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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 738183
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se modifica el anexo 1 “sector sanitario Ibiza” de la resolución del director general de 12 de mayo de 2022 por la que se aprueba la lista de personas que han superado el concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría facultativo/facultativa especialista de área en neurología dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para cada sector correspondiente, en ejecución de la sentencia 122/2025 de fecha 28 de marzo de 2025 del T.S.J. Islas Baleares

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Texto

Antecedentes

1. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 12 de abril de 2019 y las resoluciones de corrección de errores de 2 de julio de 2020, de 22 de julio de 2020 y de 16 de marzo de 2021, se convocó un concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría facultativo/facultativa especialista de área en neurología, dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

2. De acuerdo con lo establecido en el punto 9.5 de las bases reguladoras, el 4 de abril de 2022, el tribunal publicó en los medios habituales las listas provisionales de la fase de concurso.

3. Revisadas las alegaciones recibidas, el Tribunal publicó la lista definitiva de puntuaciones de la fase de concurso y elevó al director general del Servicio de Salud la lista de personas que han superado los procesos selectivos referidos a cada uno de los turnos.

4. El 17 de mayo de 2022 se publicó en el BOIB núm. 64/2022 la resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 12 de mayo de 2022 por la que se aprueba la lista de personas que han superado el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría facultativo/facultativa especialista de área en neurología dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para cada sector correspondiente.

5. En defensa de sus intereses, el señor Edilberto Martínez Góngoras presentó un recurso contencioso-administrativo contra dicha resolución.

6. El día 28 de marzo de 2025 la sala contencioso-administrativa del TSJ de las Islas Baleares emite sentencia núm. 122/2025 relativa al procedimiento ordinario 347/2022, resolviendo la impugnación a favor del interesado, lo que provoca una modificación en la puntuación obtenida por el recurrente y una alteración en la lista de personas que han superado el proceso selectivo (anexo 1) del sector sanitario Ibiza, de la resolución mencionada en el punto 4 anterior.

7. Por todo ello, a fin de dar cumplimiento a la sentencia núm. 122/2025, es necesario modificar y publicar nuevamente la lista de personas que han superado el concurso oposición.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.

2. El Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

3. El Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social —vigente con rango reglamentario y sin carácter básico en virtud de la disposición transitoria sexta de la Ley 55/2003.

4. La Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 12 de abril de 2019 y las resoluciones de corrección de errores de 2 de julio de 2020, de 22 de julio de 2020 y de 16 de marzo de 2021,  por la que se convoca un concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría facultativo/facultativa especialista de área en neurología dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares y el resto de resoluciones relativas al desarrollo del procedimiento selectivo. En el punto 11.2. del Anexo 1 de las bases de la convocatoria de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares, de 12 de abril de 2019, se dispone que se debe abrir un plazo de 20 días para que las personas que han superado el proceso selectivo aporten la documentación requerida.

5. La Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6. La sentencia núm. 122/2025 con fecha 28 de marzo de 2025 de la Sala contencioso-administrativa del TSJ de las Islas Baleares, referente al Procedimiento Ordinario 347/2022, que dice que se le cuenten 16,8 puntos en el mérito relativo a la Formación Especializada, descrito en el apartado 2 del anexo 3 del baremo de la convocatoria del concurso oposición, Resolución de 12 de abril de 2019, puntuación que, una vez sumada al resto de méritos y ponderada, tal y como dispone el punto 6.5 de la convocatoria, arroja un total de 61,13664 puntos en el listado definitivo de puntuaciones obtenidas en la fase de concurso. Resultando un total de puntuación del concurso oposición de 67,66092 puntos, quedando en la posición número 2 (sector sanitario Ibiza), por lo que se altera la lista de personas que superan el concurso oposición.

Por todo ello dicto la siguiente

Resolución

1. Hacer efectiva la ejecución de la sentencia 122/2025 con fecha 28 de marzo de 2025 de la Sala contencioso-administrativa del TSJ Islas Baleares referente al Procedimiento Ordinario 347/2022.

2. Otorgar al señor Edilberto Martínez Góngoras un total de 67,66092 puntos del concurso oposición.

3. Modificar y publicar la lista de personas que han superado el concurso oposición, (sector sanitario Ibiza), Anexo 1 de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares, de 12 de mayo de 2022, del modo que figura en el Anexo 1 de esta Resolución.

4. Abrir un plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, para que el señor Edilberto Martínez Góngoras aporte la documentación que figura a continuación, de conformidad con lo establecido en el punto 11.2. de la resolución de la convocatoria y que dispone lo siguiente:

“a. Fotocopia compulsada del certificado que acredite tener como mínimo el nivel B1 de conocimientos de catalán. Sin embargo, en este procedimiento es aplicable el artículo 5 del Decreto 8/2018, de forma que si no se acredita la capacitación lingüística exigible se aplicará aquello previsto en el artículo 7 del mismo Decreto. No hace falta que presenten este documento las personas que ya lo hayan aportado en cualquier otra fase del concurso-oposición, siempre que lo indiquen expresamente.

b. Fotocopia compulsada del título académico exigido para participar en este procedimiento selectivo o certificado académico que acredite haber completado todos los estudios para obtener el título, junto con la solicitud de expedición del título y la acreditación del pago de las tasas correspondientes. No hace falta que presenten este documento las personas que ya lo hayan aportado en cualquier otra fase del concurso-oposición, siempre que lo indiquen expresamente.

c. Declaración jurada o prometida de no haber sido separado—por medio de un expediente disciplinario— del servicio de cualquier servicio de salud o administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria y de no estar inhabilitado con carácter firme para cumplir funciones públicas ni para la profesión correspondiente.

d. En cuanto a los ciudadanos de otros estados mencionados en la base 2.1.a) de la convocatoria, acreditación de no haber sido inhabilitado—por sanción o pena— para acceder a funciones o a servicios públicos en un estado de la Unión Europea o separado—por sanción disciplinaria— de alguna de sus administraciones o de sus servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

e. Certificado expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares que acredite la capacidad funcional necesaria para cumplir las funciones que se deriven del nombramiento.”

5. Establecer que, de no aportar la documentación exigida mencionada en el punto anterior, no se podrá nombrar personal estatutario fijo.

6. Retirar al señor Edilberto Martínez Góngoras de la lista complementaria que aparece en el Anexo 2 de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 12 de mayo de 2022.

7. Conservar el resto de actuaciones y disposiciones contenidas en la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 12 de mayo de 2022.

8. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en los tablones de anuncios de los Servicios Corporativos y en el web www.ibsalut.es.

(Firmado electrónicamente: 10 de octubre de 2025)

El director general Por suplencia el director de Gestión y Presupuestos (Artículo 27.1 del Decreto 79/2023, de 22 de septiembre, BOIB núm. 131, de 23 de septiembre de 2023) (Yago Gomez Perez)

 

ANEXO 1 LISTA DE PERSONAS QUE HAN SUPERADO CONCURSO OPOSICIÓN

TURNO LIBRE

SECTOR SANITARIO IBIZA

DNI/NIE

Nombre

Total oposición

Total concurso ponderado

Total

***1856**

MOLINA MARTIN, LUIS ALBERTO

50,20000

19,94303

70,14303

***1723**

MARTINEZ GONGORAS, EDILBERTO

44,00000

23,66092

67,66092

***2589**

BLASCO DE NOVA, DANIEL

53,60000

13,47691

67,07691

***6345**

VERDI VACA, JORGE MARIA

48,50000

15,50896

64,00896