Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRABAJO, FUNCIÓN PÚBLICA Y DIÁLOGO SOCIAL
Núm. 733044
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la cual se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears del acta de la Comisión negociadora de la empresa municipal EMSER 2002, SLU (Pollença) de 4 de abril de 2025 y su publicación en el Butlletí Oficial dels Illes Balears
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Antecedentes
1. El 4 de abril de 2025, los miembros de la Comisión negociadora de la empresa municipal EMSER 2002, SLU (Pollença), se reunieron para aprobar la modificación del artículo 50 del Convenio colectivo (BOIB núm. 83 03/06/2010) para incluir un nuevo apartado en su redacción.
2. El 30 de junio de 2025, Pere Sánchez Colomar, en representación de la Comisión negociadora de la empresa municipal EMSER 2002, SLU (Pollença), solicitó el registro y el depósito del acta.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Inscribir y depositar el acta de lla Comisión negociadora de la empresa municipal EMSER 2002, SLU (Pollença), de 4 de abril de 2025 en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.
2. Notificar esta Resolución a la persona interesada.
3. Publicar el acta en el Butlletí Oficial dels Illes Balears.
Palma, firmado electrónicamente el 6 de octubre de 2025
La directora general de Trabajo y Salud Laboral Maria de la Luz Moreno Romero Por delegación de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social (BOIB 99, de 26 de juliol de 2025)
Acta de la reunión de la Comisión negociadora para la modificación del artículo 50 del Convenio colectivo (BOIB núm. 83 03/06/2010) para incluir un nuevo apartado en su redacción
Identificación de la sesión
Núm.: 1
Carácter: ordinaria
Fecha: 4 de abril de 2025
Horario: de 12h a 13h
Lugar: sala de juntas de la empresa municipal EMSER 2002, S.L.U (c. Calvari, 2, Pollença)
Asistentes
- Jaume Mateu Lladó, gerente adjunto de EMSER 2002, SLU
- Margalida Ordinas Cerdà, técnico jurídico
- Pere Sánchez Colomar, delegado de personal
- Andreu Salas Serra, delegado de personal
Ausentes
-Guillem Plomer Guasp, delegado de personal (justificada)
-Sebastià Sansó Jaume (justificada)
Orden del día
1. Punto único: modificación del artículo 50 del Convenio colectivo (BOIB núm. 83 03/06/2010) para incluir un nuevo apartado en su redacción
Desarrollo la reunión
1. Punto único: modificación del artículo 50 del Convenio colectivo (BOIB núm. 83 03/06/2010) para incluir un nuevo apartado en su redacción
Se propone la constitución de los miembros de la Comisión negociadora siguiente:
Por parte de la empresa:
- Sr. Jaume Mateu Lladó
- Sra. Margalida Ordinas Cerdà
Por parte de los delegados de personal:
Sr. Pere Sánchez Colomar
- Sr. Andrés Salas Serra
No se acuerda la designación de Presidente en esta reunión, por tanto, tal y como prevé el artículo 88.5 del Estatuto de los Trabajadores las actas se deberán de firmar por parte de un representante de cada parte junto con el/la secretario.
Se propone que actúe como secretaria de la Comisión negociadora la Sra. Margalida Ordinas Cerdà.
A continuación se propone que por parte de le empresa la inclusión de un nuevo apartado en el artículo 50 CC con la redacción siguiente:
50 e) En el caso que se hayan agotado las bolsas vigentes, EMSER 2002, SLU, a través del Servicio de Ocupación de les Illes Balears podrá gestionar el proceso de difusión de la oferta genérica de ocupación de personal laboral no permanente. Los delegados de personal serán informados de la situación y participarán en todo el proceso de selección del personal”.
Los delegados de personal proponen una nueva redacción del artículo 50 d) que a continuación se transcribe:
50 d) En los casos en que EMSER 2002, SLU, tanga que atender situaciones urgentes de fuerza mayor en sus servicios, reconocidos por la autoridad competente, y que afecten gravemente la seguridad y la salubridad de los usuarios de sus servicios, podrá también una vez agotada la bolsa de contratación, o si esta no se ha creado, contratar por el tiempo imprescindible personal adecuado para solucionar estas situaciones singulares, mediante contratos de la modalidad de obra o servicio determinado.
Igualmente podrá contratar en la modalidad de contrato de interinidad, personal aveniente en los casos de bajas por IT o maternidad.
En ambos casos los delegados de personal serán informados de la situación y participarán en la selección del personal, cuando no se dispone de trabajadores provenientes de la bolsa de contratación. Atendida la necesidad urgente de cubrir estos puestos de trabajo de forma temporal inmediato, será facilitada información mediante la radio municipal, las redes sociales de la empresa, y a través del Servicio de Ocupación de las Illes Balears mediante la publicación de oferta pública.
Se remitirá copia de los documentos de registro electrónico (justificante y datos) de la oferta pública en SOIB a los delegados de personal.”
Por parte de la empresa visto la propuesta de los delegados de personal se propone la inclusión del nuevo apartado en el artículo 50 CC que a continuación se transcribe:
50 e) En el caso que se hayan agotado las bolsas vigentes, EMSER 2002, SLU, a través del Servicio de Ocupación de las Illes Balears podrá gestionar el proceso de difusión de la oferta genérica de ocupación de personal laboral no permanente. Así mismo, se informará mediante la radio municipal y las redes sociales de la empresa.
Los delegados de personal serán informados de la situación y participaran en todo el proceso de selección del personal, y se les remitirá la copia de la oferta que haya remitido al Servicio de Ocupación de las Illes Balears.”
El Sr. Sánchez y el Sr. Salas están de acuerdo con la nueva redacción.
La Sra. Ordinas expone que tanto la constitución de la Comisión negociadora y la propuesta de inclusión del nuevo apartado e) en el artículo 50 del CC citado han de ir a la aprobación del Consejo de Administración de la empresa, ya que de acuerdo con el artículo 16.3 de los Estatutos sociales corresponde a este órgano aprobar los convenios colectivos y pactos individuales y colectivos, con el personal laboral.
Así mismo, se propone que en el Consejo de Administración se designe un representante a fin y efecto que pueda llevar a cabo los trámites necesarios ante los organismos correspondientes, para que se proceda al registro y publicación de la modificación del artículo pactado en este acuerdo, que entrará en vigor cuando se haya procedido a la aprobación por este órgano.
Acuerdos
1. Se propone la constitución de los miembros de la Comisión negociadora para la inclusión de un nuevo apartado en el artículo 50 del Convenio colectivo de EMSER 2002, SLU, (BOIB núm. 83 03/06/2010), siguiente:
Por parte de la empresa:
- Sr. Jaume Mateu Lladó
- Sra. Margalida Ordinas Cerdà
Por parte de los delegados de personal:
- Sr. Pere Sánchez Colomar
- Sr. Andrés Salas Serra
2. No se acuerda la designación de Presidente de la Comisión negociadora, por tanto, tal y como prevé el artículo 88.5 del Estatuto de los Trabajadores las actas se deberán de firmar por parte de un representante de cada parte junto con el/la secretario/a.
3. Se acuerda que actué como secretaria de la Comisión negociadora para la inclusión de un nuevo apartado en el artículo 50 del Convenio colectivo de EMSER 2002, SLU, (BOIB núm. 83 03/06/2010) a la Sra. Margalida Ordinas Cerdà.
4. Se acuerda la inclusión del apartado e) en el artículo 50 del Convenio colectivo (BOIB núm. 83 03/06/2010), que a continuación se transcribe:
50 e) En el caso que se hayan agotado las bolsas vigentes, EMSER 2002, SLU, a través del Servicio de Ocupación de las Illes Balears podrá gestionar el proceso de difusión de la oferta genérica de ocupación de personal laboral no permanente. Así mismo, se informará mediante la radio municipal y las redes sociales de la empresa.
Los delegados de personal serán informados de la situación y participarán en todo el proceso de selección del personal, y se les remitirá la copia de la oferta que haya remitido al Servicio de Ocupación de las Illes Balears.”
5. Se acuerda la ratificación por parte del Consejo de Administración de los miembros de la Comisión negociadora en relación a la empresa y del nombramiento de la secretaria a la Sra. Margalida Ordinas Cerdà.
6. Se acuerda llevar al Consejo de Administración la propuesta de inclusión del nuevo apartado e) en el artículo 50 del Convenio colectivo (BOIB núm. 83 03/06/2010) para su aprobación.
7. Se acuerda que la Comisión negociadora designe un representante a fin y efecto que pueda llevar a término los trámites necesarios ante los organismos correspondientes, para que se proceda al registro y publicación del nuevo aparatado del articulo 50 e) CC pactado en este acuerdo que entrará en vigor cuando se haya procedido a la aprobación por este órgano.
Y sin más asuntos a tratar se levanta la reunión a las 13h de la Comisión negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa Municipal de Servicios 2002, SLU,
En representación de EMSER 2002, S.L.U
Los delegados de personal