miembros de la Comisión Antifraude.
Por todo esto, y en virtud de las competencias que tiene atribuidas esta Presidencia, según el Decreto de presidencia, de fecha 27 de diciembre de 2024 en relación en los artículos 21.1.r, 131 y 133.3 de la Ley 4/2022, 28 de junio, de consejos insulares, sobre organización de los servicios públicos, y del resto de normativa aplicable, como labra el ROC, artículo 90.3
HE RESUELTO
Primero.- NOMBRAR a las siguientes personas, como nuevos miembros de la Comisión antifraude del CIF, modificándose así, parcialmente la Resolución de presidencia, de fecha 1/09/2023, en cuanto a su punto segundo, en lo referente al nombramiento de miembros de la Comisión Antifraude:
Segundo.- Publicar el presente Decreto de presidencia, en la web de la corporación, www.conselldeformentera.cat y a en su tablón de anuncios.
Tercero.- Publicar el Decreto de Presidencia presente, en el portal de transparencia de la corporación.
Cuarto.- Publicar este Decreto de Presidencia, en el Butlletí Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Quinto.- Dar cuenta al Pleno del Consell Insular de Formentera de este Decreto de Presidencia, en su próxima sesión.
Sexto.- Dar cuenta de este Decreto de Presidencia a las personas interesadas, mencionadas en su punto Primero.
(...)
La cual cosa se hace público para general conocimiento
Formentera, en fecha de firma electrónica (17 de octubre de 2025)
El presidente Óscar Portas Juan