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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 733125
Rectificación de las bases específicas que tienen que regir las pruebas selectivas para la selección y la provisión definitiva de cinco plazas de dieciocho plazas de bombero/a

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Texto

En reunión ordinaria del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, de fecha 10 de octubre de 2025 se acordó lo siguiente:

En fecha 9 de octubre de 2025 el secretario general del Consell Insular d'Eivissa emitió un informe propuesta del tenor literal siguiente:

INFORME PROPUESTA

En fecha 8 de octubre de 2025 se emitió un informe por parte de la jefa de Sección de Selección, Provisión y Planificación de Recursos Humanos, del siguiente tenor literal:

"Antecedentes de hecho

1. En fecha 23 de diciembre de 2022, el Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa aprobó las bases específicas de la convocatoria para la selección y provisión definitiva de dieciocho plazas de bombero/a, correspondientes a las ofertas de ocupación pública de los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 por turno libre, mediante el sistema de concurso oposición, publicadas en el BOIB núm. 170, de 30 de diciembre de 2022.

2. Revisadas las bases específicas publicadas, se ha observado un error, que hace que se proceda a su rectificación.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 30 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, dispone que las administraciones publicas podrán rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. Habiéndose observado que en el informe técnico para la aprobación de las bases específicas se produjo un error de transcipción que se reprodujo en el resto de documentación del expediente, hasta su aprobación definitiva, este se tiene que corregir en los siguientes términos:

Donde dice:

ANEXO II PROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

El sistema de selección será el de concurso-oposición y constará de las siguientes fases, obligatorias y eliminatorias para todas las personas aspirantes:

-Primera fase de oposición:

  • Primero: evaluación psicotécnica, que se valorará como apto/apta o no apto/apta.
  • Segundo: prueba física: valoración máxima de 30 puntos.
  • Tercero: prueba teórica, con una valoración máxima de 60 puntos.

- Segundo fase de concurso, con una valoración máxima de 40 puntos.

- Tercera fase:

Reconocimiento médico, que se tiene que superar para seguir el proceso, se valorará como apto/apta o no apto/apta.

  • Curso de formación
  • Período de prácticas

El orden de clasificación definitiva, lo determinará la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso así como haber superado como apto/apta la fase tercera (reconocimiento médico, formación y las prácticas).

(...)

Tiene que decir:

ANEXO II PROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

El sistema de selección será el de concurso-oposición y constará de las siguientes fases, obligatorias y eliminatorias para todas las personas aspirantes:

-Primera fase de oposición:

  • Primero: evaluación psicotécnica, que se valorará como apto/apta o no apto/apta.
  • Segundo: prueba física: valoración máxima de 30 puntos.
  • Tercero: prueba teórica, con una valoración máxima de 30 puntos.

- Segundo fase de concurso, con una valoración máxima de 40 puntos.

- Tercera fase:

Reconocimiento médico, que se tiene que superar para seguir el proceso, se valorará como apto/apta o no apto/apta.

  • Curso de formación
  • Período de prácticas

El orden de clasificación definitiva, lo determinará la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso así como haber superado como apto/apta la fase tercera (reconocimiento médico, formación y las prácticas).

(...)"

Visto lo previsto el previsto en el punto primero letra j del Decreto de Presidencia n.º 20190000484, de 16 de julio de 2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d'eivissa (BOIB n.º 98 EXT, de 17-7-2019, modificaciones en el BOIB n.º 175, de 31-12-2019, en el BOIB n.º 101, de 4-6-2020, y al BOIB n.º 153 de 5-09-2020), en cuanto a la competencia de los consejeros ejecutivos y consejeras ejecutivas para resolver en materias propias del Departamento, los expedientes que afecten derechos o intereses particulares que no estén atribuidos a otros órganos; y en relación con aquello previsto en el número siete del punto tercero del Decreto de Presidencia n.º 20190000471, de 10 de julio de 2019, de estructura del Gobierno y creación de departamentos del Consell Insular d'Eivissa (BOIB n.º 95, de 11-07-2019, modificaciones en el BOIB n.º 175, de 31-12-2019, al BOIB n.º 101, de 4-6-2020 y al BOIB n.º 153 de 5-9-2020 y al BOIB n.º 117 de 6-9-2022), corresponde resolver a la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos.

Por lo anterior, informo favorablemente y de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 4/2022, de 28 de junio de Consejos Insulares, propongo a la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos, que eleve al Consejo Ejecutivo la siguiente PROPUESTA:

1. Aprobar la rectificación de las bases específicas para a la selección y provisión definitiva de dieciocho plazas de bomber/a, correspondientes a las ofertas de ocupación pública de los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 por turno libre, mediante el sistema de concurso oposición, publicadas en el BOIB núm. 170, de 30 de diciembre de 2022 en el sentido expresado en el punto 2 de los fundamentos de derecho:

Donde dice:

ANEXO II PROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

El sistema de selección será el de concurso-oposición y constará de las siguientes fases, obligatorias y eliminatorias para todas las personas aspirantes:

-Primera fase de oposición:

  • Primero: evaluación psicotécnica, que se valorará como apto/apta o no apto/apta.
  • Segundo: prueba física: valoración máxima de 30 puntos.
  • Tercero: prueba teórica, con una valoración máxima de 60 puntos.

- Segundo fase de concurso, con una valoración máxima de 40 puntos.

- Tercera fase:

Reconocimiento médico, que se tiene que superar para seguir el proceso, se valorará como apto/apta o no apto/apta.

  • Curso de formación
  • Período de prácticas

El orden de clasificación definitiva, lo determinará la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso así como haber superado como apto/apta la fase tercera (reconocimiento médico, formación y las prácticas).

(...)

Tiene que decir:

ANEXO II PROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

El sistema de selección será el de concurso-oposición y constará de las siguientes fases, obligatorias y eliminatorias para todas las personas aspirantes:

-Primera fase de oposición:

  • Primero: evaluación psicotécnica, que se valorará como apto/apta o no apto/apta.
  • Segundo: prueba física: valoración máxima de 30 puntos.
  • Tercero: prueba teórica, con una valoración máxima de 30 puntos.

- Segundo fase de concurso, con una valoración máxima de 40 puntos.

- Tercera fase:

Reconocimiento médico, que se tiene que superar para seguir el proceso, se valorará como apto/apta o no apto/apta.

  • Curso de formación
  • Período de prácticas

El orden de clasificación definitiva, lo determinará la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso así como haber superado como apto/apta la fase tercera (reconocimiento médico, formación y las prácticas).

(...)"

2. Publicar esta rectificación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).”

La competencia para resolver le corresponde al Consejo Ejecutivo en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por el artículo 28.e de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en concordancia con el Decreto de Presidencia núm. 2023000467, de 28 de junio de 2023 de estructura del Gobierno del Consell Insular d'Eivissa y creación de Departamentos (BOIB núm.88, de 29 de junio de 2023).

La consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos, eleva al Consejo Ejecutivo, en virtud del artículo 72.d del Reglamento orgánico del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 136, de 18 de septiembre de 2010, rectificación de errores en BOIB núm. 148, de 14 de octubre de 2010), la siguiente propuesta.

PRIMERO. APROBAR la rectificación de las bases específicas para a la selección y provisión definitiva de dieciocho plazas de bomber/a, correspondientes a las ofertas de ocupación pública de los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 por turno libre, mediante el sistema de concurso oposición, publicadas en el BOIB núm. 170, de 30 de diciembre de 2022 en el sentido expresado en el punto 2 de los fundamentos de derecho:

 

Donde dice:

 

ANEXO II ​​​​​​​PROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

El sistema de selección será el de concurso-oposición y constará de las siguientes fases, obligatorias y eliminatorias para todas las personas aspirantes:

-Primera fase de oposición:

  • Primero: evaluación psicotécnica, que se valorará como apto/apta o no apto/apta.
  • Segundo: prueba física: valoración máxima de 30 puntos.
  • Tercero: prueba teórica, con una valoración máxima de 60 puntos.

- Segundo fase de concurso, con una valoración máxima de 40 puntos.

- Tercera fase:

Reconocimiento médico, que se tiene que superar para seguir el proceso, se valorará como apto/apta o no apto/apta.

  • Curso de formación
  • Período de prácticas

El orden de clasificación definitiva, lo determinará la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso así como haber superado como apto/apta la fase tercera (reconocimiento médico, formación y las prácticas).

(...)

Tiene que decir:

ANEXO II ​​​​​​​PROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

El sistema de selección será el de concurso-oposición y constará de las siguientes fases, obligatorias y eliminatorias para todas las personas aspirantes:

-Primera fase de oposición:

  • Primero: evaluación psicotécnica, que se valorará como apto/apta o no apto/apta.
  • Segundo: prueba física: valoración máxima de 30 puntos.
  • Tercero: prueba teórica, con una valoración máxima de 30 puntos.

- Segundo fase de concurso, con una valoración máxima de 40 puntos.

- Tercera fase:

Reconocimiento médico, que se tiene que superar para seguir el proceso, se valorará como apto/apta o no apto/apta.

  • Curso de formación
  • Período de prácticas

El orden de clasificación definitiva, lo determinará la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso así como haber superado como apto/apta la fase tercera (reconocimiento médico, formación y las prácticas).

(...)"

SEGUNDO. PUBLICAR esta rectificación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).”

Eivissa, 10 de octubre de 2025

El secretario general del Consell Insular d'Eivissa Pedro Bueno Flores