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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 736734
Extracto de la convocatoria ayudas económicas al estudio (Erasmus Plus periodo 2024/2025) dirigidas a estudiantes y personas de Alcúdia, beneficiarias del programa de movilidad internacional erasmus Plus
Versión PDF
BDNS (Identif.): 857.157.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones :
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias
Primero. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios todos los participantes en el programa Erasmus Plus, que dentro del periodo establecido hayan participado y concluido con éxito dentro de la Acción clave 1:
- Movilidad educativa de las personas- relacionadas con proyectos de movilidad para estudiantes y personas de educación superior.
Segundo. Finalidad
Se establecen ayudas con la finalidad de dar apoyo económico para los gastos inherentes que supone para los estudiantes beneficiarios del Programa de movilidad internacional Erasmus Plus empadronados Alcúdia la realización de sus estudios.
Tercero. Bases reguladoras
Bases reguladoras para la concesión de ayudas de ayudas económicas al estudio dirigida a estudiantes y personas de Alcúdia, beneficiarios del programa de movilidad internacional Erasmus plus para el curso 2024/2025.
Enlace a la publicación:
https://www.caib.es/eboibfront/ca/2025/12157/seccio-iii-altres-disposicions-i-actes-administrat/472
Cuarto. Importe
La dotación económica total para esta convocatoria para esta convocatoria de ayudas económicas para estudiantes beneficiarios de programa de movilidad internacional Erasmus Plus será de 1.500,00€.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Bolletí Oficial de les Illes Balears (BOIB).
Sexto. Criterios de otorgamiento
Una vez alcanzados los requisitos que se marcan en las correspondientes bases, a la hora de determinar la cuantía total destinada a cada ayuda económica, se determinará en dos fases:
1º CUANTÍA FINAL (QF)
Se calculará, dividiendo el total de crédito presupuestario (1.500,00€) entre el número total de solicitudes presentadas y aceptadas a trámite.
LIMITACIONES DE CUANTÍAS
Limitación primera: Atendiendo a lo dispuesto en los requisitos de la presente convocatoria, el solicitante acreditará el haber sido seleccionado por las instituciones de Educación Superior de origen en el marco del Programa Erasmus+ y al mismo tiempo disponer de la correspondiente certificación de aprovechamiento de la beca Erasmus+, emitida por la universidad u organismo competente dentro de los períodos estipulados en presentes bases.
Limitación segunda: Se determina una cuantía máxima destinada a cada solicitud aceptada en la presente convocatoria de 500€.
Séptimo. Publicación
Hacer pública la resolución de la convocatoria en el BOIB, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alcúdia y publicar la convocatoria en la Base de Datos Nacional de subvenciones (BDNS).
Documento firmado electrónicamente (6 de octubre de 2025
La alcaldesa Josefina Linares Capó)