Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 754137
Notificación informe / propuesta / resolución de modificación de concesión a los beneficiarios de las ayudas, exp. 014, de fecha 14 de octubre de 2025, al amparo del Acuerdo por el que se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2024, de ayudas de minimis al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en2 Mallorca. EDLNP32020_1, para el año 2020
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Acuerdo por el que se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2022, de ayudas de minimis al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Mallorca.
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, en fecha 14/10/2025, firmó la siguiente resolución
«INFORME / PROPUESTA / RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida: 19.2 Apoyo a la implementación de operaciones incluidas en las EDL No Programats Mallorca
Convocatoria: EDLNP32024_1
Exp: EDLNP32024_1/014
Código SIA: 3110339
Emisor (DIR3): A04026954
Antecedentes
1.En fecha de 18 de mayo de 2024 se publicó, en el BOIB núm. 66, el Acuerdo por el que se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2024, de ayudas al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Mallorca.
2. En fecha 7 de junio de 2025 en el BOIB núm 72 se notificó la resolución de concesión del vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA de día 30 de mayo de 2025 de las ayudas para el apoyo a la implementación en las operaciones incluidas los EDL, entre los que está como beneficiario la entidad los SCL CAMP EDLNP32024_1/014. Se concedió la ayuda por un importe total de VEINTICINCO MIL CIENTO-CUATRO EUROS (25.104,00 €) por el proyecto presentado, cofinanciado en un 80,00% por el FEADER, en un 6,00% por la AGE y con un 14,00% por la CAIB y con un plazo de ejecución hasta 1 de octubre de 2025.
3. En fecha 30 de septiembre de 2025 con NRGE 693872/2025, y dentro del plazo de justificación de la realización y el pago de las acciones subvencionables, SR. MIQUEL GUAL PONS con NIF ***0465**, en nombre y representación de la entidad SCL CAMP MALLORQUI, presentó solicitud de prórroga del plazo de ejecución dado que la empresa que ha desarrollado el proyecto hace entrega del informe final la primera semana de octubre. Debido a todo lo anterior el beneficiario solicita una prórroga hasta el 31 de octubre de 2025 para finalizar las actuaciones y cumplimentar la documentación justificativa para la solicitud de pago.
4. El apartado undécimo de la Resolución de la convocatoria establece que la actuación subvencionada deberá estar realizada y pagada por la persona beneficiaria en el período comprendido entra la fecha de comienzo del período de elegibilidad previsto en el apartado cuarto de la Resolución de la convocatoria y el plazo previsto en el punto 1 del mismo apartado, que será también el especificado en la resolución de concesión de la ayuda. El FOGAIBA puede acordar la ampliación del plazo establecido para justificar siempre que se solicite de forma previa a que finalice el período de ejecución y cuando no perjudique derechos de terceras personas ni la ejecución del PDR. El acuerdo de ampliación debe notificarse individualmente a la persona interesada y no es susceptible de recurso.
5. La resolución de concesión se notificó el 7 de junio de 2025, y el plazo máximo para ejecutar y justificar las actuaciones era hasta el 1 de octubre de 2025. 6. Dado que la solicitud de prórroga se ha presentado antes del vencimiento del plazo de ejecución y pago de las actuaciones subvencionables y está debidamente motivada, debe concederse la prórroga solicitada. El plazo máximo previsto en la convocatoria para ejecutar y justificar las actuaciones objeto de la convocatoria es el 31 de octubre de 2025.
Fundamentos de derecho
1. Acuerdo por el que se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2024, de ayudas al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Mallorca y de su modificación publicada en el BOIB núm 47 de 17 de abaril de 2025.
2. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
Propuesta de modificación de resolución de concesión
Por todo ello, se informa favorablemente y propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Autorizar la prórroga de ejecución y pago del proyecto hasta el 31 de octubre de 2025 a la entidad SCL CAMP MALLORQUI con NIF F07095896 y expediente número EDLNP32022_1/014.
2. Notificar esta resolución a la persona interesada.
3. Esta resolución no será susceptible de recurso.
La jefa de la Sección I Mª Àngels Pérez Ribas
Conforme con la propuesta, dicto resolución
El vicepresidente del FOGAIBA Fernando Fernandez Such»
Palma, en fecha de firma digital (16 de octubre de 2025)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni