Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEAPRTAMENTO DE HACIENDA, INNOVACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 752757
Modificación de la plantilla del Consejo Insular de Mallorca correspondiente al año 2025 (2025.3)
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El Pleno del Consejo de Mallorca, en fecha 11 de septiembre de 2025, aprobó inicialmente el expediente de modificación de la plantilla de la Corporación para el año 2025, que fue expuesto al público durante quince días hábiles, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº. 126 de día 20 de septiembre de 2025. El texto del acuerdo tomado es el siguiente:
“La vigente plantilla del Consejo de Mallorca, fue aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria de día 18 de diciembre de 2024, publicada en el BOIB nº. 167, de 21 de diciembre de 2024.
Con posterioridad han sido aprobadas las dos modificaciones de plantilla siguientes:
Actualmente se tramita otra modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Consejo de Mallorca (expediente 1295082A), que afecta al servicio de Bomberos de Mallorca, de la Dirección Insular de Emergencias del Departamento de Hacienda, Innovación y Función Pública.
La propuesta en trámite prevé la creación de una nueva rama dentro del organigrama del Servicio de Bomberos de la Dirección Insular de Emergencias, consistente en la creación del Parque de Santanyí, así como la dotación de personal del mencionado parque mediante la creación de dos nuevos puestos de trabajo:
Hay que decir que a fecha de hoy la propuesta anterior ya ha sido aprobada por el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca en fecha 30 de julio de 2025 (BOIB nº. 102, de 2 de agosto)
Resulta necesaria pues, la tramitación de una modificación de la plantilla de personal de acuerdo con la modificación de la RPT anterior, que no puede ser aplazada en el ejercicio presupuestario siguiente.
Así, la memoria suscrita por la directora insular de Función Pública propone la creación de las siguientes plazas con motivo de la creación del Parque de Bomberos de Santanyí:
Dado que el presupuesto vigente cuenta con crédito adecuado y suficiente para hacer frente al gasto previsto a la propuesta de modificación puntual de la plantilla, que propone la creación de veinticuatro puestos de trabajo, según el informe emitido por el jefe de administración económica.
Visto aquello que en relación al procedimiento para la aprobación de la modificación de la plantilla prevé el artículo 112 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 169 del Real decreto legislativo 2/2004 de 5 marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en aplicación del artículo 126.3 del Real decreto legislativo 781/1986 de 18 de abril.
Vistos los informes a la propuesta emitidos por el jefe del Servicio Técnico de Recursos Humanos, por el jefe del Servicio de Administración Económica de la Dirección Insular de Función Pública y con la fiscalización de conformidad del Servicio de Intervención General
El consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública del Consejo Insular de Mallorca eleva al Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:
Primero. APROBAR inicialmente la modificación de la vigente plantilla del Consejo de Mallorca para el año 2025, con efectos del día siguiente en el de la publicación en el BOIB de este acuerdo, en los términos que se recogen a continuación.
PLANTILLA PRESUPUESTARIA PERSONAL FUNCIONARIO CREACIÓN DE NUEVAS PLAZAS
Donde dice:
1-Escala de administración especial
Subescala servicios especiales
Clase extinción de incendios
| Especialidad | Grupo | Total |
| Bombero-a conductor-a | C1 | 229 |
2-Escala de administración especial
Subescala servicios especiales
Clase extinción de incendios
| Especialidad | Grupo | Total |
| Cabo | C1 | 49 |
Debe decir:
1-Escala de administración especial
Subescala servicios especiales
Clase extinción de incendios
| Especialidad | Grupo | Total |
| Bombero-a conductor-a | C1 | 249 |
2-Escala de administración especial
Subescala serveis especials
Classe extinción de incendios
| Especialidad | Grupo | Total |
| Cabo | C1 | 53 |
Segundo. Este acuerdo aprobatorio será considerado como definitivo si no se producen reclamaciones en contra durante el plazo de exposición pública de 15 días hábiles contadores del día siguiente de la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que dispone el artículo 112.3 de la ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y también al arte. 169 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. ”
Transcurrido el plazo de exposición pública sin que se haya presentado ninguna reclamación ni sugerencia, vista la certificación emitida por el Secretario General del Consejo de Mallorca en fecha 15 de octubre de 2025, se entiende aprobado definitivamente el acuerdo anterior, según prevé el artículo 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 169 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Contra este acuerdo de aprobación definitiva, que agota la vía administrativa, los interesados legitimados en qué se refiere el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, pueden interponer el recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. No obstante el anterior, podéis ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que consideráis pertinente.
Palma, a la fecha de la asignatura electrónica (16 de octubre de 2025)
El consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022. BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Angel Bosch Sans