Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
Núm. 753577
Bases para la concesión de ayudas a los estudiantes universitarios curso 2025-2026 (Código BDNS 862892)
Versión PDF
La sra. alcaldesa ha dictado la siguiente:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA (2025-0713, de 16/10/2025)
1. Dado que el Ayuntamiento de Algaida quiere dar apoyo económico a los estudiantes del municipio de Algaida que cursen estudios universitarios durante el curso 2025-2026, mediante la convocatoria de ayudas de 180,00 € cada una, y así conseguir que estas ayudas económicas puedan servir de complemento y promoción para los estudiantes del municipio, y al mismo tiempo, incentivar y facilitar invertir en la educación de nuestros jóvenes y al mismo tiempo en la mejora de nuestro municipio.
2. Dado que en el vigente presupuesto de gastos municipal se ha previsto la consignación presupuestaria adecuada para poder llevar a cabo la actividad de fomento antes referida (aplicación presupuestaria 2025/01/326/48600).
3. De acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, que la desarrolla y en ejercicio de las competencias que me atribuye la Ley de Bases de régimen local,
HE RESUELTO
1. Convocar la concesión de ayudas económicas de 180,00 € cada una, que pueden servir de complemento y promoción para los estudiantes del municipio de Algaida que cursen estudios universitarios durante el curso 2025-2026.
2. Aprobar las Bases que regirán la concesión de ayudas económicas durante el curso 2025-2026, destinadas a los estudiantes del municipio de Algaida que cursen estudios universitarios.
3. Autorizar el gasto máximo previsto por esta convocatoria (15.000,00 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 2025/01/326/48600.
4. Publicar esta resolución en la sede electrónica del Ayuntamiento de Algaida, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Alcaldesa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de 1 de octubre. También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Así lo manda y firma la alcaldesa, en la fecha de la firma electrónica que consta en este documento. Y yo, como secretaria, lo firmo a los únicos efectos de dar fe pública prevista en el art. 3.2.h) del RD 128/2018.
Algaida, documento firmado electrónicamente (17 de octubre de 2025)
La alcaldesa Margarita Fullana Arrom
BASES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LOS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS CURSO 2025-2026
1. OBJETO
1. El Ayuntamiento de Algaida sabe que un municipio que facilita e incentiva que sus miembros puedan alcanzar niveles formativos superiores, es un municipio rico porque invierte en cultura y futuro: en los futuros gestores que tendrá nuestra sociedad.
2. Se entiende por subvención toda disposición dineraria realizada por el Ayuntamiento de Algaida, a favor de personas públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos:
a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario de cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
c) Que el proyecto, acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
3. Por este motivo, la Alcaldía convoca para el curso 2025-2026 ayudas económicas de 180,00 € cada una que pueden servir de complemento y promoción para los estudiantes del municipio que cursen estudios universitarios.
2. RÉGIMEN APLICABLE
La presente convocatoria se somete a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y al Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que la desarrolla .
Esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. También se encontrará a disposición de todas las personas interesadas en la sede electrónica del Ayuntamiento de Algaida ( http://ajalgaida.sedelectronica.es ).
3. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA
El presupuesto máximo que se destinará para la concesión de las ayudas reguladas en las presentes bases reguladoras será de quince mil euros (15.000,00 €), con cargo al vigente presupuesto municipal 2025, aplicación presupuestaria 2025/01/326/48600.
La cuantía de las ayudas económicas será de 180,00 € por solicitante, independientemente de los grados universitarios que se cursen.
En caso de que el total de ayudas supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas.
4. CONDICIONES GENERALES DE LOS SOLICITANTES
Podrán acogerse a esta convocatoria los estudiantes empadronados en el municipio de Algaida, que cursen estudios universitarios durante el curso 2025-2026, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar empadronados en el municipio de Algaida (el Ayuntamiento lo comprobará de oficio).
b) Cursar los estudios citados durante el curso 2025-2026.
c) Estar matriculado, como mínimo, en 30 créditos ECTS del grado universitario para el que se solicite la subvención.
d) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social.
e) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos fijados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
No son subvencionables los estudios de máster o posgrado universitarios, ni los ciclos formativos de grado medio ni de grado superior.
No podrán resultar beneficiarios de la subvención aquellos solicitantes que justifiquen un gasto en concepto de matrícula inferior a 180,00 euros.
5. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Algaida, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Algaida o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los solicitantes de la subvención deberán adjuntar a la solicitud (modelo 1) la siguiente documentación:
a) Identificación de quien suscribe la solicitud y del carácter con que lo hace, mediante fotocopia de su DNI, NIF u otro documento acreditativo.
b) Identificación de quien será el beneficiario mediante fotocopia de su DNI, NIF u otro documento acreditativo.
c) Declaración responsable por parte del beneficiario, si es mayor de edad, de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En caso de ser menor de edad la declaración deberá ser firmada por el padre, madre o tutor legal (modelo 2)
d) Declaración responsable del beneficiario, si es mayor de edad, de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y de cumplir los requisitos fijados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. En caso de ser menor de edad, la declaración deberá ser firmada por el padre, madre o tutor legal (modelo 2).
e) Certificado de matrícula de los estudios del curso 2025-2026 para los que solicita la ayuda junto con el justificante bancario de pago. Se aceptará también copia de la matrícula.
f) Datos de la cuenta bancaria a la que debe transferirse el importe de la subvención que eventualmente se pudiera conceder (modelo 3).
En caso de ser menor de edad, la solicitud deberá ser firmada por padre, madre o tutor legal.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
La presentación de la solicitud supone la aceptación de las condiciones reguladas en las presentes bases reguladoras.
La falta de presentación de alguno de los documentos exigidos, o la falta de complementación dentro del plazo de subsanación de solicitudes que, en su caso, pueda concederse a los interesados, podrá dar lugar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, a tenerlo por desistido de la solicitud presentada.
6. RÉGIMEN DE LAS AYUDAS
La concesión de la subvención se realizará mediante el régimen de concurrencia no competitiva. Sólo podrán obtener subvención aquellos solicitantes que, reuniendo los requisitos exigidos, cumplan las condiciones señaladas en la base 4.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y una vez revisadas éstas por el órgano instructor, se expondrá la lista provisional de admitidos para participar en el procedimiento así como las reseñas de las solicitudes que tengan algún defecto o deban ser subsanadas.
Si la solicitud y/o documentación presentada tiene ningún defecto, falta alguna documentación o quieren hacerse alegaciones, la persona interesada dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la lista provisional, para hacer las enmiendas que correspondan. Transcurrido este plazo sin haber efectuado las enmiendas o adjuntar la documentación requerida, se considerará que desiste de su petición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Pasado el plazo para la subsanación de documentación o presentación de alegaciones y una vez resueltas éstas por el órgano colegiado, el órgano instructor publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos para participar en el procedimiento.
En caso de que el total de ayudas que deban concederse supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas.
Las ayudas objeto de esta convocatoria son incompatibles con las ayudas convocadas para desplazamiento por la Consejería de Educación y Universidades.
7. COMISIÓN DE VALORACIÓN
Para la valoración de las solicitudes se constituirá una comisión de valoración, que estará compuesta por:
Presidencia: Margarita Comas Cozcolluela, tesorera de la Corporación, o persona en quien delegue.
Vocales:
1. Laura Bennàsar, técnica de la Corporación, o persona en quien delegue.
2. Maria Antònia Palou Rosselló, técnica de la Corporación, o persona en quien delegue.
Secretaria con voz y voto: Ariadna Casablanca Garcia, secretaria de la Corporación, o persona en quien delegue.
Corresponde a la comisión de valoración formular su propuesta de resolución. La propuesta, que no tendrá carácter vinculante, deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes para quienes se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, expresando los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
8. RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
El órgano competente para resolver el procedimiento es la Alcaldesa del Ayuntamiento de Algaida, que deberá dictar y notificar a los interesados la resolución del procedimiento en el plazo máximo de tres meses a contar desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Los actos de trámite del presente procedimiento, así como la resolución del mismo, se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Algaida http://ajalgaida.sedelectronica.es
10. FACULTADES DE LA INTERVENCIÓN MUNICIPAL PARA GARANTIZAR LA ADECUADA JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
Para ejercer el control, la Intervención municipal tendrá las siguientes facultades:
a) El libre acceso a la documentación objeto de comprobación.
b) La obtención de copia o retención de las facturas, documentos equivalentes o sustitutivos y de cualquier otro documento relativo a las operaciones a las que se deduzcan indicios de la incorrecta obtención, disfrute o destino de la subvención.
La negativa al cumplimiento de esta obligación se considerará resistencia, excusa, obstrucción o negativa a los efectos previstos en el artículo 37 de la Ley 30/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponderle.
10. PUBLICACIÓN
Esta Resolución tiene que publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears. También se encontrará a disposición de todas las personas interesadas en la sede electrónica del Ayuntamiento de Algaida ( http://ajalgaida.sedelectronica.es )
Algaida, documento firmado electrónicamente (17 de octubre de 2025)
La alcaldesa Margarita Fullana Arrom
MODELO 1. SOLICITUD PARA OPTAR A LAS AYUDAS PARA ESTUDIOS UNIVERSITARIOS
NOMBRE Y APELLIDOS ……………………………………..............….............................................DNI………...….......................
C/…………………………........................................núm……….pis…….lleva…….cp……..Localidad…….........................................
Teléfono…………………………………….............................Dirección electrónica………………........................................................
REPRESENTANTE (para estudiantes menores de edad)
NOMBRE Y APELLIDOS ………..........................................……..................................................DNI ………..….………..................
COMPARECE Y EXPONE:
1. Que me he enterado de la de la “Convocatoria de concesión de ayudas para los estudiantes del municipio de Algaida, que cursen estudios universitarios durante el curso 2025-2026”
2. Que mi (o mi) hijo/ao pupilo/a cumple los requisitos establecidos en la convocatoria para gozar de la mencionada subvención municipal (en caso de estudiante menor de edad) / Que cumpliendo los requisitos establecidos en la convocatoria para gozar de la mencionada subvención municipal (en caso de estudiante mayor de edad)
3. Que de acuerdo a la convocatoria presente la siguiente documentación:
a) Identificación de quien suscribe la solicitud y del carácter con que lo hace, mediante fotocopia de su DNI, NIF u otro documento acreditativo.
b) Identificación de quien será el beneficiario mediante fotocopia de su DNI, NIF u otro documento acreditativo.
c) Declaración responsable por parte del beneficiario, si es mayor de edad, de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En caso de ser menor de edad, la declaración deberá ser firmada por el padre, madre o tutor legal (modelo 2).
d) Declaración responsable del beneficiario, si es mayor de edad, de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y de cumplir los requisitos fijados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. En caso de ser menor de edad, la declaración deberá ser firmada por el padre, madre o tutor legal (modelo 2).
e) Certificado de matrícula de los estudios del curso 2025-2026 para los que solicita la ayuda junto con el justificante bancario de pago. Se aceptará también copia de la matrícula.
f) Datos de la cuenta bancaria a la que debe transferirse el importe de la subvención que eventualmente se pudiera conceder (modelo 3).
POR EL QUE COSO SOLICITA:
Que previos los trámites que correspondan, le sea concedida la ayuda económica objeto de la convocatoria.
Algaida, en ………de…………………………………….de 2025
Firma (En caso de ser menor de edad, la solicitud deberá ser firmada por el padre, madre o tutor legal)
Sus datos personales serán usados para nuestra relación y poder prestarle nuestros servicios. Estos datos son necesarios para poder relacionarnos con usted, lo que nos permite el uso de su información dentro de la legalidad. Asimismo, podrán tener conocimiento de su información aquellas entidades que necesiten tener acceso a la misma para que podamos prestarle nuestros servicios. Conservaremos sus datos durante nuestra relación y mientras nos obliguen a las leyes aplicables. En cualquier momento puede dirigirse a nosotros para saber qué información tenemos sobre usted, rectificarla si fuese incorrecta y eliminarla una vez finalizada nuestra relación. También tiene derecho a solicitar el traspaso de su información a otra entidad (portabilidad). Para solicitar alguno de estos derechos, deberá realizar una solicitud escrita en nuestra dirección, junto con una fotocopia de su DNI: AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA, CALLE DEL REY 6, CP 07120, ALGAIDA (Illes Balears). En caso de que entienda que sus derechos han sido desatendidos, puede formular reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).
MODELO 2: DECLARACIÓN RESPONSABLE
NOMBRE Y APELLIDOS ……………………………………..............….....................................DNI………...…...................................
C/…………………………..............................................núm……….pis…….lleva…….cp……..Localidad…….......................................
Teléfono……………………………………. Dirección electrónica………………......................................................................................
REPRESENTANTE (para estudiantes menores de edad)
NOMBRE Y APELLIDOS ………..........................................…….................................................... DNI ………..….………..................
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
1. Que estoy empadronado en el municipio de Algaida
2. Que mi (o mi) hijo/ao pupilo/la.................................................................................. está empadronado/a en el municipio de Algaida
3. Que me encuentro al corriente del cumplimiento de mis obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
4. Que no me encuentro incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y también que cumplo los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Lo que se hace constar a efectos de concesión de una subvención por parte del Ayuntamiento de Algaida a efectos del artículo 24 del RD 887/2006 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de General de Subvenciones 38/2003.
Algaida, ....….. de …....………………de 2025
Firma (En caso de menor de edad la declaración deberá ser firmada por padre, madre o tutor legal)
Sus datos personales serán usados para nuestra relación y poder prestarle nuestros servicios. Estos datos son necesarios para poder relacionarnos con usted, lo que nos permite el uso de su información dentro de la legalidad. Asimismo, podrán tener conocimiento de su información aquellas entidades que necesiten tener acceso a la misma para que podamos prestarle nuestros servicios. Conservaremos sus datos durante nuestra relación y mientras nos obliguen a las leyes aplicables. En cualquier momento puede dirigirse a nosotros para saber qué información tenemos sobre usted, rectificarla si fuese incorrecta y eliminarla una vez finalizada nuestra relación. También tiene derecho a solicitar el traspaso de su información a otra entidad (portabilidad). Para solicitar alguno de estos derechos, deberá realizar una solicitud escrita en nuestra dirección, junto con una fotocopia de su DNI: AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA, CALLE DEL REY 6, CP 07120, ALGAIDA (Illes Balears). En caso de que entienda que sus derechos han sido desatendidos, puede formular una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos ( www.agpd.es ).
MODELO 3 .COMUNICACIÓN DE CUENTA BANCARIA A EFECTOS DE PAGOS DEL AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
|
SOLICITANTE (Estudiante) |
Nº. DNI/NIE |
|
|
Domicilio social (calle, número, piso puerta) |
Municipio |
|
|
Código Postal |
Población |
Teléfono |
|
Teléfono móvil |
|
Dirección electrónica |
|
REPRESENTADO/A POR (padre, madre o tutor/a) |
||
|
Linajes y nombre |
Nº. DNI/NIE/Pasaporte |
|
|
Dirección (calle, número, piso puerta) |
Municipio |
|
|
Código Postal |
Población |
Teléfono |
|
Teléfono móvil |
|
Dirección electrónica |
Comunica al Ayuntamiento, a efectos de los pagos que deba recibir las siguientes
DATOS BANCARIOS
|
Entidad |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Entitat |
Oficina |
DC |
Número de compte |
IBAN
(firma)
Diligencia de conformidad de la Entidad Bancaria:
Los datos antecedentes coinciden con las que constan en esta oficina
El Director
Firmado:
(Fecha, Firmado y Sellado)
Sus datos personales serán usados para nuestra relación y poder prestarle nuestros servicios. Estos datos son necesarios para poder relacionarnos con usted, lo que nos permite el uso de su información dentro de la legalidad. Asimismo, podrán tener conocimiento de su información aquellas entidades que necesiten tener acceso a la misma para que podamos prestarle nuestros servicios. Conservaremos sus datos durante nuestra relación y mientras nos obliguen a las leyes aplicables. En cualquier momento puede dirigirse a nosotros para saber qué información tenemos sobre usted, rectificarla si fuese incorrecta y eliminarla una vez finalizada nuestra relación. También tiene derecho a solicitar el traspaso de su información a otra entidad (portabilidad). Para solicitar alguno de estos derechos, deberá realizar una solicitud escrita en nuestra dirección, junto con una fotocopia de su DNI: AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA, CALLE DEL REY 6, CP 07120, ALGAIDA (Illes Balears). En caso de que entienda que sus derechos han sido desatendidos, puede formular reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).