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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL

Núm. 730236
Aprobación ampliación cantidad económica para atender la convocatoria de ayudas individuales, temporales y de emergencia social del Ayuntamiento de Es Mercadal

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Texto

Mediante el BOIB núm. 27 del día 1 de marzo de 2025 se publicaron el extracto de la Resolución de Alcaldía 303 del 25 de febrero de 2025, por la que se aprueban la convocatoria y las bases que rigen la concesión de ayudas individuales, temporales, y de emergencia social del Ayuntamiento de Es Mercadal para el año 2025. El artículo 2 de la convocatoria índica que en el caso que se reciba una subvención por este concepto, se podrá ampliar este límite, previa publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

El pasado día 29 de agosto de 2025 por resolución de alcaldía núm. 1.147 se aprobó el Convenio de colaboración entre el Consejo Insular de Menorca y el Ayuntamiento de Es Mercadal para la tramitación y la concesión de las ayudas económicas individuales, temporales y de urgencia social.

Por estos motivos, la Alcaldía del Ayuntamiento de Es Mercadal, día 8 de octubre de 2025, se ha acordado por resolución de alcaldía núm. 1350:

“PRIMERO.- Modificar el artículo 2 de las bases de la convocatoria para la concesión de las ayudas individuales, temporales y de emergencia social del Ayuntamiento de Es Mercadal para el año 2025, incluyendo las ayudas destinadas a becas para comedores de actividades extraescolares de verano 2025, que quedara redactado en los siguientes términos:

“Artículo 2. Importe de las ayudas: Financiación.

1. Las ayudas serán atendidas con cargo a la aplicación presupuestaria 30.2310.48200 del Presupuesto General de 2025, con un importe máximo conjunto de 73.245,44 euros, de los cuales 4.752,45 euros serán para las becas para comedores de actividades extraescolares de verano y 68.492,99 euros serán para el resto de ayudas. En caso de que se reciba una subvención por este concepto y el Ayuntamiento aporte más fondos, este límite se podrá ampliar, previa publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

2. Cuando el importe de las solicitudes de ayudas sea superior a la cantidad máxima fijada en la convocatoria, se priorizarán las solicitudes en función de los criterios objetivos para la concesión de las ayudas establecidas en las presentes bases. según principios y criterios contenidos en el artículo 8.

3. Se procurará, siempre que sea posible, que el solicitante cofinancie parte del objeto o del servicio al que va destinada la ayuda.”

SEGUNDO.- Aprobar la ampliación de la cantidad económica disponible para atender la convocatoria de ayudas individuales, temporales y de emergencia social del Ayuntamiento de Es Mercadal para el año 2025, en uno de total de 43.245,44 €, de los cuales 38.492,99 € se destinan a ayudas de urgencia social y 4.752,45 €, para becas comedor.”

 

Es Mercadal en la fecha de la firma electrónica (9 de octubre de 2025)

El alcalde Joan Palliser Riudavets