Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA - PALMAACTIVA-

Núm. 739557
PalmaActiva – Extracto de la convocatoria del II Concurso de Escaparates y Decoración Navideña de Establecimientos Comerciales y Puestos en Mercados Municipales de la ciudad de Palma, 2025 (Publicado extracto en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, ID 859554)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por resolución de gerencia número 473, de día 10 de octubre de 2025, se aprobaron las bases y la convocatoria del II Concurso de Escaparates y Decoración Navideña de Establecimientos Comerciales y Puestos en Mercados Municipales de la ciudad de Palma, 2025.

De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la web de PalmaActiva (www.palmaactiva.com).

Primero. Objeto

Promover y dinamizar el comercio local de Palma durante la campaña de Navidad 2025, mediante la concesión de premios a los mejores montajes y decoraciones navideñas en dos modalidades:

  • Modalidad A: escaparates y/o fachadas de establecimientos comerciales a pie de calle.
  • Modalidad B: puestos de mercados municipales permanentes.

Segundo. Beneficiarios

Podrán participar en el concurso las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos comerciales con actividad en el municipio de Palma que cumplan los siguientes requisitos:

  • Comercios a pie de calle que estén dados de alta censal en las agrupaciones 64 y 65 de la sección primera del IAE, con exclusión de los grupos y epígrafes 646, 647.2 a 647.5, 652.1, 654 y 655.
  • En el caso de establecimientos ubicados en mercados municipales permanentes, también se podrán admitir epígrafes de las agrupaciones 66 (comercio itinerante) y 67 (restauración), siempre que la actividad esté vinculada directamente al puesto de venta o establecimiento.

No podrán participar en el concurso, los titulares de establecimientos comerciales que:

  • Tengan la consideración de gran establecimiento o gran superficie.
  • Estén ubicados en centros comerciales cerrados o de gestión privada conjunta.

Conforme a lo previsto en el artículo 5 de la ley 39/2015 de 1 de octubre LPACAP, los interesados en participar en el concurso podrán actuar por medio de un representante, entendiéndose en este caso con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado.

Sólo se permitirá una inscripción por persona titular. En caso de presentar más de una por modalidad, se considerará válida la última presentada, entendiéndose implícita la renuncia a las anteriores.

Tercero. Premios

Los solicitantes podrán inscribirse en una de las dos modalidades de premios:

  • Modalidad A: disponer de escaparate comercial propio y/o fachada visible desde la vía pública.
  • Modalidad B: disponer de puesto de venta o atención al público visible desde las zonas comunes de los mercados permanentes de titularidad municipal.

Se otorgarán tres premios para cada modalidad:

  • Primer premio: 2.000 €
  • Segundo premio: 1.000 €
  • Tercer premio: 500 €

Los premios se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 50.43330.4790000 del presupuesto de gastos de PalmaActiva para 2026.

Los premios no podrán ser acumulados ni compartidos entre dos o más establecimientos.

Cuarto. Plazos

Esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB) y a la Base Nacional de Datos (BNDS).

  • Inscripción: del 24 de noviembre al 5 de diciembre de 2025 (ambos inclusive).
  • Periodo de votaciones populares: del 10 al 21 de diciembre de 2025 (ambos incluidos).
  • Mantenimiento decoración navideña: del 5 de diciembre de 2025 al 6 de enero de 2026 (incluido).
  • Resolución y publicación de concesión de premios: antes del 21 de enero de 2026

Quinto. Presentación de solicitudes

Las solicitudes deben presentarse exclusivamente a través de la sede electrónica de PalmaActiva, utilizando el modelo normalizado (Anexo I). En caso de actuar mediante representante, será necesario aportar la hoja de autorización (Anexo II).

La presentación de solicitud por parte de los interesados implica la aceptación íntegra de las Bases de la convocatoria de los premios. La inscripción en el concurso será gratuita.

Sexto. Jurado y criterios de valoración

La selección y propuesta de concesión de premios corresponde a un jurado único para ambas modalidades, designado por resolución de Gerencia, constituido por un máximo de 7 vocales:

  • 1 decorador/ay/o interiorista profesional, como presidente/a.
  • 3 vocales en representación del sector del comercio.
  • 1 representante de PIMEM.
  • 1 representante de CAEB.
  • 1 representante de Cultura o arte.

- 3 vocales de PalmaActiva:

  • Jefe del área de Promoción Económica.
  • Director General de Comercio y Restauración.
  • Presidencia de PalmaActiva.

Actuará también un/a secretario/a, con voz pero sin voto, designado/a por la Presidencia.

La puntuación final será de 100 puntos, de los cuales:

  • Hasta 55 puntos corresponden a la valoración del jurado, de acuerdo a criterios de creatividad y originalidad, atractivo comercial y combinación de los elementos navideños con los artículos propios del establecimiento.
  • Hasta 45 puntos corresponden al voto popular, efectuado mediante plataforma digital con validación de usuario por SMS con contraseña de un solo uso (OTP).

En caso de empate, se resolverá sucesivamente por mayor puntuación del jurado, mayor número de votos válidos y, por último, por el voto de calidad de la presidencia del jurado.

Los premiados aportarán la documentación complementaria prevista en el punto 9 de las bases reguladoras de la convocatoria.

Séptimo. Régimen jurídico

Esta convocatoria se rige por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba su Reglamento; la Ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Palma (BOIB núm. 35, de 12 de marzo de 2015, modificada por el BOIB núm. 165, de 20.12.2022), y las bases de ejecución del presupuesto municipal de 2025.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (13 de octubre de 2025)

El gerente de PalmaActiva Carmen Aguiló Buades